Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 1/11/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, jueves 1º de noviembre de 2018
Art. 5º El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Salud.
Art. 6º Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Sonia M. Velázquez
DECRETO Nº 1064 M.S.
RECONOCIENDO ADICIONAL
Paraná, 2 de mayo de 2018
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales se tramita el reconocimiento y pago del adicional por horario atípico, a favor de la agente Silvana Alejandra Pereyra, Legajo Nº 161.060, desde mayo de 2008; y CONSIDERANDO:
Que la agente Pereyra revista en un cargo, categoría 12, Tramo B - Carrera Enfermería, Escalafón Sanidad del Hospital Santa Rosa de Chajarí;
Que, en autos, se han adjuntado las planillas de asistencia correspondientes, en las que se refleja que la señora Pereyra cumplió con los turnos rotativos o variables;
Que la Dirección General de Recursos Humanos ha emitido el informe correspondiente, en virtud del Decreto Nº 2.900/71 SGG;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos y la Dirección General de Administración, ambos del citado ministerio, han tomado la debida intervención;
Que conforme a las constancias reunidas en autos y compartiendo el criterio adoptado por la Fiscalía de Estado de fojas 52 a 53 vta., corresponde aplicar el criterio de prescripción bienal, por lo tanto y teniendo en cuenta la fecha de presentación del reclamo esto es 14.4.11, es procedente efectuar el reconocimiento y pago del adicional por horario atípico desde el 14.4.09 hasta el 30.6.10;
Que la delegación Contable de la Contaduría General de la Provincia en el Ministerio de Salud ha tomado intervención al respecto;
Que la presente gestión encuadra en el artículo 30º de la Ley 9.564 y su Decreto Reglamentario Nº 5.467/04 MSAS, artículo 9º, inciso b;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Reconócese el adicional por horario atípico por el período 14.4.09 al 30.6.10, a favor de la agente Silvana Alejandra Pereyra, Legajo Nº 161.060, categoría 12 - Tramo B Carrera Enfermería, Escalafón Sanidad, con prestación de servicios en el Hospital Santa Rosa de Chajarí, en mérito a lo expuesto en los considerandos precedentes.
Art. 2º Impútase el gasto a las siguientes cuentas del presupuesto vigente: Dirección de Administración 960 - Carácter 1 - Jurisdicción 45 - Subjurisdicción 00 - Entidad 0000 - Programa 19 - Subprograma 00 - Proyecto 00 Actividad 24 - Obra 00 - Finalidad 3 - Función 12 - Fuente de Financiamiento 11 - Subfuente de Financiamiento 0001 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - Partida Parcial 3/4/6 - Partida Subparcial 1708/1007/1037/1058/1075 - Departamento 28 - Ubicación Geográfica 01.
Art. 3º Autorízase a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud, para que abone a favor de la agente Silvana Alejandra Pereyra, Legajo Nº 161.060, la suma que resulte de lo reconocido por el artículo 1º del presente decreto.
Art. 4º El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Salud.
Art. 5º Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Sonia M. Velázquez
BOLETIN OFICIAL
DECRETO Nº 1098 M.S.
AUTORIZANDO LLAMADO A
LICITACIÓN PÚBLICA
Paraná, 4 de mayo de 2018
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales se solicita la adquisición de seis 6 mesas de anestesia para cirugía de alta complejidad, con destino a los Hospitales San Martín de Paraná, Delicia C. Masvernat de Concordia y Justo José de Urquiza de Concepción del Uruguay; y CONSIDERANDO:
Que obra a fojas 75 a fojas 79 vta. especificaciones técnicas, elaboradas por la Coordinación de Bioingeniería de este Ministerio de Salud, indicando a fojas 80 que para el Renglón Nº 1: corresponde cuatro 4 mesas de anestesia para cirugía de alta complejidad, aptas para uso de pacientes adultos, pediátricos, cirugías generales y cardiovasculares con gasto cardíaco, destinadas: dos 2 para el Hospital San Martín de Paraná, una 1 para el Hospital Justo José de Urquiza de Concepción del Uruguay y una 1 para el Hospital Delicia C. Masvernat" de Concordia; Renglón Nº 2: corresponde dos 2 mesas de anestesia para cirugía de alta complejidad, aptas para uso de pacientes adultos, pediátricos, cirugías generales y cardiovasculares, destinadas: una 1 para el Hospital San Martín de Paraná y una 1 para el Hospital Delicia C. Masvernat de Concordia;
Que de fojas 114 a fojas 118 vta. obran los pliegos de condiciones particulares, con agregado de especificaciones técnicas de fojas 119
a fojas 123 vta. y pliegos de condiciones generales de fojas 124 a fojas 127 vta., los que regirán en el presente acto licitatorio;
Que la Dirección de Contrataciones del Ministerio de Salud informa que el monto aproximado a invertir es por la suma de pesos doce millones doscientos cuarenta mil $
12.240.000,00;
Que se deberá realizar un llamado a licitación pública por intermedio de la Dirección de Contrataciones del citado ministerio;
Que a fojas 99 vta. y fojas 100 vta. obra Dictamen Nº 2.622/17 DAJMS, manifestando que si bien no es aplicable al caso la acordada Nº 284/16 HTC, ello no obsta a que si la señora ministra secretaria de Estado considera oportuno y conveniente la intervención previa al Honorable Tribunal de Cuentas, a los efectos de darle mayor transparencia a la presente tramitación de significativa inversión económica, lo pueda hacer, pues, si bien no existe una ley que haya reglamentado el caso de marra, al tratarse el objeto de autos de la compra de seis 6 mesas de anestesia que serán destinadas a los Servicios de Cirugías especializados que realizan intervenciones quirúrgicas de alta complejidad y urgencias citadas precedentemente, distribuidas según se menciona en el primer considerando, se hace visible sin más lo dispuesto en el artículo 213 inciso 1º - segunda parte de la C.P., en relación a que el HTC en las contrataciones de alta significación económica, el control deberá realizarse desde su origen, pudiendo la señora ministra, si lo considera oportuno, someter el presente trámite a dicho control legal del organismo antes citado, circunstancia que no deja de ser compatible con el principio esbozado en el artículo 37º de la C.P. sobre transparencia de los actos públicos como principio normativo, siendo este último un deber irrenunciable de quienes ejercen la función pública;
Que el Honorable Tribunal de Cuentas ha intervenido en las presentes;
Que ha intervenido el señor coordinador general y director de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud;

