Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 22/8/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, viernes 22 de agosto de 2014

BOLETIN OFICIAL

diario El Sol, de la ciudad de Concordia ER
Arts. 669 Incs. 2º y 3º, 472, 474, 329 y 132
Inc. 1º del Código citado Fdo. Dra. Mónica Liliana Olivi, Jueza subrogante Civil y Comercial Nº 2.
Chajarí, 23 de junio de 2014 Silvia Flores, secretaria supl.
F.C.S. 00102750 2 v./22.8.14

R. DEL TALA
El Sr. Juez Dr. Mariano L. Velasco de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de R. del Tala ER, Secretaría de la Dra. M. Cecilia De Constancio, interina, en autos Smail Jorge Mohamed c/ Casanovas Galeano y/u otros s/
Usucapión, 6785 llama y emplaza por el término de quince 15 días bajo apercibimiento de designar defensor oficial, a quienes se consideren con derecho sobre el siguiente inmueble, sito en la manzana 322 de esta ciudad de R. del Tala, con frente a calle Rocamora y a las calles Cepeda, Rozados y Santa Fe, plano N
13104, superficie total 17.291,20 m2., con los siguientes límites y linderos:
NORTE: recta 1-2 S 8225 E de 137,60 m., lindando con calle Rocamora.
ESTE: recta 2-3 S 7 13 O de 125,40 m., lindando con calle Cepeda.
SUR: recta 3-4 N 82 20 O de 138,40 m., lindando con calle Dr. E. Rozados.
OESTE: recta 4-1 N 7 36 E de 125,20 m., lindando con calle Santa Fe.
Resolución que así lo ordena: R. del Tala, 3
de julio de 2014 Téngase por promovido juicio de usucapión de parte de Jorge Mohamed Smail contra Francisco Octavio Casanovas Galeano, Emma Mendiburo, Celso Casanovas, Aníbal Casanovas, Raquel Casanovas, Alberto Casanovas y contra sus herederos y/o sucesores y/o contra quien se considere con derecho sobre el inmueble a usucapir, al que se le imprime trámite ordinario.
De la demanda instaurada córrase traslado con los alcances Art. 325 y 342 CPCC, mediante edicto a publicarse durante dos días en el Boletín Oficial y periódico local bisemanario Epoca, citándolos y emplazándolos para que comparezcan a estar a derecho y contestarla en el término de quince días, bajo los apercibimientos de ley.
Por cumplimentado recaudo Art. 142 CPCC.
Dar intervención a la Municipalidad de Rosario del Tala, mediante cédula y con entrega de copias del informe de dominio, ficha para transferencia y plano de mensura y escrito de demanda, haciéndole saber que la notificación importa, en caso de existir interés fiscal comprometido, el traslado de la demanda para que comparezca y la conteste dentro del plazo de quince días.
Por ofrecida prueba y documental acompañada, téngase presente. Exímese a la parte de acompañar las copias para el traslado, en razón de lo previsto en el Art. 118 del CPCC, debiendo permanecer el expediente en Secretaría para ser analizado por los interesados, con lo que queda obviado todo inconveniente derivado de la falta de copias. A lo demás oportunamente Fdo. Dr. Mariano L. Velasco, Juez Civil y Comercial.
R. del Tala, 28 de julio de 2014 M. Cecilia De Constancio, secretaria int.
F.C.S. 00102754 2 v./22.8.14

