Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 24/10/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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diante las actuaciones caratuladas con el número de Registro Único: 1908793;
Que según surge de la consulta en el sistema informático de seguimiento de expedientes, dichos actuados se encuentran en el Área de Despacho de la Caja de Jubilaciones y Pensiones, desde el 28.7.17, encontrándose vencido el plazo de tres 3 días previsto para su tramitación, conforme lo dispuesto por el artículo 35º de la Ley Nº 7.060;
Que el recurso de queja tiene por objeto que la propia Administración remueva o destrabre la morosidad o retardo injustificado en la tramitación de un expediente, en tanto ello afecta determinados principios y garantías que gobiernan el procedimiento administrativo;
Que en virtud de lo expuesto corresponde hacer lugar al recurso interpuesto e intimar al organismo moroso a movilizar la referida;
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 174º de la Constitución Provincial y en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 72º al 74º de la Ley Nº 7.060;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hágase lugar al recurso de queja interpuesto por el señor Julio Atilio Gutiérrez, MI Nº 10.243.075, con domicilio legal en calle Tejeiro Martínez Nº 484, de esta ciudad, por mora en la tramitación de las actuaciones caratuladas con el número de Registro Único 1908793 y, en consecuencia, intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a efectos de movilizar la referida actuación dentro de los diez 10 días hábiles de notificado el presente.
Art. 2º El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Secretario General de la Gobernación a cargo del Ministerio de Cultura y Comunicación, conforme autorización conferida por Decreto Nº 2.592/16 GOB.
Art. 3º Comuníquese, publíquese y archívese; con copia del presente pasen las actuaciones a la Dirección General de Despacho de la Gobernación para la notificación al recurrente. Cumplido, pase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia.
GUSTAVO E. BORDET
Edgardo D. Kueider
DECRETO Nº 606 GOB
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 4 de abril de 2018
VISTO:
Las actuaciones de referencia mediante las cuales la señora Silvina Beatriz Capriz, interpone recurso de queja con patrocinio letrado; y CONSIDERANDO:
Que el misrno es incoado en razón del retardo en resolverse un recurso de aclaratoria interpuesto el 14 de marzo del corriente ante la Caja de Jubilaciones y Pensiones, en relación a la Resolución Nº 804/18 dictada por el organismo citado;
Que conforme lo dispuesto en el artículo 59
de la Ley Nº 7.060, el recurso de aclaratoria deberá interponerse ante la autoridad que dictó el acto, dentro de los tres 3 días de la notificación y será resuelto en igual término sin que se suspendan los términos para plantear otros recursos que pudieran corresponder;
Que atento las constancias obrantes en autos el mismo se encuentra pendiente de resolución, habiéndose vencido los plazos previstos en la normativa vigente;
Que el recurso de queja tiene por objeto que la propia Administración remueva o destrabe la morosidad o retardo injustificado en la tramitación de un expediente, en tanto ello afectó determinados principios y garantías que gobiernan el procedimiento administrativo;
Que en virtud de lo expuesto corresponde
BOLETIN OFICIAL
hacer lugar al recurso de queja e intimar al organismo moroso resolver el recurso de aclaratoria interpuesto;
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 174º de la Constitución Provincial y en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 72º al 74º de la Ley Nº 7.060;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hágase lugar al recurso de queja interpuesto por la señora Silvina Beatriz Capriz, MI Nº 20.321.262, con domicilio legal en calle Panamá Nº 540 de esta ciudad, e intímase en consecuencia a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a resolver el recurso de aclaratoria interpuesto en fecha 14 de marzo de 2018 en relación a las disposiciones de la Resolución Nº 804/18 CJyPER dentro del plazo de diez 10 días hábiles de notificado el presente.
Art. 2º El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Secretario General de la Gobernación a cargo del Ministerio de Cultura y Comunicación, conforme autorización conferida por Decreto Nº 2.592/16 GOB.
Art. 3º Comuníquese, publíquese y archívese; con copia del presente pasen las actuaciones a la Dirección General de Despacho de la Gobernación para la notificada al recurrente.
Cumplido, pase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia.
GUSTAVO E. BORDET
Edgardo D. Kueider
DECRETO Nº 607 GOB
Paraná, 4 de abril de 2018
Aprobando los contratos de locación de obra, en los que se establecen las cláusulas y condiciones para la ejecución de las tareas que en los mismos se especifican, en el ámbito de la Secretaría General de la Gobernación, por el período comprendido entre el 8.1.18 y el 31.12.18, los que agregados forman parte de este texto legal, celebrados entre el señor Secretario General de la Gobernación don Edgardo Darío Kueider, y los señores Luis Felipe Reinoso Elena, MI 34.300.097; Juan Francisco Coniguo Sendra, MI 37.080.541, y Kevin Ayrton Brunengo, MI 40.564.453.
Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a liquidar y abonar a los señores Luis Felipe Reinoso Elena, Juan Francisco Coniguo Sendra y Kevin Ayrton Brunengo, previa regularización en los casos que corresponda, de la situación tributaria ante la ATER y la AFIP, presentación de facturas y constancias de trabajo pertinentes, las sumas mensuales establecidas en la cláusula cuarta de los referidos contratos, por el período comprendido entre el 8 de enero y el 31 de diciembre de 2018, en concepto de honorarios por la obra encomendada.
DECRETO Nº 649 GOB
AUTORIZACIÓN
Paraná, 4 de abril de 2018
VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas con motivo de la solicitud efectuada por la Fiscalía de Estado de la Provincia de Entre Ríos solicitando autorización para no promover las acciones legales, y lo dispuesto por la Ley Nº 7.296;
CONSIDERANDO:
Que mediante Nota Nº 007017, de fecha 12
de julio de 2017, el señor fiscal adjunto de la Fiscalía de Estado de la Provincia de Entre Ríos solicita autorización para no promover las acciones legales correspondientes en los Expedientes R.U. Nº 1513620, 1571051, 1572911, 1610771, 1489058, y 1618941 originados por la Dirección Provincial del Trabajo, por no resultar conveniente a los intereses del Estado;

