Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 27/11/2018

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

4
quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el fallecimiento de VERBAUWE N, ALBERTO FELIPE, DNI N 5.781.325, ocurrida en la ciudad de Concordia, en fecha 26.06.1994 y GAUNA, JUANA OFELIA, LC N
1.486.677, ocurrída en la ciudad de Concordía, en fecha 24.08.2018, ambos vecinos de ésta ciudad.
La resolución que lo ordena en su parte pertinente reza: Concordia, 23 de octubre de 2018 4.- Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario local, en un tamaño mínimo de cuerpo 9, a los efectos de que sea legible en forma óptima, citando por treinta días corridos a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes, para que así lo acrediten. Dr.
Gabriel Belén, Juez Civ. y Com. Int..
Concordia, 8 de noviembre de 2018 Gimena Bordoli, secretaria.
F.C. 0001-00007793 3 v./27.11.18
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 6, a cargo del Dr. Diego Luís Esteves interino, Secretaría a cargo de la Dra. Martina Bordoli suplente, ha dispuesto en los autos caratulados Ramos de Chas, Petrona s/ Sucesorios Civil, Expte. Nº 8582, citar por el término de treinta días corridos a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes: doña PETRONA RAMOS DE CHAS, MI N 6.067.340, fallecida en esta ciudad de Concordia el 29 de marzo de 1992.
Para mejor recaudo, se transcribe la resolución que en su parte pertinente dice: Concordia, 11 de septiembre de 2018. Visto: Resuelvo: 1.- 2.- Decretar la apertura del juicio sucesorio de Petrona Ramos, vecina que fuera de esta ciudad. 3.- Mandar a publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario local para que en el plazo de treinta días corridos se presenten todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, para que así lo acrediten. 4.5.- 6.- 7.- 8.- Librar oficio al Registro de Juicios Universales, dependiente de la Dirección General del Notariado, Registros y Archivos, a fin de comunicar la iniciación de las presentes actuaciones. 9.- Dar intervención a la Administradora Tributaria de Entre Ríos ATER. A lo demás, oportunamente. Fdo: Diego Luís Esteves, Juez interino.
Concordia, 23 de octubre de 2018 Martina Bordoli, secretaria supl.
F.C. 0001-00007794 3 v./27.11.18
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 4, a cargo del Dr. Alejandro Daniel Rodríguez interino, Secretaría a cargo de la Dra. Ana María Noguera, de la ciudad de Concordia, ha dispuesto en los autos caratulados Arzuaga Celia Elena s/ Sucesorio ab intestato, Expte. Nº 9794, citar por el término de treinta días corridos a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante: CELIA ELENA ARZUAGA, MI N F
5.046.798, quien falleciera el día 3 de agosto de 2017, en esta ciudad de Concordia.
Para mejor recaudo, se transcribe la resolución que en su parte pertinente dice: Concordia, 24 de octubre de 2018. 1.- Tener por presentados los Sres. Carlos Alberto Bredeston, DNI N M 5.830.017, Jorge Edgardo Bredeston, DNI N 12.781.228 y Alfredo Raúl Bredeston, DNI N 5.073.290, por derecho propio y con patrocinio letrado, con domicilio constituído y real denunciado, documentación acompañada cuya agregación se ordena, dándoseles en autos la intervención legal correspondiente y por parte. 2.-Estando acreditada prima facie la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a
BOLETIN OFICIAL
mérito de la partida de defunción acompañada y lo dispuesto en los Arts. 718 y 728 del CPC, declárese abierto el juicio sucesorio de Celia Elena Arzuaga, DNI Nº F 5.046.798, fallecida en fecha 03.08.2017, vecina que fue de la ciudad de Concordia, E.R. 3.- Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario de esta ciudad, citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que lo acrediten dentro del término de treinta 30 días Conf.
Art. 2340 del Cód. Civil y Comercial de la Nación, aprobado mediante Ley Nº 26.994, vigente a partir del 1-08-2015 y Art. 728 del CPCyC.
Hacer saber que los edictos deberán contener todos los datos necesarios para quienes son citados tomen conocimiento cabal del motivo de su citación. 4.- Dése intervención al Ministerio Fiscal. 5.- Líbrese oficio a la Dirección General del Notariado, Registro y ArchivoSección Juicios Universales con sede en Paraná Disposición Técnico Registral N 5 DGNRA
del 8.11.2006 en formulario 04.- 6.- 7.-
8.- 9.- A lo demás oportunamente. Fdo:
Alejandro Daniel Rodríguez, Juez interino.
Concordia,7 de noviembre de 2018 Ana Ma. Noguera, secretaria.
F.C. 0001-00007795 3 v./27.11.18
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 2 de esta ciudad, Gabriel Belén, Juez suplente, Secretaría a cargo de la Dra.
Gimena Bordoli, cita por el término de treinta días 30 corridos, en autos Sireix, Héctor Cándido s/ Sucesorio ab intestato, Expte.
8417, año 2016, a todos quienes se consideren con derechos a los bienes dejados por fallecimiento, ocurrido en fecha 12.02.2018 de HECTOR CANDIDO SIREIX, DNI 10.980.133, argentino, vecino que fuera de esta ciudad de Concordia bajo los apercibimientos de ley.
A tal fin se transcribe la parte pertinente de la resolución que así lo dispone: Concordia, 14 de septiembre de 2018. Visto: Resuelvo:
