Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 10/10/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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tura, montaje y embalaje de piezas metalúrgicas y plásticas para la industria automotriz y juguetería.b Comerciales:- La compra y venta de juguetes y autopartes para la industria automotriz y/o metalúrgica, materias primas elaboradas o a elaborarse, su importación y exportación.Ejercer representaciones, emisiones y consignaciones.c Inmobiliarias:- Mediante la adquisición, venta, explotación, arrendamiento, construcción, permuta y/o administración de toda clase de inmuebles rurales y/o urbanos, incluso las operaciones comprendidas dentro de las leyes y reglamentos de propiedad horizontal.d Agropecuarias:- Por la explotación en todas sus formas, de establecimientos agrícolaganaderos, frutícolas, cultivos forestales y de granja.e Aero-Comerciales: La realización de toda actividad aérea comercial, establecida en el Art. 91 y siguientes. del Código Aeronáutico Argentino, y normas complementarias; comprendiendo dentro de ella todos los servicios de Transporte Aéreo, ya sea Regular o No Regular y los de Trabajo Aéreo, en todas y cada una de sus especialidades, comprendiendo la explotación comercial de aeronaves en cualquiera de sus formas, incluyendo el traslado de personas y/o cosas en función complementaria de aquellas.Y en particular, las siguientes actividades:1.- Agro Aéreas:- rociado, espolvoreo, siembra, aplicación de fertilizantes, combate de la erosión, defoliación, protección contra las heladas, persecución de animales dañinos.2.- Fotografía:- acrofotogrametria, prospección, magnetometría, detección, medición, sentillametria, filmación, relevamientos fototopográficos, oblicua.3.- Propaganda:- sonora, arrastre de cartel y/o manga, pintado de aeronaves, arrojo de volantes, luminosa, radial, con humo.4.- Inspección y Vigilancia:- combate contra incendios de bosques y campos, control de líneas de comunicaciones, líneas de energía eléctrica, niveles de agua, sistemas de riego, embalses y vertientes, vigilancia de oleoductos, gasoductos, búsqueda y salvamento, control y fijación de límites.5.- Defensa y protección de la fauna:- siembra en lagos y ríos, sanidad animal, arreo de ganado, control de alambrados, control de manadas.- 6.- Pesca:- localización de cardúmenes.
7.- Exploraciones petrolíferas, yacimientos minerales.
8.- Montaje y construcción de cimientos para torres metálicas de perforación, levantamientos y trabajos de arqueología y geología, construcción de obras hidroeléctricas, puentes y oleoductos.9.- Todas las demás actividades que se realicen mediante el empleo de aeronaves, y en general a la explotación comercial de la aeronavegación en todo el territorio de la República y en el Exterior, en todas aquellas actividades para las que fuera autorizada por los organismos gubernamentales; como asimismo la importación y exportación de aeronaves, motores, herramientas, repuestos insumos y partes.
f Servicios Técnicos:- La prestación de todo tipo de servicios técnicos y profesionales en m at eria a eroná ut ic a, ag rí cola, silvícola y agroindustrial, ya sea en forma aérea o terrestre, en especial la pulverización, fertilización, siembra, cultivo, reproducción, corte, comercialización, procesamiento, transformación, producción, suministro, distribución, almacenamiento, importación y exportación, de todo tipo de frutas, verduras, legumbres, arboles, plantas medicinales o de ornato, alimentos, semillas, abarrotes, productos comestibles, conservas, pulpas, jugos y toda clase de materias primas y mercancías relacionadas con la agricultura, silvicultura y ganadería y sus derivados.

