Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 1/10/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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CONSIDERANDO:
Que mediante la misma se manifiesta la necesidad de articular las acciones vinculadas a relaciones institucionales, organización y producción de eventos, actos y ceremonias en el ámbito del citado organismo;
Que en virtud de lo expuesto, es intención del titular de este Poder Ejecutivo designar como Coordinador de Ceremonial de la referida Representación al Sr. Zoilo Cruz Martinetti, quien reúne los requisitos exigidos para el desempeño del cargo;
Que el presente se dicta en el ejercicio de las atribuciones conferidas en el Art. 174 y 175º Inc. 15 de la Constitución de la Provincia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º - Créase en el ámbito de la Representación del Gobierno de Entre Ríos en Capital Federal y con dependencia directa del titular de la misma, la Coordinación de Ceremonial, que tendrá como finalidad primaria articular las acciones vinculadas a la planificación y organización de eventos, actos y ceremonias en el ámbito del citado organismo.
Art. 2º - Establécese que para la concreción de sus fines la Coordinación de Ceremonial tendrá las siguientes competencias:
Programación y planificación de la agenda protocolar en el ámbito de la Representación del Gobierno de Entre Ríos en Capital Federal.
Asesorar, organizar y dirigir los actos. ceremonias y/o visitas a la que asista el titular de la Representación del Gobierno de Entre Ríos en Capital Federal.
Asesorar en materia de organización de actos protocolares a organismos con los que la referida Representación realice actos en forma conjunta.
Toda otra razonablemente implícita en las primeras en pos del cumplimiento de los objetivos propuestos.
Art. 3º - Desígnase Coordinador de Ceremonial al Sr. Zoilo Cruz Martinetti M.I. N
24.245.333. con una remuneración equivalente al Nivel 40 del Personal Fuera del Escalafón contemplado en la Ley N 8620.
Art. 4º - Autorízase a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación y a la Oficina Provincial de Presupuesto a realizar en caso de ser necesario en forma conjunta las adecuaciones presupuestarias correspondientes a fin de instrumentar lo dispuesto en el presente texto legal.
Art. 5º - El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Secretario General de la Gobernación a cargo del Ministerio de Cultura y Comunicación, conforme autorización conferida por Decreto Nº 592/16 GOB.
Art. 6º - Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Edgardo D. Kueider
DECRETO Nº 390 GOB
CREANDO COORDINACION
Paraná, 16 de marzo de 2018
VISTO:
La gestión iniciada por la Coordinación de Interacción Municipal; y CONSIDERANDO:
Que dicha coordinación desarrolla acciones tendientes a optimizar y dinamizar las relaciones con los municipios, realizando un constante seguimiento de las estrategias, prácticas y procedimientos adoptados a efectos de propender al mejoramiento de las gestiones con los mismos;
Que atento a ello, se plantea la necesidad de propiciar el fortalecimiento y la articulación institucional de los distintos municipios que conforman el Departamento Villaguay;
Que en virtud de lo expuesto, es intención del titular de este Poder Ejecutivo designar como Coordinador del referido Departamento al Sr.
Martín Gabriel Carruego, quien reúne los requisitos exigidos para el desempeño del cargo;

BOLETIN OFICIAL
Que el presente se dicta en el ejercicio de las atribuciones conferidas en el Art. 174 y 175
Inc. 15 de la Constitución de la Provincia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º - Créase en el ámbito de la Coordinación de Interacción Municipal y con dependencia directa de la misma, la Coordinación del Departamento Villaguay, que tendrá como finalidad primaria articular las acciones tendientes al fortalecimiento de las relaciones institucionales con los municipios que conforman el citado Departamento.
Art. 2º - Establécese que para la concreción de sus fines la Coordinación del Departamento Villaguay tendrá las siguientes competencias:
Propiciar objetivos comunes al Departamento Villaguay, contribuyendo en el diseño e implementación de programas que permitan un abordaje integrado de problemáticas propias de la zona.
Asistir en la convocatoria y coordinación de espacios interinstitucionales con participación de los diferentes municipios.
Concertar, a requerimiento del Sr. Coordinación de Interacción Municipal, la realización de reuniones de trabajo para fomentar el vínculo entre los distintos municipios y juntas de gobierno.
Toda otra razonablemente implícita en las primeras, en pos del cumplimiento de los objetivos propuestos.
Art. 3º - Desígnase, Coordinador del Departamento Villaguay, al Sr. Martín Gabriel Carruego, MI N 23.088.305, con una remuneración equivalente al Nivel 41 del Personal Fuera del Escalafón contemplado en la Ley N 8620.
Art. 4º - Autorízase a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación y a la Oficina Provincial de Presupuesto a realizar en caso de ser necesario, en forma conjunta las adecuaciones presupuestarias correspondientes a fin de instrumentar lo dispuesto en el presente texto legal.
Art. 5º - El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Secretario General de la Gobernación a cargo del Ministerio de Cultura y Comunicación, conforme autorización conferida por Decreto Nº 592/16 GOB.
Art. 6º - Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Edgardo D. Kueider
DECRETO Nº 391 GOB
CREANDO COORDINACION
Paraná, 16 de marzo de 2018
VISTO:
La gestión iniciada por la Coordinación de Interacción Municipal; y CONSIDERANDO:
Que mediante la misma se plantea la necesidad de afianzar el trabajo mancomunado fomentado desde dicha Coordinación, propiciando el fortalecimiento y la articulación institucional de los distintos municipios de la costa del Río Paraná;
Que en virtud de lo expuesto, es intención del titular de este Poder Ejecutivo designar como Coordinador de la Costa del Río Paraná al Dr.
Maximiliano Alejandro Navarro, quien reúne los requisitos exigidos para el desempeño del cargo;
Que el presente se dicta en el ejercicio de las atribuciones conferidas en el Art. 174 y 175
Inc. 15 de la Constitución de la Provincia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º - Créase en el ámbito de la Coordinación de Interacción Municipal y con dependencia directa de la misma, la Coordinación de la Costa del Río Paraná, que tendrá como finalidad primaria articular las acciones tendientes al fortalecimiento de las relaciones institucionales con los municipios que conforman el citado Departamento.

