Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 22/11/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Viernes 22 de Noviembre de 2019

BOLETIN OFICIAL

interviniente dispondrá la celebración de una audiencia a los fines previstos en los artículos 36 inciso 2
apartado a y 564 del Código Procesal Civil y Comercial.
Artículo 4.- Mecanismos de cumplimiento. Las sentencias condenatorias a pagar sumas de dinero, o que se resuelva con el pago de sumas de dinero, pronunciadas contra el Estado Provincial serán cumplidas, en la medida de la existencia de recursos disponibles, al año desde la notificación de la liquidación aprobada judicialmente, mediante:
a El pago en dinero hasta el límite impuesto por el agotamiento de los recursos presupuestarios destinados al efecto. Para ello el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía y Crédito Público, dispondrá de una partida denominada Pago de sentencias judiciales de emergencia por un total de PESOS CUARENTA
MILLONES $ 40.000.000 millones, debiendo la reglamentación establecer el correspondiente orden de preferencia en el pago, previa vista vinculante del Fiscal de Estado.
b La emisión de certificados de deuda.
Los beneficiarios serán satisfechos en sus créditos, en la medida de las disponibilidades existentes. En caso de sentencias condenatorias que no puedan ser cumplidas en el plazo establecido precedentemente, deberá realizarse su previsión presupuestaria para el ejercicio presupuestario siguiente, correspondiendo su pago al año desde la fecha en que debía ser cumplida, y en la medida de las disponibilidades existentes.Artículo 5.- Incumplimiento. El incumplimiento por parte del juez de lo establecido por los incisos a y b del artículo 3 o, configurara causal de falta en los términos de la Ley de Enjuiciamiento de Magistrados.
Artículo 6.- Regístrese, comuníquese a la Honorable Legislatura, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.
Esc. MARIANO E. ARCIONI
Ing. Ind. MARIANA VEGA
Dr. ANDRÉS MATÍAS MEISZNER
NÉSTOR RAÚL GARCÍA
Ing. MARTÍN CERDÁ
Dra. GISEL X. AVENDAÑO SANCHA
Lic. OSCAR ABEL ANTONENA
Lic. LEANDRO JOSÉ CAVACO
EDUARDO ARZANI
Dr. PURATICH FABIÁN
Dra. VALERIA ELENA SAUNDERS
Arq. GUSTAVO AGUILERA

DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. Nº 1192

28-10-19

Artículo 1.- Transferir a partir de la fecha del presente Decreto, a la Secretaría General de Seguridad y Justicia del Ministerio de Coordinación de Gabinete, a los agentes pertenecientes a la Dirección General de
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Acceso a la Justicia, a la Agencia Provincial de Seguridad Vial y a la Subsecretaría de Seguridad Informática e Inteligencia Criminal y sus dependencias; Dirección General de Políticas Penitenciarias y Reinserción Social y Dirección General Prevención del Delito, que dependían del Ministerio de Gobierno, de acuerdo al Anexo I, que forma parte integrante del presente Decreto.Artículo 2.- Dejar sin efecto, a partir de la fecha del presente Decreto, las incorporaciones a la Planta Transitoria de los agentes que pertenecían al Ministerio de Gobierno, que se detallan en el Anexo II, que forma parte integrante del presente Decreto.Artículo 3.- Incorporar a partir de la fecha del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2019, en la Secretaría General de Seguridad y Justicia del Ministerio de Coordinación de Gabinete, a los agentes pertenecientes a la Planta Transitoria, cumpliendo las funciones y en las dependencias que se detallan en el Anexo III, que forma parte integrante del presente Decreto.Artículo 4.- Dejar sin efecto, a partir de la fecha del presente Decreto, las mensualizaciones de los agentes que pertenecían al Ministerio de Gobierno, en los cargos que se detallan en el Anexo IV, que forma parte integrante del Presente Decreto.Artículo 5.- Mensualizar, a partir de la fecha del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2019, en la Secretaría General de Seguridad y Justicia del Ministerio de Coordinación de Gabinete, en los cargos y dependencias que se mencionan, a los agentes detallados en el Anexo V, que forma parte integrante del Presente Decreto.Artículo 6.- Dejar sin efecto a partir de la fecha del presente Decreto, las designaciones en los cargos que en cada caso se mencionan, del Personal Jerárquico, Fuera de Nivel y Autoridades Superiores, en el Ministerio de Gobierno, que se detalla en el Anexo VI que forman parte integrante del presente Decreto.Artículo 7.- Designar a partir de la fecha del presente Decreto, al Personal Jerárquico, Fuera de Nivel y Autoridades Superiores, en el Ministerio de Coordinación de Gabinete, que se detalla en el Anexo VIl que forman parte integrante del presente Decreto, en los cargos que en cada caso se mencionan.Artículo 8.- Los Servicios Administrativos de ambos Organismos, deberán adecuar las partidas presupuestarias que correspondan para el correcto funcionamiento.Artículo 9.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la Jurisdicción 10
- Ministerio de Coordinación de Gabinete - S.A.F 09 Secretaría de Seguridad y Justicia - Programa 5 - Conducción Subsecretaría de Seguridad y Justicia - Actividad 1 - Conducción Subsecretaría de Seguridad y Justicia -Programa 32 - Conducción de Coordinación y Control de Gestión - Actividad 1 -Conducción Seguridad Vial - Actividad 2 - Plan Seguridad Vial - Programa 33 - Justicia Social - Actividad 1 - Conducción Justicia Social Actividad 2 - Fondo para Compensación de Victimas Ley I N 284 - Actividad 3 - Políticas Penitenciarias y Reinserción Social - Programa 36 Conducción Política Estratégicas en Prevención al Delito - Actividad 1 - Conducción Política Estratégicas en Prevención al Delito.-

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 22/11/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

CountryArgentina

Date22/11/2019

Page count35

Edition count4335

First edition07/01/2004

Last issue26/04/2024

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