Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 25/2/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Almería

B.O.P. de Almería - Número 38
Martes, 25 de febrero de 2020
Pág. 2


ADMINISTRACIÓN LOCAL
595/20

AYUNTAMIENTO DE CASTRO DE FILABRES
EDICTO
APROBACIÓN DEFINITIVA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE VERTIDOS A LA RED DE ALCANTARILLADO EN
EL TÉRMINO MUNICIPAL DE CASTRO DE FILABRES
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de doce de febrero de 2019 inicial aprobatorio de la ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE
VERTIDOS A LA RED DE ALCANTARILLADO EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE CASTRO DE FILABRES, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Directiva 91/271/CE, de 21 de mayo, modificada por la 98/15/CEE de 27 de febrero, relativas al tratamiento de las aguas residuales urbanas, señala la necesidad de que los vertidos de aguas residuales industriales que sean incorporados al sistema de saneamiento y depuración de aguas residuales urbanas, sufran un tratamiento previo para garantizar, principalmente, que no tengan efectos nocivos sobre las personas y el medio ambiente, y que no deterioren la infraestructura de saneamiento y depuración.
La Directiva 2000/60/CE de 23 de octubre, para la protección de las aguas: la Directiva 2004/35/CE de 21 de abril de 2004, sobre responsabilidad medioambiental en relación con la prevención y reparación de daños medioambientales: la Directiva 2008/99/CE de 19 de noviembre, relativa a la protección del medio ambiente mediante el Derecho Penal: la Ley 26/2007 de 23 de octubre, de responsabilidad medioambiental y la Ley de la Junta de Andalucía 7/2007 de 9 de julio, de gestión integrada de la calidad ambiental tienen por objeto el establecer un marco de protección del medio ambiente y de las aguas, recogiendo medidas específicas de reducción de los vertidos.
La Ley de aguas de Andalucía 9/2010 de 30 de julio, viene a desarrollar el artículo 197.3 Estatuto de Autonomía de Andalucía, en el que se establece que los poderes públicos de Andalucía protegerán el ciclo integral del agua y promoverán su uso sostenible, eficiente y responsable de acuerdo con el interés general.
Esta Ordenanza, que se fundamenta en estas Directivas y toma como referencia el texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, el Reglamento del Dominio Público Hidráulico R.D. 849/1986 que la desarrolla y el Real Decreto 606/2003 que modifica a este último y que traspone la Directiva Marco del Agua 2000/60/CE a la legislación española, se enmarca, en lo que a asignación de competencias se refiere, en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, que en su artículo 25 establece que los municipios ejercerán, en todo caso y de acuerdo con la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, competencias en materia de alcantarillado y tratamiento de aguas residuales.
El Excmo. Ayuntamiento de Castro de Filabres realiza el servicio de Evacuación y Depuración de las Aguas Residuales y Pluviales. Corresponde, por tanto, al Ayuntamiento el control y gestión del saneamiento integral del municipio de Castro de Filabres, la gestión de los vertidos de aguas residuales a las redes públicas de alcantarillado, el transporte de aquellas a las estaciones depuradoras, su depuración y el vertido a los cauces públicos en las condiciones exigidas por la legislación vigente y en el ámbito de sus competencias.
La Ordenanza que se presenta trata de conseguir que los vertidos de los usuarios a la red de saneamiento no impidan o entorpezcan el correcto funcionamiento de ésta y de las instalaciones de depuración, considerando, eso sí, que las cargas económicas derivadas de la explotación del sistema sean soportadas en razón directa a los caudales vertidos y a la toxicidad, agresividad y concentración de sus contaminantes.
La presente Ordenanza se estructura en 7 Capítulos referidos a los siguientes temas: El Primero Disposiciones generales; El Segundo, Normas de vertidos; El Tercero, Requisitos y autorización de los vertidos; El Cuarto, Muestreo y análisis; El Quinto, Inspección Técnica; El Sexto, Infracciones y sanciones; y el Séptimo, Depuración de las aguas; y se completa con una Disposición Transitoria y dos Anexos.
TITULO I.
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto.
Esta Ordenanza tiene como objeto la regulación de las condiciones a las que deberán adecuarse los vertidos de aguas residuales procedentes de las instalaciones domésticas, urbanas e industriales que se efectúen a la red municipal de saneamiento del Ayuntamiento de Tabernas, con el propósito de proteger los recursos hidráulicos, preservar el medio ambiente, velar por la


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ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE VERTIDOS A LA RED DE ALCANTARILLADO
EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE CASTRO DE FILABRES

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Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 25/2/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Almería

CountrySpain

Date25/02/2020

Page count52

Edition count6209

First edition26/04/1999

Last issue03/05/2024

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