Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 21/4/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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Paraná, martes 21 de abril de 2020

BOLETIN OFICIAL

juntamente con la Oficina Provincial de Presupuesto y el Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, adoptarán las medidas pertinentes para la previsión e incorporación del crédito necesario destinado a cubrir los gastos que se proyecta para el ejercicio presupuestario 2020; y Que siendo la Provincia destinataria de los recursos provenientes del Fondo de Compensación que se transfieran por el Estado Nacional, para luego asignarlos y distribuirlos a los municipios y/o empresas de transporte que correspondan y, asimismo, para cumplimentar la obligación prevista en la cláusula primera del convenio suscripto y artículo 8º inciso a de la Resolución Nº 14/20 M.T., este Poder Ejecutivo dispondrá la utilización de la cuenta corriente ya existente en el Banco de la Nación Argentina, Nº 26503900020389, CBU Nº 0110390620039000203892; y Que es necesaria facultar al Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios a disponer mediante resolución, la modificación en la distribución de los fondos asignados por el Ministerio de Transporte de la Nación a las empresas prestatarias del servicio de transporte de pasajeros, de conformidad a las pautas y parámetros que proyecte la Secretaría de Transporte de la Provincia de Entre Ríos, y siempre que se respeten los porcentajes de distribución asignados a cada municipio, y a suscribir los convenios y/o acuerdos que resulten menester para la mejor implementación y cumplimiento del referido convenio de adhesión; y Que la Secretaría de Transporte de la Provincia, dependiente del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, será el órgano de aplicación del presente régimen de compensaciones, debiendo determinar la documentación a solicitar a las empresas de transporte y/o municipios beneficiarios, implementar la metodología más eficiente para cumplir con las disposiciones de la Resolución Nº 14/20 del Ministerio de Transporte de la Nación, y canalizar las controversias que se puedan suscitar en su implementación;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Ratifíquese el convenio y todos sus anexos suscripto entre el Ministerio de Transporte de la Nación, representado por el Secretario de Gestión de Transporte, doctor Wa lter Eduardo Saieg, y la Provincia de Entre Ríos, representada por el Secretario de Transporte dependiente del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, don Néstor Daniel Landra, instrumentos que se adjuntan y forman parte del presente.
Art. 2º Dispónese para la implementación y cumplimiento del convenio que se ratifica por artículo 1º, la utilización de la Cuenta Corriente Nº 2650 3900020389, CBU Nº 0110390620039000203892, del Banco de la Nación Argentina Sucursal Paraná.
Art. 3º Facúltase al Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios a suscribir los convenios y/o acuerdos que resulten menester para la mejor implementación y cumplimiento del convenio que se ratifica por artículo 1º, incluso con los municipios, empresas proveedoras de combustible y/o empresas de transporte de pasajeros alcanzados por el presente.
Art. 4º Facúltase al Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios a disponer, mediante resolución, la distribución y/o modificación en la distribución de los fondos asignados por el Ministerio de Transporte de la Nación a las empresas prestatarias del servicio de transporte de pasajeros, de conformidad a las pautas y parámetros que proyecte la Secretaría de Transporte de la Provincia de Entre Ríos, y siempre que se respeten los porcentajes de distribución asignados a cada municipio, conforme a las normas vigentes y/o modificaciones que surjan en la materia.
Art. 5º Dispónese que el Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, juntamente con la Oficina Provincial de Presupuesto y el Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, adopten las medidas pertinentes para la previsión e incorporación del crédito necesario destinado a cubrir los gastos que se proyecta para el presente ejercicio.
Art. 6º Dispónese que la Secretaría de Transporte del Ministerio Planeamiento, Infraestructura y Servicios actuará como órgano de aplicación, y determinará la documentación a solicitar a las empresas de transporte y/o municipios beneficiarios, e implementará la metodología más eficiente para cumplir con las obligaciones emergentes de la Resolución Nº 14/20 del Ministerio de Transporte de la Nación como, asimismo, con las obligaciones que pudieren surgir de los nuevos convenios y/o adendas a suscribirse.
Art. 7º El presente decreto, será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.
Art. 8º.- Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Luis A. Benedetto
DECRETO Nº 120 MPIyS
MODIFICANDO PRESUPUESTO
Paraná, 7 de febrero de 2020

VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas por la Dirección General del Servicio Administrativo Contable, dependiente de este Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios; y, CONSIDERANDO:
Que se interesa una ampliación de créditos presupuestarios vigentes, verificado en la Subfuente 5294 - Aporte Nación Fondo de Compensación al Transporte Público Urbano del Interior del País, por un monto de pesos ciento setenta y siete millones cuatrocientos quince mil $ 177.415.000 y una transferencia compensatoria de créditos en la Subfuente 0001 - Tesoro Provincial por un monto de pesos ciento diecisiete millones ciento quince mil $ 117.115.000; y Que se han confeccionado las planillas analíticas del recurso y del gasto; y Que han tomado intervención de su competencia la Oficina Provincial de Presupuesto perteneciente al Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas; y Que la modificación presupuestaria interesada resulta técnicamente viable y encuadra en las disposiciones legales de los artículos 12º y 14º de la Ley Nº 10.754 de Presupuesto 2020;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Modifíquese el presupuesto general de la Administración Provincial ejercicio 2020, en la Jurisdicción 25: Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, Unidad Ejecutora: Dirección de Transporte y en la Jurisdicción 91: Obligaciones a Cargo del Tesoro, Unidad Ejecutora: Secretaría de Hacienda, por un importe total de pesos doscientos noventa y cuatro millones quinientos treinta mil $ 294.530.000, conforme se discrimina en las planillas analíticas del recurso y del gasto, que integran el presente decreto.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor ministro secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, archívese y pasen las actuaciones a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.
Dese cuenta del presente a la Honorable Legislatura de la Provincia.
GUSTAVO E. BORDET
Luis A. Benedetto
MINISTERIO DE SALUD
RESOLUCION Nº 4618 MS

Paraná, 20 de diciembre de 2017
Autorizando la ampliación del subsidio otorgado mediante Resolución N 1414/17 MS, por la suma de $ 3.222,50, a favor de la paciente Mónica Beatriz Mariela Schenberger, DNI N20.189.094, Beneficiaria Incluir Salud N405-8642933-00, destinado a solventar gastos para realizar Estudio PET/CT de cuerpo entero.
Encuadrando presente procedimiento administrativo en lo establecido por los siguientes textos legales: Resolución N 5392/10
M.S., y su modificatoria Resolución N 881/12 M.S. y Decreto N
44/17 M.S. y Convenio Marco celebrado entre el Ministerio de Salud de la Nación y el Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos Facultando a la Dirección General de Administración de este Ministerio de Salud, a efectuar la transferencia de fondos al Hospital San Martín de Paraná, por un importe de $ 3.222,50, para la ampliación del subsidio autorizado, con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilización parcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de los mismos a través de un depósito en la Cuenta Corriente N
001006625995, del Nuevo Banco de Entre Ríos, Sucursal 01 Paraná Centro, CBU N 3860001001000066259955, a nombre de M.S.E.R. PROFE Programa Incluir Salud. La constancia de dicho depósito deberá remitirse a calle 25 de Mayo 139 de Paraná C.P.
3100, en forma conjunta con copia del presente texto legal, y nota del Director del Hospital dirigida a la mencionada Unidad de Gestión Provincial, explicando el motivo de dicha devolución.

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 21/4/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date21/04/2020

Page count12

Edition count4732

First edition01/12/2003

Last issue19/04/2024

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