Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 27/3/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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Nº 26.621- 059/19

PARANA, miércoles 27 de marzo de 2019

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Secretaría General de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
GOBERNACION
DECRETO Nº 565 GOB
DEROGANDO DECRETO Y APROBANDO CUADRO TARIFARIO
Paraná, 26 de marzo de 2019
VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas por la Dirección de la Imprenta Oficial respecto al Decreto 3444/17 MGJ; y CONSIDERANDO:
Que por dicho acto administrativo se aprobó el cuadro tarifario que actualmente aplica la Dirección de la Imprenta Oficial de la Provincia por los servicios que presta;
Que el Director del citado órgano manifiesta la necesidad de actua lizar dichos montos en razón de los incrementos que vienen experimentan do los insumos que se emplean en la elaboración de los trabajos y servi cios que presta la repartición, elevando propuesta de nuevo cuadro tari fario actualizado a aplicar;
Que, asimismo, expresando razones de eficiencia y eficacia en la realización de la función pública que tiene asignada el órgano, solicita se delegue la facultad de actualizar los precios fijados como contrapresta ción por los trabajos que desarrollen, lo que permitirá establecerlos acor des a los valores de mercado con la periodicidad que haga falta, evitan do la pérdida del valor real del trabajo y su elaboración, a causa de la sustanciación de un nuevo procedimiento administrativo;
Que, por otro lado, interesa sustituir el sistema de pago vigente, por el depósito del importe facturado en concepto por los servicios brindados o trabajos ejecutados en una cuenta bancaria a nombre del Superior Go bierno de la Provincia, método ágil y actual, acorde a las tecnologías em pleadas en el comercio, que permitirá un manejo más eficiente de los fon dos públicos ingresados a nombre de la Provincia y su reutilización para la reposición de los insumos necesarios para el óptimo funcionamiento de la repartición;
Que resulta conveniente y oportuno, por último, implementar la obligatoriedad de la presentación de los textos y documentos a publicar en formato digital, a través de los correos oficiales o medios idóneos, facili tando el trabajo de edición;
Que el Secretario General de la Gobernación ha prestado su conformidad y ha intervenido en lo que es de su competencia la Asesoría
E D ICION: 28 Págs. - $ 10,00

Cr. D. Gustavo Eduardo Bordet Cr. D. Adán Humberto Bahl Dra. Da. Rosario Margarita Romero Cr. D. Hugo Alberto Ballay Lic. Da. María Laura Stratta Lic. Da. Sonia Mabel Velázquez Ing. D. Luis Alberto Benedetto D. Edgardo Darío Kueider
Legal de la Secretaría General de la Gobernación encuadrando lo solicitado en las disposiciones del Art. 6, 8 Inc. e, y 13 de la Ley 7754;
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 15 de la Ley 7754 y 174 de la Constitución Provincial;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1.- Derógase el Decreto N 3444/17 MGJ, conforme lo expuesto en los considerandos precedentes.Art. 2.- Apruébase el nuevo cuadro tarifario por los servicios que presta la Dirección de la Imprenta Oficial de la Provincia, el que como anexo forma parte del presente decreto y será de aplicación a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 3.- Facultase al Secretario General de la Gobernación a propuesta fundada del Director de la Imprenta Oficial a actualizar, mediante resolución, el cuadro tarifario aprobado en el presente.
Art. 4.- Establécese, a partir de la publicación del presente en el Boletín Oficial, como única forma de pago de los servicios enunciados el depósito en la Cuenta Corriente N 621155/2
Imprenta Oficial Provincia de Entre Ríos CBU
3860001001000062115529 del Banco Nuevo BERSA, a nombre del Superior Gobierno de Entre Ríos, el que deberá ser acreditado, mediante la presentación del comprobante respectivo, al momento de presentar la solicitud de los trabajos que se interesaren de la Imprenta Oficial.
Art. 5.- Dispónese, a partir de la publicación del presente en el Boletín Oficial, la obligatoriedad de la remisión y/o presentación de los textos a publicar en el Boletín Oficial y/o trabajos requeridos a la Dirección de la Imprenta Oficial en soporte digital, vía correo electrónico, a la cuenta oficial que el órgano tenga publicada en el sitio web.
Art. 6º: El presente decreto será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación a cargo del Ministerio de Cultura y Comunicación.
Art. 7º: Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Edgardo D. Kueider

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 27/3/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date27/03/2019

Page count27

Edition count4732

First edition01/12/2003

Last issue19/04/2024

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