Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 5/12/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, miércoles 5 de diciembre de 2018
lo dispuesto por los artículos 72 al 74 de la Ley N 7060;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º - Hágase lugar al recurso de queja interpuesto por el Sr. Miguel Ángel Trapp, MI
N 11.717.067, con domicilio legal en calle 25
de Mayo N 219, de la ciudad de Rosario del Tala, por mora en la tramitación de las actuaciones caratuladas con el número de expediente de la Caja de Jubilaciones y Pensiones:
201976, y en consecuencia intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a efectos de movilizar la referida actuación dentro de los diez 10 días hábiles de notificado el presente.
Art. 2º - El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Secretario General de la Gobernación a cargo del Ministerio de Cultura y Comunicación conforme autorización conferida por Decreto N 2592/16 GOB.
Art. 3º Comuníquese, publíquese y archívese; con copia del presente pase las actuaciones a la Dirección General de Despacho de la Gobernación para la notificación al recurrente. Cumplido pase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia.
GUSTAVO E. BORDET
Edgardo D. Kueider
DECRETO Nº 1468 GOB
RECHAZANDO RECURSO
Paraná, 8 de junio de 2018
VISTO:
La actuaciones de referencia mediante las cuales el Sr. Prudencio Alberto Antivero, interpone recurso de queja; y CONSIDERANDO:
Que el mismo es incoado en razón del retardo en movilizarse un reclamo tramitado mediante las actuaciones caratuladas con el número de Registro Único: 1447322;
Que según surge de la consulta en el sistema informático de seguimiento de expedientes, dichos actuados se encuentran en el Área de Asuntos Jurídicos de la Caja de Jubilaciones y Pensiones desde el 09.5.2018;
Que el Art. 35de la Ley N7060 dispone que las oficinas de la Administración Provincial que deban emitir informes técnicos tienen un plazo de veinte 20 días hábiles para el diligencia miento de los expedientes;
Que atento a lo expuesto, a la fecha de interposición del presente el Área Asuntos Jurídicos de la Caja de Jubilaciones y Pensiones se encontraba cumpliendo su actividad dentro del plazo legal antes mencionado, no existiendo mora en la tramitación de las actuaciones en cuestión por lo que corresponde rechazar el medio recursivo incoado;
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones previstas en el Art. 174º de la Constitución Provincial y en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 72 al 74 de la Ley N 7060;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º - Recházase el recurso de queja interpuesto por el Sr. Prudencio Alberto Antivero, MI N 10.527.045, con domicilio legal en calle 7 de Noviembre N 22, de la ciudad de Rosario del Tala, de conformidad a lo expresado en los considerandos del presente.
Art. 2º - El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Secretario General de la Gobernación a cargo del Ministerio de Cultura y Comunicación conforme autorización conferida por Decreto N 2592/16 GOB.
Art. 3º Comuníquese, publíquese y archívese; con copia del presente pase las actuaciones a la Dirección General de Despacho de la Gobernación para la notificación al recurrente.
GUSTAVO E. BORDET
Edgardo D. Kueider
BOLETIN OFICIAL

MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL
DECRETO Nº 4062 MDS
ACORDANDO PENSIONES
Paraná, 28 de noviembre de 2018
VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas ante el Ministerio de Desarrollo Social, por la Dirección de Integración Comunitaria relacionadas con solicitudes de Pensiones correspondientes a la Ley Nº 4035; y CONSIDERANDO:
Que los peticionantes han cumplido los requisitos establecidos en la Ley Provincial Nº 4035 en su Artículo 1º, Incisos A y C, a la ancianidad y a la invalidez, justificando el estado de necesidad;
Que la Dirección de Integración Comunitaria evaluó cada una de las gestiones informando favorablemente al respecto;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º: Acuérdanse a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto, pensiones correspondientes a la Ley Provincial Nº 4035 en su Artículo 1º, Incisos A y C, por los conceptos de ancianidad e invalidez, y de acuerdo a lo dispuesto por su norma reglamentaria Decreto Nº 157/18 MDS; a las personas que a continuación se detallan:
Departamento Colón:
DNI RUI - Cod.
Ancianidad:
Saboredo, Carlos Alberto; 13.362.230, 18068, 01-07.
Sánchez, Juan José; 12.950.486; 18069; 0107.
Departamento Concordia:
Ancianidad:
C o rb e ll a , R i c a rd o Erne st o; 13 .1 98. 12 7;
18108; 02-23.
Fein, Arturo Miguel; 16.148.089; 18086; 0208.
Martínez, Martín Carlos; 11.352.800; 18093;
02-03.
Departamento Diamante:
Ancianidad:
Schmidt, Alfonso Marcelo; 17.808.639;
18109; 03-14.
Departamento Paraná:
Paraná Campaña:
Ancianidad:
Inzaurralde, Carmen Graciela; 13.246.034;
18110; 10-22.
Paraná Ciudad:
Ancianidad:
Gimenez, Victor Mario; 16.173.676; 18101;
10-75.
Pizzatti, Susana Noemí; 14.628.265; 18111;
10-63.
Invalidez:
Lencina, Roberto Ramón; 25721.798; 18102;
10-78.
Art. 2º: El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaría de Estado de Desarrollo Social.
Art. 3º: Comuníquese, publíquese com copia del presente pasen para continuidad del trámite a la Dirección de Integración Comunitaria y cumplido archívense.
GUSTAVO E. BORDET
María L. Stratta
DECRETO Nº 4063 MDS
ACORDANDO PENSIONES
Paraná, 28 de noviembre de 2018
VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas ante el Ministerio de Desarrollo Social, por la Dirección de Integración Comunitaria relacionadas con solicitudes de Pensiones correspondientes a la Ley Nº 4035; y CONSIDERANDO:
Que los peticionantes han cumplido los re-

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quisitos establecidos en la Ley Provincial Nº 4035 en su Artículo 1º, Incisos A y C, a la ancianidad y a la invalidez, justificando el estado de necesidad;
Que la Dirección de Integración Comunitaria evaluó cada una de las gestiones informando favorablemente al respecto;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º: Acuérdanse a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto, pensiones correspondientes a la Ley Provincial Nº 4035 en su Artículo 1º, Incisos A y C, por los conceptos de ancianidad e invalidez, y de acuerdo a lo dispuesto por su norma reglamentaria Decreto Nº 157/18 MDS; a las personas que a continuación se detallan:
Departamento Federación:
DNI RUI - Cod.
Ancianidad:
Caretta, Hugo Alberto; 11.754.594; 18138;
04-01.
Departamento Paraná:
Paraná Campaña:
Ancianidad:
F e r re yra, M ar celo Ant on io; 14 .9 83. 32 8;
18136; 10-14.
Departamento Villaguay:
Ancianidad:
Pereyra, Santos Eldo; 12.224.011; 18122;
14-16.
Invalidez:
Acuña, César Alberto; 28.486.392; 18150;
14-01.
Castro, Delia Ramona; 17.769.578; 18148;
14-01.
Ortega, Justa Mabel; 22.191.887; 18154; 1401.
Ruiz D íaz, Sergio Gustavo; 24.512.195;
18152; 14-01.
Zabala, Angel Enrique; 30.110.859; 18149;
14-01.
Art. 2º: El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Desarrollo Social.
Art. 3º: Comuníquese, publíquese con copia del presente pasen para continuidad del trámite a la Dirección de Integración Comunitaria y cumplido archívense.
GUSTAVO E. BORDET
María L. Stratta
DECRETO Nº 4064 MDS
ACORDANDO PENSIONES
Paraná, 28 de noviembre de 2018
VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas ante el Ministerio de Desarrollo Social, por la Dirección de Integración Comunitaria relacionadas con solicitudes de Pensiones correspondientes a la Ley Nº 4035; y CONSIDERANDO:
Que los peticionantes han cumplido los requisitos establecidos en la Ley Provincial Nº 4035 en su Artículo 1º, Incisos A y C, a la ancianidad y a la invalidez, justificando el estado de necesidad;
Que la Dirección de Integración Comunitaria evaluó cada una de las gestiones informando favorablemente al respecto;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º: Acuérdanse a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto, pensiones correspondientes a la Ley Provincial Nº 4035 en su Artículo 1º, Incisos A y C, por los conceptos de ancianidad e invalidez, y de acuerdo a lo dispuesto por su norma reglamentaria Decreto Nº 157/18 MDS; a las personas que a continuación se detallan:
Departamento Colón:
DNI RUI - Cod.
Ancianidad:
Dejeneve, Graciela Alicia; 13.718.191;
18172; 01-11.

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 5/12/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date05/12/2018

Page count18

Edition count4732

First edition01/12/2003

Last issue19/04/2024

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