Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 26/11/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes

Nº 28.189
denominada COVID-19 y Derechos Humanos: Los problemas y desafíos deben ser abordados con perspectivas de derechos humanos y respetando las obligaciones internacionales, en cuanto a la consideración de que las medidas que puedan afectar o restringir el goce y ejercicio de los derechos deben ser limitadas temporalmente, legales, ajustadas a los objetivos denidos conforme a criterios cientícos, razonables, estrictamente necesarias y proporcionales y acordes con los demás requisitos desarrollados en el derecho interamericano de los derechos humanos.
Que el Decreto N 297/2020 y sus prórrogas, se dictaron con el n de contener y mitigar la propagación de la epidemia de COVID-19 y con su aplicación se pretende preservar la salud pública, adoptándose en tal sentido medidas proporcionadas a la amenaza que se enfrenta, en forma sectorizada, razonable y temporaria. La restricción parcial y temporaria a la libertad ambulatoria tiende a la preservación del derecho colectivo a la salud pública y del derecho subjetivo a la vida.
Que por la Ley N 6.528 se declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio de la provincia de Corrientes por la situación epidemiológica de amenaza de instalación de casos de Coronavirus COVID-19 por el plazo de ciento ochenta 180 días, y hasta tanto se declaren superadas las situaciones que dan origen a dicha emergencia. Asimismo, el Gobernador de la Provincia adhirió a las medidas excepcionales establecidas por el DNU Nº 297/2020 y a los sucesivos decretos de prórroga, mediante los decretos provinciales Nros.: 588/2020, 631/2020, 650/2020, 697/2020, 710/2020, 740/2020, 790/2020, 880/2020, 1.087/2020, 1.188/2020, 1.340/2020, 1.430/2020, 1.554/2020, 1.755/2020, 1.923/2020, 2.006/2020 y 2.143/2020.
Que, teniendo en cuenta las evidencias de los guarismos c o n s i d e r a d o s, e l a n á l i s i s d e l o s i n d i c a d o re s epidemiológicos de todas las zonas del país, y la consulta efectuada a los expertos en la materia, el diálogo mantenido con los Gobernadores de provincias, se mantiene la conclusión de que siguen conviviendo distintas realidades que deben ser abordadas de forma diferente en materia epidemiológica. En este sentido, sigue resultando imprescindible realizar una diferenciación entre las zonas en donde se observa transmisión comunitaria extendida del virus, zonas con conglomerados y casos esporádicos sin nexo y las que presentan brotes o conglomerados pequeños controlados.
Que es importante evaluar la velocidad de aumento de casos y de la detección temprana de casos sin nexo, lo que puede indicar circulación no detectada. Asimismo, es fundamental el monitoreo permanente de la capacidad de respuesta del sistema de atención de la salud en cada jurisdicción.
Que, principalmente en esta etapa de la evolución de la pandemia, los indicadores epidemiológicos no son las únicas variables que corresponde que sean evaluadas a la hora de tomar las medidas hacia el futuro, toda vez que
CORRIENTES, 26 DE NOVIEMBRE DE 2020

pesan fac tores locales, culturales, sociales y conductuales que inuyen en forma determinante en este proceso.
Que cualquier decisión debe contemplar no solo tales circunstancias sino también la situación epidemiológica global: las tendencias que describen las variables estratégicas, especialmente la mirada dinámica de la pandemia a par tir de la evolución de casos y fallecimientos, la razón del incremento de casos asociada a los valores absolutos, el tipo de transmisión, la respuesta activa del sistema para la búsqueda de contactos estrechos, todo ello asociado a la capacidad de respuesta del sistema de atención de la salud en relación con la ocupación de las camas críticas de terapia intensiva.
Que para analizar y decidir las medidas necesarias resulta relevante la evaluación que realizan de la situación epidemiológica y sanitaria las autoridades provinciales y locales con el asesoramiento permanente de las áreas de salud respectivas.
Que el diferente impacto en la dinámica de transmisión del virus producido en la República Argentina, en atención a lo ya señalado y especícamente debido a su diversidad geográca, socio-económica y demográca, obliga al Estado Nacional a adoptar decisiones en función de cada realidad. Por lo que se establece que en función de los parámetros denidos se puede transitar entre ASPO y DISPO, según la situación particular de cada aglomerado urbano, departamento o partido, y que el momento en que se debe avanzar o retroceder no depende de plazos medidos en tiempo sino de la situación epidemiológica que se verique en función de parámetros objetivos.
Que por el Decreto 2.271/2020 el Gobernador de la Provincia estableció que los municipios de: Corrientes, Paso de Los Libres y Bella Vista Corrientes pasen a la Fase 3 de la administración del aislamiento preventivo y obligatorio, determinada por el Ministerio de Salud de la Nación, en los términos del DNU N 408/2020 del PEN.
Asimismo, otorgó en la jurisdicción de Corrientes capital, asueto administrativo al personal de la Administración pública provincial, tanto centralizada como descentralizada y entes autárquicos, desde el día 13 y hasta el día 22 de noviembre de 2020, con excepción de las áreas que prestan servicio de seguridad, salud y el Instituto de Cardiología de Corrientes.
Que según el Comité de Crisis de la Provincia, las medidas adoptadas tuvieron la ecacia esperada y la evolución de los casos se dio dentro de los parámetros calculados. En consecuencia, el Gobernador de la Provincia considera, en base a estos informes, conveniente que los municipios de: Corrientes, Paso de Los Libres y Bella Vista Corrientes continúen en la Fase 3
de la administración del aislamiento preventivo y obligatorio, determinada por el Ministerio de Salud de la Nación, en los términos del DNU N 408/2020 del PEN, y dictar, asimismo, las siguientes medidas: asueto para la Administración pública provincial con guardias esenciales, hasta el día 29 de noviembre de 2020

PAG. Nº 3

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Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 26/11/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Corrientes

CountryArgentina

Date26/11/2020

Page count18

Edition count316

First edition09/11/2020

Last issue07/08/2023

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