QUIEBRA
NUEVA

11

1243, en fecha 12.8.2014, se ha declarado la quiebra directa de RAMON OSCAR DIAZ, DNI
21.839.299, CUIL 20-21839299-8, argentino, de estado civil divorciado, con domicilio real en calle Junin N 766, de la ciudad de Paraná, Dpto. Paraná, Provincia de Entre Ríos, la cual tramitará conforme los Art. 288 y 289 de la LCQ
y se ha dispuesto que los acreedores podrán presentar sus pedidos de verificación ante la sindicatura, Cr. Salvador Vitali, con domicilio constituido en calle Córdoba N 132, de esta ciudad, quien atenderá los días lunes a viernes de 8 a 12 horas y los días jueves de 17.30 a 19.30 horas días hábiles judiciales hasta el día 1.10.2014 inclusive.
Se han fijado los días 14.11.2014 y 4.2.2015
para que el síndico presente, respectivamente, los informes previstos en los Arts. 35 y 39 de la Ley 24.522, por remisión del Art. 200 LCQ.
Se ordena al fallido y a terceros, que entreguen al síndico todos los bienes y documentación de aquel, bajo las penas y responsabilidades de ley.
Se intima al fallido para que cumpla con los requisitos a los que refiere el Art. 86 de la LCQ
y entregue al síndico dentro de las veinticuatro 24 horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad, Art. 88 Inc. 4 y Art. 14 Inc. 5 LCQ y cumplimentar con lo dispuesto en el Art. 86 de la LCQ. Se prohibe hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces.
DEJO CONSTANCIA que el edicto que antecede deberá publicarse por cinco 5 días en el Boletín Oficial y El Diario, de Paraná, sin necesidad de previo pago y sin perjuicio de asignarse los fondos necesarios para oblar el costo de publicación, cuando los hubiere Art.
89 Ley 24.522.
Paraná, 19 de agosto de 2014 Elda B.
Osman, secretaria.
F. 00015335 5 v./27.8.14

SENTENCIAS

NOTIFICACION

NUEVAS
NUEVA

PARANA
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6, de la ciudad de Paraná, a cargo de la Dra. Silvina A. Rufanacht, Secretaría Nº 6 de la Dra. Silvina Magadalena Lanzi, sito en la ciudad de Paraná, Pcia. de Entre Ríos, en los autos caratulados Balla, Sergio R.R. c/ Zaragoza, Ramiro y otro s/ Sumario Cobro de pesos, Expte. Nº 0242, procede a notificar la Sentencia dictada en fecha 30/12/1996, obrante a fs. 27/33.Se transcribe la resolución que lo ordena, la que en su parte pertinente dice: Paraná, 30 de diciembre de 1996.- Y Vistos: Los autos de referencia venidos a despacho para dictado de sentencia, de los que resulta: Fallo: 1- Haciendo lugar a la demanda deducida por el actor Sergio Raúl Ramón Balla, contra los demandados Ramiro Zaragoza y La Z Import y, en consecuencia, condenando a estos últimos para que en el término de diez 10 días de notificada la presente abonen al actor la suma de pesos siete mil setecientos cinco con diecisiete $ 7.705,17 con los intereses detallados en los considerandos. 2- Costas a la parte demandada Art. 65 CPCC. 3- Difiriendo la regulación de honorarios hasta tanto se practique liquidación en el juicio. Regístrese, notifíquese. Fdo.: Dra. Ana María Stagnaro, Juez.
Paraná, 15 de agosto de 2014 Silvina M.
Lanzi, secretaria.
F.C.S. 00102768 1 v./22.8.14

PARANA
La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 9, Concursos y Quiebras, Dra. María Gabriela Tepsich, Secretaría N 2, a cargo de la Dra. Elda Beatriz Osman, sito en calle Santiago del Estero N 382, de la ciudad de Paraná, comunica por cinco 5 días que en los autos caratulados Díaz Ramón Oscar s/ Pedido de quiebra promovido por deudor s/ Quiebra, Expte. N