Paraná, lunes 1 de octubre de 2018
Art. 2º - Establécese que para la concreción de sus fines la Coordinación de la Costa del Río Paraná, tendrá las siguientes competencias:
Propiciar el diseño y desarrollo de propuestas y/o proyectos que sean planteados en el ámbito de la Coordinación de Interacción Municipal, que impliquen relaciones institucionales con otras áreas y organismos públicos de los departamentos que conforman la Costa del Paraná.
Asistir en la convocatoria y coordinación de espacios interinstitucionales con participación de los diferentes municipios.
Concertar, a requerimiento del Sr. Coordinación de Interacción Municipal, la realización de reuniones de trabajo para fomentar el vínculo entre los distintos municipios y juntas de gobierno.
Toda otra razonablemente implícita en las primeras, en pos del cumplimiento de los objetivos propuestos.
Art. 3º - Desígnase, Coordinador de la Costa del Paraná, al Dr. Maximiliano Alejandro Navarro, MI N 23.504.563, con una remuneración equivalente al Nivel 41 del Personal Fuera del Escalafón contemplado en la Ley N 8620.
Art. 4º - Autorízase a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación y a la Oficina Provincial de Presupuesto a realizar en caso de ser necesario, en forma conjunta las adecuaciones presupuestarias correspondientes a fin de instrumentar lo dispuesto en el presente texto legal.
Art. 5º - El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Secretario General de la Gobernación a cargo del Ministerio de Cultura y Comunicación, conforme autorización conferida por Decreto Nº 592/16 GOB.
Art. 6º - Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Edgardo D. Kueider
DECRETO Nº 392 GOB
CREANDO COORDINACION
Paraná, 16 de marzo de 2018
VISTO:
El Decreto N 3593/17 GOB; y CONSIDERANDO:
Que mediante los artículos 10y 12del acto administrativo mencionado se reubicó a la Dirección General de Informática y a la Secretaría de Telecomunicaciones con el rango de Subsecretaría, en la Secretaría de Modernización de Modernización del Estado, Ciencia y Tecnología;
Que por el Art. 11 del citado texto legal se suprimió la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación creada por Decreto N 73/15
GOB, disponiendo que el personal y presupuesto asignado a la misma sean absorbidos por la Secretaría de Modernización del Estado, Ciencia y Tecnología;
Que la Secretaría en cuestión como así también sus reparticiones dependientes, para la concreción de sus fines, desarrolla un cúmulo de gestiones las cuales ameritan a efectos de dinamizar y tramitar las mismas de conformidad a las disposiciones legales vigentes, la creación de una coordinación a fin de articular, asesorar y producir los informes técnicos pertinentes en materia legal;
Que en virtud de lo expuesto, es intención del titular de este Poder Ejecutivo designar en dicho cargo al Dr. Fernando Andrés Quinodoz, quien reúne los requisitos exigidos para el desempeño del mismo;
Que el presente se dicta en el ejercicio de las atribuciones conferidas en el Art. 174 y 175
Inc. 15 de la Constitución de la Provincia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º - Créase en el ámbito de la Secretaría de Modernización del Estado, Ciencia y Tecnología, y con dependencia directa de la misma,

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 1/10/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date01/10/2018

Page count28

Edition count4732

First edition01/12/2003

Last issue19/04/2024

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