Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 16/10/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

B.O.P. número 198

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Granada, miércoles, 16 de octubre de 2019

hubieran accedido a su actual estatus mediante los procesos de promoción interna para integración, con permanencia durante al menos dos años en el mismo puesto de trabajo que fue objeto de transformación.
En su caso, si el funcionario hubiera obtenido permuta de destino, cuando haya transcurrido un año desde su autorización.
3.2 Discapacidades.
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 10 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, el personal con discapacidad podrá pedir en la propia solicitud de participación en el proceso de provisión de vacantes objeto de la presente convocatoria la adaptación del puesto o puestos de trabajo correspondientes. A la solicitud se deberá acompañar un informe expedido por los órganos técnicos competentes de la Junta de Andalucía, que acredite la procedencia de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las funciones que tengan atribuido el puesto o puestos solicitados.
El órgano competente podrá recabar, incluso en entrevista personal, la información que estime necesaria en orden a la adaptación solicitada, así como el dictamen de los órganos técnicos de la Administración laboral, sanitaria o asistencial correspondiente respecto de la procedencia de la adaptación y su compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones del puesto La Diputación Provincial de Granada asumirá la realización y financiación de las adaptaciones necesarias para la incorporación del empleado o empleada discapacitados al puesto de su adscripción, sin perjuicio de las subvenciones u otro tipo de ayudas que se puedan aplicar a esta finalidad.
3.3 Fecha de referencia.
La concurrencia en cada uno de las personas participantes de las condiciones generales y requisitos exigidos, así como los méritos a valorar para cada uno de los puestos, tendrá su referencia, como máximo, en la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes.
3.4 Destinos.
3.4.1 Los destinos adjudicados serán irrenunciables salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión, se hubiere obtenido otro destino mediante convocatoria pública, en cuyo caso podrán optar por uno de los dos, viniendo obligados a comunicar por escrito a la Delegación de Recursos Humanos la opción realizada, dentro del referido plazo posesorio.
3.4.2 Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia, no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno.
Cuarta. Presentación de solicitudes.
4.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse en el modelo oficial Anexo III y se presentarán por medios telemáticos en el registro electrónico de la Diputación Provincial de Granada mediante modelos específicos de presentación de solicitudes:
https sede.dipgra.es/opencms/opencms/sede 4.2 Las personas participantes deberán presentar, junto con la solicitud en modelo oficial, cuanta documentación estimen oportuna para la valoración de los méritos.
Los méritos referidos a la Diputación Provincial de Granada de grado personal consolidado, puestos de trabajo desempeñados y antigedad, se acreditarán
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mediante certificación del Expediente personal expedida por la Secretaría General de la Corporación e incorporada de oficio a la solicitud.
En los restantes casos de acreditación documental se podrán presentar fotocopias de los documentos, debiéndose aportar los originales para su compulsa una vez que la Comisión de Valoración efectúe la propuesta correspondiente y antes de la toma de posesión. Aquellos méritos alegados y no justificados debidamente no serán valorados.
4.4 Asimismo deberán presentar la Memoria elaborada a que se refiere la Base Sexta B.4 por quintuplicado, en sobre aparte cerrado y firmado por la persona candidata de manera que no sea legible sin abrirlo, para su apertura por la Comisión de Valoración.
4.5 La Comisión de Valoración podrá recabar de las personas interesadas las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estimen necesarias para la comprobación y valoración de los méritos alegados.
4.6 El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOP.
4.7 Una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, éstas serán vinculantes para los peticionarios.
Por tanto, finalizado el plazo de presentación de solicitudes, solo será admisible el desistimiento de la participación total en el concurso. El desistimiento podrá formularse en cualquier momento anterior a la constitución de la Comisión de Valoración, mediante solicitud presentada en el Registro General de la Diputación Provincial de Granada.
4.8 La lista de admitidos y excluidos se publicará en la página web de la Diputación de Granada, concediéndose un plazo de cinco días naturales para posibles reclamaciones, que serán resueltas por la Delegación de Recursos Humanos.
Finalizado el plazo establecido en el párrafo anterior, se publicarán las listas definitivas de admitidos y excluidos, que se publicarán en la web de la Diputación de Granada.
Quinta. Comisión de Valoración.
5.1 Los méritos serán valorados por la Comisión nombrada al efecto, que queda designada en el Anexo II de esta convocatoria.
5.2 Corresponde a la Comisión de Valoración interpretar y aplicar el baremo, así como hacer las propuestas de adjudicación de los puestos de trabajo objeto del presente concurso.
La Comisión de Valoración podrá, en cualquier momento, recabar de las personas aspirantes las aclaraciones, o en su caso, la documentación adicional que estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados.
5.3 La Comisión de Valoración estará constituida por cinco miembros, de entre los cuales uno ejercerá la Presidencia y otro la Secretaría con voz y voto. Contará la Comisión con un número igual de suplentes. Su composición se adecuará al criterio de paridad entre mujeres y hombres.
5.4 Las designaciones se distribuirán del siguiente modo:
- Dos miembros propuestos por la Delegación de Recursos Humanos como centro directivo al que corresponde la administración de personal.

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Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 16/10/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Granada

CountrySpain

Date16/10/2019

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First edition01/06/2002

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