Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 31/10/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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Art. 3º Comuníquese, publíquese y archívese; con copia del presente pasen las actuaciones a la Dirección General de Despacho de la Gobernación para la notificación al recurrente. Cumplido, pase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia.
GUSTAVO E. BORDET
Edgardo D. Kueider
DECRETO Nº 1028 GOB
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 2 de mayo de 2018
VISTO:
Las actuaciones de referencia mediante las cuales la señora Griselda María Díaz interpone recurso de queja; y CONSIDERANDO:
Que el mismo es incoado en razón del retardo en movilizarse un reclamo tramitado mediante las actuaciones caratuladas con el número de Registro Único: 1966699;
Que según surge de la consulta en el sistema informático de seguimiento de expedientes de la Caja de Jubilaciones y Pensiones, dichos actuados se encuentran en el Área Administrativo Tribunal Médico de la referida repartición, desde el 7.9.17, encontrándose vencido el plazo de veinte 20 días previsto para su tramitación, conforme lo dispuesto por el artículo 35º de la Ley Nº 7.060;
Que el recurso de queja tiene por objeto que la propia Administración remueva o destrabe la morosidad o retardo injustificado en la tramitación de un expediente, en tanto ello afecta determinados principios y garantías que gobiernan el procedimiento administrativo;
Que en virtud de lo expuesto corresponde hacer lugar al recurso interpuesto e intimar al organismo moroso a movilizar la referida actuación;
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 174º de la Constitución Provincial y en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 72º al 74º de la Ley Nº 7.060;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hágase lugar al recurso de queja interpuesto por la señora Griselda María Díaz, MI Nº 22.026.822, constituyendo domicilio en calle 9 de Julio Nº 165, planta baja C, de esta ciudad, por mora en la tramitación de las actuaciones caratuladas con el número de Registro Único: 1966699 y, en consecuencia, intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a efectos de movilizar la referida actuación dentro de los diez 10 días hábiles de notificado el presente.
Art. 2º El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Secretario General de la Gobernación, a cargo del Ministerio de Cultura y Comunicación, conforme autorización conferida por Decreto Nº 2.592/16 GOB.
Art. 3º Comuníquese, publíquese y archívese; con copia del presente pasen las actuaciones a la Dirección General de Despacho de la Gobernación para la notificación al recurrente. Cumplido, pase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia.
GUSTAVO E. BORDET
Edgardo D. Kueider
DECRETO Nº 1029 GOB
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 2 de mayo de 2018
VISTO:
La actuaciones de referencia mediante las cuales el señor Marcelo Oscar Piedrabuena interpone recurso de queja; y CONSIDERANDO:
Que el mismo es incoado en razón del retardo en movilizarse un reclamo tramitado mediante las actuaciones caratuladas con el número de Registro Único: 1912317 agregadas al Nº 1878761;
Que según surge de la consulta en el sistema
BOLETIN OFICIAL
informático de seguimiento de expedientes, dichos actuados se encuentran en el Área de Mesa de Entrada Trámites y Registro de Personal de Fiscalía de Estado, desde el 16.1.17, encontrándose vencido el plazo de cuarenta 40 días hábiles que posee dicho organismo para emitir dictamen, previsto en el Decreto Nº 1.535/95 SGG;
Que el recurso de queja tiene por objeto que la propia Administración remueva o destrabe la morosidad o retardo injustificado en la tramitación de un expediente, en tanto ello afecta determinados principios y garantías que gobiernan el procedimiento administrativo;
Que en virtud de lo expuesto corresponde hacer lugar al recurso interpuesto e intimar al organismo moroso a movilizar la referida actuación;
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 174º de la Constitución Provincial y en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 72º al 74º de la Ley Nº 7.060;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hágase lugar al recurso de queja interpuesto por el señor Marcelo Oscar Piedrabuena, MI Nº 22.117.586. constituyendo domicilio legal en calle Panamá Nº 540, de esta ciudad, por mora en la tramitación de las actuaciones caratuladas con el número de Registro Único: 1912317 agregadas al Nº 1878761
y, en consecuencia, intímase a la Fiscalía de Estado a efectos de diligenciar la referida actuación mediante la emisión del dictamen respectivo, dentro de los diez 10 días hábiles de notificado el presente.
Art. 2º El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Secretario General de la Gobernación, a cargo del Ministerio de Cultura y Comunicación, conforme autorización conferida por Decreto Nº 2.592/16 GOB.
Art. 3º Comuníquese, publíquese y archívese; con copia del presente pasen actuaciones a la Dirección General de Despacho de la Gobernación para la notificación al recurrente.
Cumplido, pase a la Fiscalía de Estado.
GUSTAVO E. BORDET
Edgardo D. Kueider
DECRETO Nº 1030 GOB
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 2 de mayo de 2018
VISTO:
Las actuaciones de referencia mediante las cuales el señor Miguel Ángel Álvarez, interpone recurso de queja; y CONSIDERANDO:
Que el mismo es incoado en razón del retardo en movilizarse un reclamo tramitado mediante las actuaciones caratuladas con el número de Expediente: 169581;
Que según surge de la consulta en el sistema informático de seguimiento de expedientes de la Caja de Jubilaciones y Pensiones, dichos actuados se encuentran en el Área de Despacho de Ia referida repartición desde el 19.12.17, encontrándose vencido el plazo de tres 3 dios previsto para su tramitación, conforme lo dispuesto por el artículo 35º de la Ley Nº 7.060;
Que el recurso de queja tiene por objeto que la propia Administración remueva o destrabe la morosidad o retardo injustificado en la tramitación de un expediente, en tanto ello afecta determinados principios y garantías que gobiernan el procedimiento administrativo;
Que en virtud de lo expuesto corresponde hacer lugar al recurso interpuesto e intimar al organismo moroso a movilizar la referida actuación;
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 174º de la Constitución Provincial y el cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 72º al 74º de la Ley Nº 7.060;