BOLETIN OFICIAL
g Producción:- La compraventa, cría, producción y engorda de ganado bovino, vacuno, equino, porcino y caprino, su comercialización tanto en pie como en canal, la adquisición de medicamentos y hormonas para los mismos, la comercialización de leche, lácteos, pieles, menudencias, la operación de restos y frigoríficos autorizados por la ley o concesionados por autoridad competente, así como la matanza y venta de cortes finos, la exportación de sus productos y subproductos y la importación de insumos necesarios para su objeto social.
La producción de granos básicos y forrajes, alimentos balanceados, concentrados, comercialización, venta, comisión, consignación, transporte y exportación de todo tipo de alimentos así como la importación de insumos, maquinarias y equipo necesario para el objeto anterior. La reproducción, comercialización, comisión, consignación y venta de pies de cría de ganado, bovino, porcícola, caprino y cualesquier tipo de animales en general.
La prestación de servicios profesionales relacionados con el diseño, edificación y construcción de instalaciones agrícolas y ganaderas, cercas, cable-vías, sistemas de riego, empaques, cámaras de refrigeración, armadora de cajas de empaque, corrales de engorda, abrevaderos, silos, canales de riego, cargadores, aspersores, la adquisición y venta de maquinaria y equipo relacionado con el objeto.4 - Aumento del Capital social.- Se decide aumentar de su capital social, elevándolo entonces a la cantidad de Quinientos Diez Mil Pesos, debiendo entonces modificarse la cláusula Quinta del estatuto que quedará redactada de la siguiente manera:Quinta:- El capital social es de quinientos diez mil pesos, representado por cinco mil 5.100 acciones ordinarias, Clase A, nominativas no endosables, o escriturales, con derecho a un voto por cada acción y por valor de cien pesos cada una, totalmente suscriptas por los socios.- Por decisión de la Asamblea General Ordinaria el capital puede aumentarse en la forma y hasta el máximo que permite el Artículo 188 de la Ley General de Sociedades.La Asamblea podrá delegar en el Directorio, la época de emisión, forma y condiciones de pago.- Las resoluciones tanto de la Asamblea como del Directorio, en su caso, se publicarán e inscribirán.
5 - Modificación del número mínimo y máximo de Directores.- Queda modificada la cláusula Novena por la siguiente:
Novena:- La dirección y administración de la Sociedad estará a cargo de un Directorio integrado por uno a cinco titulares, pudiendo la Asamblea elegir igual o menor número de suplentes, los que se incorporarán al Directorio por el orden de su designación.- Mientras la sociedad prescinda de la sindicatura, la elección por la Asamblea de uno o más Directores Suplentes será obligatoria.- El término de su elección es de tres ejercicios.La Asamblea fijará el número de Directores así como su remuneración.- En su primera reunión, designará un presidente, pudiendo en caso de pluralidad de titulares designar un vice-presidente que suplirá al primero en caso de ausencia o impedimento, sin necesidad de justificar tales circunstancias ante terceros.La representación legal de la Sociedad corresponde al Presidente del Directorio, o al VicePresidente, en su caso.- La sociedad quedará válidamente obligada con la firma del Presidente o del Vicepresidente en su caso, ó también y en su caso, con la de dos cualesquiera de los demás Directores, utilizadas en forma conjunta Artículo 268 de la Ley Nº 19.550.- Y
6 - Reordenamiento del texto de los Estatutos originarios formulado en dicha oportunidad, procediendo a su nueva redacción.
Registro Público DIPJ - Paraná, 17 de agosto de 2018 Mariano R. Catena, abogado inspector DIPJER.
F.C. 0001-00006468 1 v./10.10.18

Paraná, miércoles 10 de octubre de 2018

SUMARIO
DECRETOS
Ministerio de Cultura y Comunicación Año 2018
447, 448, 449, 450, 451, 464, 485, 486, 487, 488, 489, 490, 491, 492, 493, 494, 502, 503, 540, 573, Ministerio de Salud 415, 416, 417, 418, 419, 420, 421, 422, 423, 424, 425, 426, 427, 428, 429
Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios 403, 404, 405, 406, 407, 467, 468, 470, 484, 504, 507, 525
RESOLUCIONES
Consejo de la Magistratura de Entre Ríos 1050
Las publicaciones de edictos, se recibirán hasta las 8.30 hs., del día anterior al de publicación, sin excepción
BOLETIN OFICIAL
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- Mar. 79. Ratificado por Ley 7504 - Por Decreto Nº 878 S.G.G. fecha 30 - Mar. 79 se instrumenta el régimen legal de las ediciones del Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos.
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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 10/10/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date10/10/2018

Page count22

Edition count4732

First edition01/12/2003

Last issue19/04/2024

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