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Que la Dirección General de Administración del citado ministerio ha realizado la reserva del crédito y el informe técnico pertinente;
Que la Delegación Contable de la Contaduría General de la Provincia ha tomado la intervención de su competencia;
Que la presente gestión se encuadra en la Ley Nº 5.140 texto único y ordenado según Decreto Nº 404/95 MEOSP, capítulo II, título III, artículo 26º, inciso a, concordante con el Decreto Reglamentario Nº 795/96 MEOSP título I - Capítulo 1, artículo 5º, punto 1º y artículo 6º, punto 1º y Capítulo II, artículo 7º, punto 1 y Título II - Decreto Modificatorio Nº 723/17 MEHF, Decreto Nº 1.779/17 MEHF, Decreto Nº 152/15 M.S., artículo 3º y Modificatorio Decreto Nº 2.789/17 M.S., Acordada Nº 284/16 TCP;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Autorízase un llamado a licitación pública por intermedio de la Dirección de Contrataciones del Ministerio de Salud, para la adquisición de seis 6 mesas de anestesia para cirugía de alta complejidad, con destino a los Hospitales San Martín de Paraná, Delicia C. Masvernat de Concordia y Justo José de Urquiza de Concepción del Uruguay, por la suma aproximada de pesos doce millones doscientos cuarenta mil $ 12.240.000,00, en concepto de lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Apruébase los pliegos de condiciones particulares con agregado de especificaciones técnicas y pliegos de condiciones generales, los que regirán el presente acto licitatorio y que, agregados, forman parte integrante del presente decreto.
Art. 3º Impútase el gasto a la siguiente cuenta del presupuesto vigente: DA 960 - C 1
-J 45 - SJ 00 - ENT 0000 - PG 01 - SP 00 - PY
00 - AC 01 - OB 00 - FI 3 - FU 14 - FF 11 - SF
0001 - I 4 - PP 3 - PP 3 - SP 0000 - DP 84 - UG
07.
Art. 4º El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Salud.
Art. 5º Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Sonia M. Velázquez
DECRETO Nº 1099 M.S.
DISPONIENDO INSTRUCCIÓN SUMARIA
Paraná, 4 de mayo de 2018
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales desde el Hospital Delicia Concepción Masvernat de Concordia. informa suceso acontecido en fecha 4 de enero del 2018; y CONSIDERANDO:
Que según surge de autos en fecha 4.1.18, en los Consultorios Externos de Pediatría del Hospital Delicia Concepción Masvernat de Concordia, la agente Beatriz Elba Romero, legajo 194.244, le suministra en forma errónea un medicamento inyectable a la paciente Kimberley González;
Que la agente en cuestión revista en un cargo categoría 19, Carrera Enfermería, Tramo A, Escalafón Sanidad del Hospital Delicia Concepción Masvernat de Concordia;
Que a fojas 1 el asesor legal del nosocomio elabora informe a fin de poner en conocimiento lo acontecido, en el mismo se detalla el hecho y lo sucedido entre la prescripción médica efectuada por el profesional doctor Franco J.
Olivera, quien indicaba el suministro de IM de Metroclopramida 0,2 mgr./ml. y lo suministrado por la enfermera Romero -Medroxiprogesterona 150 mg./ml. en forma errónea, asimismo, la agente Romero habiendo advertido la situación, informa lo sucedido a las áreas compe-

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 1/11/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date01/11/2018

Page count24

Edition count4732

First edition01/12/2003

Last issue19/04/2024

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