Paraná, miércoles 31 de octubre de 2018
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hágase lugar al recurso de queja interpuesto por el señor Miguel Ángel Álvarez, MI Nº 7.622.329, con domicilio legal en calle Urquiza Nº 1.736, de esta ciudad, por mora en la tramitación de las actuaciones caratuladas con el número de Expediente; 169581, y en consecuencia intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a efectos de movilizar la referida actuación dentro de los diez 10 días hábiles de notificado el presente.
Art. 2º El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Secretario General de la Gobernación, a cargo del Ministerio de Cultura y Comunicación, conforme autorización conferida por Decreto Nº 2.592/16 GOB.
Art. 3º Comuníquese, publíquese y archívese; con copia del presente pasen las actuaciones a la Dirección General de Despacho de la Gobernación para la notificación al recurrente. Cumplido, pase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia.
GUSTAVO E. BORDET
Edgardo D. Kueider
DECRETO Nº 1031 GOB
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 2 de mayo de 2018
VISTO:
Las actuaciones de referencia mediante las cuales la señora Diana Lía Mayer, con patrocinio letrado interpone recurso de queja; y CONSIDERANDO:
Que el mismo es incoado en razón del retardo en movilizarse un reclamo tramitado mediante las actuaciones caratuladas con el número de Registro Único: 1810313, con su agregado 1967548;
Que según surge de la consulta en el sistema informático de seguimiento de expedientes, dichos actuados se encuentran en el Área de Mesa de Entrada de Fiscalía de Estado, desde el 7.7.17, encontrándose, vencido el plazo de cuarenta 40 días hábiles que posee dicho organismo para emitir dictamen, previsto en el Decreto Nº 1.535/95 SGG;
Que el recurso de queja tiene por objeto que la propia Administración remueva o destrabe la morosidad o retardo injustificado en la tramitación de un expediente, en tanto ello afecta determinados principios y garantías que gobiernan el procedimiento administrativo;
Que en virtud de lo expuesto corresponde hacer lugar al recurso interpuesto;
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 174º de la Constitución Provincial y en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 72º al 74º de la Ley Nº 7.060;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hágase lugar al recurso de queja interpuesto por la señora Diana Lía Mayer, MI
Nº 12.284.180, constituyendo domicilio en calle Catamarca Nº 533, de esta ciudad, por mora en la tramitación de las actuaciones caratuladas con el número de Registro Único: 1810313
con su agregado 1967548 y, en consecuencia, intímase a Fiscalía de Estado a efectos de diligenciar la referida actuación mediante la emisión del dictamen respectivo dentro de los diez 10 días hábiles de notificado el presente.
Art. 2º El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Secretario General de la Gobernación, a cargo del Ministerio de Cultura y Comunicación, conforme autorización conferida por Decreto Nº 2.592/16 GOB.
Art. 3º Comuníquese, publíquese y archívese; con copia del presente pasen las actuaciones a la Dirección General de Despacho de la Gobernación para la notificación al recurrente. Cumplido, pase a Fiscalía de Estado.
GUSTAVO E. BORDET
Edgardo D. Kueider

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 31/10/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date31/10/2018

Page count26

Edition count4732

First edition01/12/2003

Last issue19/04/2024

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