1.- 2.- Tener por presentada a la Dra. Ana Laura Cazarré, en nombre de la Sra. María Esperanza Mouliá, quien comparece en representación de su hijo menor de edad, Martín Sireix, en mérito a las facultades consignadas en el poder acompañado, con el domicilio denunciado por constituido, por parte, désele intervención. 3.- Decretar la apertura del juicio sucesorio de Héctor Cándido Sireix, DNI N
10.980.133, vecino de la localídad de Puerto Yeruá, Dpto. Concordia. 4.- Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario local, en un tamaño mínimo de cuerpo 9, a los efectos de que sea legible en forma óptima, citando por treinta días corridos a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que así lo acrediten. 5.- Dar intervención al Ministerio Fiscal y Pupilar. 6.- Librar oficio al Registro de Juicios Universales, dependiente de la Dirección General del Notariado, Registros y Archivos y dar noticia a la Administradora Tributaria de Entre Ríos, a fin de comunicar la iniciación de las presentes actuaciones. 7.- Citar a los herederos denunciados, Imelda Ester Godoy y Cándido Sebastián Sireix, para que en el término de diez días de notificados comparezcan a estos autos a tomar la intervención que legalmente le corresponda, bajo apercibimiento de ley. 8. A lo demás, oportunamente. Notifíquese.
Fdo. Gabriel Belén, Juez.
Concordia, 12 de octubre de 2018 Gimena Bordoli, secretaria.
F.C. 0001-00007796 3 v./27.11.18
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 1 de esta ciudad, a cargo del Dr.
Julio Cesar Marcogiuseppe - Juez Civil y Comercial, Secretaría a cargo del Dr. José María
Paraná, martes 27 de noviembre de 2018
Ferreyra, secretario, cita por el término de treinta días 30, en autos: Ojeda, Ángel Omar s/ Sucesorio ab intestato, Expte. 12609 - año 2018, a todos quienes se consideren con derechos a los bienes dejados por fallecimiento, ocu rrido en fe cha 26 .0 7. 201 8 d e A N GEL
OMAR OJEDA, DNI Nº 8.357.728, vecino que fuera de esta ciudad de Concordia, bajo los apercibimientos de ley.
A tal fin se transcribe la parte pertinente de la resolución que asi lo dispone: Concordia, 3
de octubre de 2018 Resuelvo: 1. Tener presentados a Alcides Ricardo Ojeda, Elsa Yolanda Ojeda por propio derecho, patrocinio letrado de Diego A.A. Cabrera y éste último en nombre de María Cristina Ojeda, conforme poder obrante a fs. 1, con domicilio constituído, por parte se le da intervención. 2.- Decretar la apertura del juicio sucesorio de Ángel Omar Ojeda, DNI N10.198.315, vecino que fuera de esta ciudad. 3. Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos y en un diario local, -tamaño mínimo de fuente: cuerpo 9, conforme información vertida por los diarios locales a los efectos de que sea legible en forma óptima-, citando por treinta días corridos a los herederos y/o sucesores del causante y/o a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el mismo, bajo apercibimiento de ley. Art. 728
Inc. 2 CPCC y Art. 2340 CCC. Ley 26.994. 4. 5.- 6.- 7.- 8.- 9.- A lo demás, oportunamente. Fdo. Gabriel Belén, Juez Civil y Comercial subrogante.
Concordia, 25 de octubre de 2018 José Ma.
Ferreyra, secretario.
F.C. 0001-00007797 3 v./27.11.18
Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 6 de la ciudad de Concordia, Secretaría única, a cargo de los Dres. Diego Luis interino y Martina Bordoli suplente, Esteves respectivamente, en autos Buchanan, Luz Marina; Berisso, Carlos Eduardo s/ Sucesorios Expte. N 1175, cita por tres veces durante el término de treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes quedados pur el fallecimento de don CARLOS EDUARDO
BERISSO, DNI N 12.126.588, fallecido en esta ciudad de Concordia, el 22 de julio de 2018, vecino que fuera de la ciudad de Concordia, E.R.La resolución que lo ordena, dice: Concordia, 3 de septiembre de 2018 4.- Mandar a publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario local, citando por treinta días corridos a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que así lo acrediten Fdo: Dr.
Diego Luis Esteves, Juez interino.
Concordia, 12 de noviembre de 2018 Martina Bordoli, secretaria supl.
F.C. 0001-00007833 3 v./28.11.18
Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 4 de la ciudad de Concordia, Secretaría N2, a cargo de los Dres. Alejandro Daniel Rodríguez interino y Ana María Noguera, respectivamente, en autos caratulados:
Araujo Martina s/ Sucesorio ab intestato Expte. N 9818, cita por treinta días corridos a quienes se consideren con derecho a los bienes quedados por el fallecimiento de la Sra.
MARTINA ARAUJO, MI N 5.027.995, ocurrido en la ciudad de Concordia, el día 20 de agosto de 2018.
Concordia, 23 de octubre de 2018. 1.- 2. Declárese abierto el juicio sucesorio de Martina Araujo, LC N 5.027.995, fallecida en fecha 20/08/2018, vecina que fue de la ciudad de Concordia, E.R. 3.- Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario de esta ciudad, citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes deja-

About this edition

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 27/11/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date27/11/2018

Page count16

Edition count4732

First edition01/12/2003

Last issue19/04/2024

Download this edition

Other editions

<<<Noviembre 2018>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
252627282930