Paraná, miércoles 24 de octubre de 2018
Que entre los fundamentos de tal solicitud se expresa que el artículo 7º de la Ley 7.296
establece: el Fiscal de Estado podrá desistir de los juicios, o no iniciar la respectiva acción, cuando el importe del capital reclamado o reclamable fuera inferior al cincuenta por ciento del salario mensual mínimo de los agentes de la administración pública, o el interés, condiciones y/o posibilidades del caso así lo aconsejare. Deberá informar al Poder Ejecutivo previo a adoptar la decisión a que lo faculta este artículo, y ajustar su cometido a las instrucciones que de aquél reciba;
Que en base a lo dispuesto en esta norma, teniendo en consideración que las diligencias extrajudiciales realizadas tuvieron efecto negativo y siendo que el monto consignado está por debajo del piso salarial referenciado, la promoción de las acciones legales correspondientes no resultan convenientes a los intereses del Estado;
Que obran agregados en autos copias de las Resoluciones Nºs. 707 MI, de fecha 6 de julio de 2015; 705 M.T., de fecha 6 de julio de 2015;
616 M.T., de fecha 23 de junio de 2015; 678
M.T., de fecha 3 de julio de 2015; 679 M.T., de fecha 3 de julio de 2015, y 782 M.T., de fecha 23 de julio de 2015, de la Dirección Provincial del Trabajo, de las que resultan que los montos de las multas impuestas por tal organismo son inferiores al cincuenta por ciento del salario mensual mínimo de los agentes de la administración pública;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Autorízase a la Fiscalía de Estado para no promover las acciones judiciales destinadas a obtener el cobro de las multas im p u e s t a s e n l o s E x p e d i e n t es R . U . N ºs.
1513620, 1571051, 1572911, 1610771, 1489058 y 1618941, originados por la Dirección Provincial del Trabajo, de acuerdo a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, publíquese y pasen las actuaciones a la Fiscalía de Estado a sus efectos.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero
DECRETO Nº 1006 GOB
ADSCRIPCIÓN
Paraná, 2 de mayo de 2018
VISTO:
La gestión iniciada por la Comisión Administradora para el Fondo Especial de Salto Grande CAFESG; y CONSIDERANDO:
Que mediante la misma se solicita la adscripción de la señora María José Blasco, MI
Nº 29.341.821, agente perteneciente a la planta de personal permanente de la Representación del Gobierno de Entre Ríos en Capital Federal;
Que las partes competentes en la gestión han prestado su conformidad al respecto, por lo que resulta procedente acceder a lo peticionado;
Que la Asesoría de la Representación del Gobierno de Entre Ríos en Capital Federal se ha expedido en Dictamen Nº 4/18;
Que la presente gestión encuadra en las disposiciones de los artículos 39º y 42º de la Ley 9.755, modificada por la Ley 9.811, y el inciso 1º y 2º del artículo 6º de la Ley Nº 10.271 y su modificatoria Ley Nº 10.334;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art.1º Adscríbase a la Comisión Administradora para el Fondo Especial de Salto Grande CAFESG, a partir del 2 de enero de 2018, a la señora María José Blasco, MI Nº

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 24/10/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date24/10/2018

Page count34

Edition count4732

First edition01/12/2003

Last issue19/04/2024

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