Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 12/3/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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Nº 26.610 - 048/19

PARANA, martes 12 de marzo de 2019

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Secretaría General de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE ECONOMIA, HACIENDA Y FINANZAS
DECRETO Nº 3355 MEHF

CREANDO SECRETARIA
Paraná, 9 de octubre de 2018

VISTO:
La conveniencia de reestructurar competencias, modificar estructuras orgánicas y dependencias funcionales, con el propósito de mejorar el funcionamiento de la Administración Provincial; y CONSIDERANDO;
Que la Ley N 10093 estableció las estructuras y funciones administrativas de los cuadros superiores de la Administración Pública de la Provincia de Entre Ríos;
Que conforme las previsiones del Artículo 16 de la citada norma, en lo relativo a las Secretarías de la Gobernación, el titular del Poder Ejecutivo podrá determinar las competencias específicas y disponer la creación, supresión o modificación de las mismas;
Que mediante Decreto N 3593/17 GOB se dispuso una amplia reestructuración de los organismos del Estado a fin de adecuarlos a la estructura actual;
Que las actividades vinculadas a la minería, se encuentran en el ámbito de competencia de la Secretaría de Producción y en particular en la órbita de la Subsecretaría de Producción Primaria, funcionando como Dirección de Minería, Medio Ambiente y Recursos Naturales, conforme las disposiciones del Decreto N 4480/17 MP siendo la autoridad de aplicación de la Ley N 10158;
Que el Artículo 24 de la Ley de Ministerios N 10093 faculta al Poder Ejecutivo para modificar la estructura orgánica funcional de las dependencias que integran los distintos Ministerios y Secretarias, así como transferir personal, cuentas y bienes a efectos de adecuarlos a sus fines, objeto y materias;
Que corresponde atender a la mayor eficacia de la organización administrativa;
Que es conveniente afianzar sectores de marcado crecimiento, dando una mayor preponderancia y consideración a las áreas en las cuales se desarrollan los mismos, sin perder de vista el principio de austeridad en el gasto y la eficiencia en la tarea de la Administración Pública;
Que el tipo o clase de minería que se desarrolla en la Provincia, está pasando por un momento de pleno crecimiento, sobre todo teniendo en cuenta productos y subproductos como por ejemplo la broza -materia prima indispensable para el desarrollo vial de la
E D ICION: 30 Págs. - $ 10,00

Cr. D. Gustavo Eduardo Bordet Cr. D. Adán Humberto Bahl Dra. Da. Rosario Margarita Romero Cr. D. Hugo Alberto Ballay Lic. Da. María Laura Stratta Lic. Da. Sonia Mabel Velázquez Ing. D. Luis Alberto Benedetto D. Edgardo Darío Kueider
provincia, principalmente en rutas y caminos de la produccióny más recientemente, con mayor auge y gran potencial de crecimiento, la extracción de arena, no solo para construcción, como era común en la Provincia, sino que también para el uso en la industria del petróleo y sus refinerías, que según opiniones de expertos en la materia es una de las provincias capaces de proveer de manera sostenida la demanda que se proyecta;
Que por tal motivo, se considera necesario elevar el rango del área con competencia en la materia a Secretaria y dotarla de facultades suficientes para llevar adelante eficientemente y sin acrecentar el gasto, la tarea de crecimiento, fomento, control, capacitación y demás labores pertinentes;
Que en consecuencia resulta necesaria la creación de una Secretaría de Minería, que funcionará bajo el ámbito y competencia del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, fusionando la estructura del organismo actual;
Que a su vez corresponde definir su estructura orgánica observando los principios de economía y eficiencia y disponer la transferencia concomitante, de personal, bienes -incluidas cuentas específicasafectados al cumplimiento de la función pública que cumplen;
Que para poder operar dentro de la estructura gubernamental los cambios dispuestos por el presente, se torna necesario autorizar a las Direcciones de Administración y Oficina Provincial de Presupuesto a realizar y proyectar los actos que sean conducentes a ese fin;
Que la presente medida se adopta transitoriamente hasta la sanción de una nueva Ley de Ministerios que instrumente los cambios necesarios para el correcto funcionamiento de la Administración Provincial;
Que el presente se dicta en ejercicio de las facultades contenidas en el Artículo 174 de la Constitución Provincial y en los Artículos 3, 16 y 24 de la Ley N 10093;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º.- Créase en el ámbito del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, la Secretaría de Minería, con dependencia del Sr.
Ministro de Economía Hacienda y Finanzas y cuya estructura orgánica y relación de dependencia se detallan en los Anexos I y II que forman parte integrante del presente.La competencia de la Secretaría en materia de Minería, serán las resultantes de la aplicación de la Ley N 10.158 y demás normas

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 12/3/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date12/03/2019

Page count30

Edition count4732

First edition01/12/2003

Last issue19/04/2024

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