fin de poner en su conocimiento la parte pertinente de la sentencia recaída en la mencionada causa en 27.5.2014, que dice:
SENTENCIA: 1º Declarar en base a los términos y alcances del juicio abreviado celebrado y demás constancias de autos que JUAN
RAMON RUEDA, sin apodos, quien se encuentra viviendo en Lucas González junto a su novia Adriana Palacios, siendo que su madre se domicilia en calle Córdoba, casa Nº 4, de la ciudad de Mansilla, DNI Nº 33.776.542, soltero, que trabaja en la Municipalidad de Lucas González, en el tema de poda de árboles, de 25 años de edad, nacido en Lucas González, del Dpto. Nogoyá, en 7.10.1988, hijo de Juan José Rueda fdo y de Mirta Liliana Dalibón, identificado bajo prontuario policial en Jefatura de Policía Departamental de esta ciudad de Gualeguay ER, bajo el Nº 66722, Sección I.G., es responsable como autor material del delito de abuso sexual gravemente ultrajante, que se le atribuyó haber cometido en las circunstancias de tiempo, modo y lugar precedentemente deslindadas y en perjuicio de la menor víctima de autos y en consecuencia condenarlo a la pena de prisión de cuatro años de cumplimiento efectivo, accesorias y costas Arts. 5, 12, 40, 41, 45, 55, 119 párr. 2º, del CP
y 547, 548 del CPP, la que deberá cumplir en la Unidad Penal Nº 7, de esta ciudad una vez que aquella adquiera firmeza oportunidad en que será también puesto a disposición del Juzgado de Ejecución de la ciudad de Paraná.
2 3 4 5 6 Regístrese
Fdo. Darío E. Crespo, presidente de causa; R.
Javier Cadenas, vocal; Ma. Angélica Pivas, vocal, Florencia Bascoy, secretaria interina.
Gualeguay, 13 de agosto de 2014 Florencia Bascoy, secretaria int.
11922 3 v./22.8.14

SENTENCIA
ANTERIOR

GUALEGUAY
Hago saber que en causa Nº 4706/13, Rueda Juan Ramón Abuso sexual gravemente ultrajante, se ha dispuesto librar el presente a
GUALEGUAY
Hago saber que en los autos caratulados Romero David Omar y Medina Jonathan Leonardo Robo calificado por el uso de arma en grado de tentativa y otros, Nº 4470/11 y su acumulada caratulada Coronel Martín Eduardo y otros Robo calificado por escalamiento agrav ado po r intervención de menor, N º 4597/12, en trámite por ante este Tribunal de Juicio y Apelaciones de la Provincia de Entre Ríos, con sede en la ciudad de Gualeguay, se ha dispuesto librar el presente a fin de poner en su conocimiento la parte pertinente de la sentencia recaída en la mencionada causa en fecha 4.6.2013, que dice:
En la ciudad de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, República Argentina, a los cuatro días del mes de junio del año dos mil trece.
SENTENCIA: 1º Declarar que JONATHAN
LEONARDO MEDINA, apodado Nicael, domiciliado realmente en la ciudad de la ciudad de Campana, en Barrio San Felipe, calle Laprida Nº 1484, soltero, DNI Nº 36.750.534, empleado, 20 años, nacido en Campana, Provincia de Buenos Aires, en fecha 9.8.89, hijo de Roberto Ismael Medina y Hortensia Sánchez, es responsable como coautor material de los delitos de disparo de arma de fuego en concurso real con robo agravado por el uso de armas de fuego cuya aptitud para el disparo no puede tenerse de ningún modo por acreditada causa Nº 4470/11, Arts. 40, 41, 45, 55, 104, párrafo primero y 166 Inc. 2º, párrafo final del C. Penal y en consecuencia condenarlo a la pena de cuatro años y dos meses de prisión de cumplimiento efectivo con más las accesorias legales, previstas en el Art. 12 del Código Penal, por los dos hechos cometidos en las circunstancias de tiempo, modo y lugar consignadas en la imputación de fs. 701/724 y vta., en esta ciudad en fechas 21.10.09 y 26.8.09, respectivamente, remitiendo a los fundamentos expuestos en los considerandos precedentes y

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 22/8/2014

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date22/08/2014

Page count16

Edition count4753

First edition01/12/2003

Last issue21/05/2024

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