Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 28/11/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 5829

CUARTA - Obligaciones de LAS PARTES.
A los fines de llevar a cabo en forma integral y en los plazos que se estipulan la 2 PP CENSO POBLACIÓN 2020, LAS PARTES se comprometen a cumplir las obligaciones que a continuación se especifican, las que se integran con las estipuladas en el Anexo N 2 que forma parte del presente.
4.1.-Obligaciones a cargo del INDEC.
a Financiar los gastos que demande el cumplimiento del presente Convenio hasta un monto de PESOS CUATROCIENTOS VEINTIDÓS MIL
SETECIENTOS TREINTA $422.730.-. El importe será abonado dentro de los TREINTA 30 días de la firma del presente Convenio. En todos los casos, los pagos serán efectuados por el INDEC de acuerdo a las disponibilidades presupuestarias con que cuente, sin que la falta de presupuesto suficiente o su inexistencia faculte a la DIRECCIÓN a formular al INDEC
ni al Estado Nacional reclamo de ninguna naturaleza. En ningún caso, la DIRECCIÓN asumirá obligación alguna que exceda el presupuesto previsto, ni el INDEC asume un compromiso de otorgar financiamiento por un monto superior al indicado.
b Elaborar la metodología que incluye los contenidos temáticos, las definiciones, el diseño de los cuestionarios, de los manuales de instrucción, el diseño muestral y el sistema de procesamiento.
c Prestar asesoramiento a la DIRECCIÓN en las distintas etapas del cronograma de trabajo, facilitando para ello y cuando sea necesario, la concurrencia de representantes de su equipo técnico, lo que deberá ser coordinado con la antelación suficiente.
d Diseñar e impartir las instrucciones metodológicas que preserven la homogeneidad del operativo.
e Formular y ejecutar el programa de capacitación destinado al personal de la DIRECCIÓN que se desempeñará en la 2 PP CENSO POBLACIÓN 2020.
f Supervisar, evaluar y auditar la implementación y el desarrollo de las distintas etapas de la 2 PP CENSO POBLACIÓN 2020.g Realizar el diseño, desarrollo y mantenimiento del sistema de gestión informático del operativo.
h Proveer los cuestionarios, planillas operativas y manuales de instrucción en archivos pdf que se utilizarán en la 2 PP CENSO POBLACIÓN 2020, así como también las credenciales, y toda la demás documentación necesaria para el desarrollo del operativo.
i Cubrir, a través del Correo Argentino, toda la logística del operativo en lo que se refiere al envío y repliegue de los cuestionarios, planillas y el resto de los materiales censales.
j Realizar el análisis y la explotación de los resultados de la 2 PP
CENSO POBLACIÓN 2020.4.2.- Obligaciones a cargo de la DIRECCIÓN.
a Asignar los recursos humanos con la dedicación necesaria para el eficaz cumplimiento del objeto del presente Convenio, contratando por su cuenta y a su exclusivo cargo, a las personas físicas que afectará específicamente para el cumplimiento de las tareas constitutivas del objeto de este Convenio, siguiendo estrictamente las indicaciones proporcionadas por el INDEC en cuanto a perfiles, convocatoria, selección e incorporación.
b Seleccionar y contratar y/o afectar al personal de relevamiento y todo otro personal que se requiera para realizar las tareas del operativo censal de la 2º PP CENSO DE POBLACIÓN 2020, de acuerdo a los perfiles establecidos por el INDEC. A estos efectos la DIRECCIÓN podrá realizar las contrataciones en forma directa o, a tal fin, concertar Acuerdos de Cooperación Técnica con organismos nacionales o provinciales. Los Acuerdos de Cooperación mencionados precedentemente deberán precisar los recursos y su financiación, los perfiles y obligaciones de los recursos humanos a utilizar. En caso que se adopte este sistema de contratación de personas, la DIRECCIÓN será responsable ante el INDEC.
c Abonar, con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes a los fondos destinados a este Convenio, los gastos de honorarios de las personas físicas contratadas y todas las erogaciones vinculadas o derivadas de la realización de las actividades previstas en el presente. Dichas erogaciones deberán comprender, sin excepción, los gastos de movilidad, traslados, seguros por riesgos del trabajo, seguro de vida, y/o de responsabilidad civil, según corresponda, y todo otro gasto que requiera la labor que realicen las personas físicas que afecte para cumplir con las tareas de campo a cumplir con motivo o en ocasión de la celebración del presente.
d Proveer, a su exclusivo cargo, los materiales de trabajo, equipamiento, muebles y útiles de oficina que resulten necesarios para realizar eficazmente las actividades que conforman el objeto del presente, debiendo afectar los vehículos y medios de transporte que requiera el normal desarrollo de las tareas en todo el territorio provincial.
e Disponer de la cartografía digitalizada y actualizada a partir del operativo del ADRA para el área seleccionada y elaborar el material cartográfico de detalle para el personal de relevamiento, según las normas que imparta el INDEC.

Viedma, 28 de Noviembre de 2019

f Buscar las sedes adecuadas para la capacitación del personal de las jurisdicciones, en función de la cantidad y tipo de destinatarios, días y horarios, según el cronograma censal.
g Asistir a los cursos de Capacitación organizados por el INDEC.
h Realizar el relevamiento en los períodos, plazos y formas estipulados por el INDEC.
i Presentar una copia de la certificación del ingreso de los fondos dentro de los TREINTA 30 días de recibida la transferencia respectiva.
j Adoptar los recaudos necesarios para la guarda, custodia y conservación de toda la documentación original producida en virtud de la realización de la 2 PP CENSO POBLACIÓN 2020, de la que será depositaria.
k Cancelar toda otra obligación que surja como consecuencia de las tareas estadísticas que de común acuerdo desarrollan LAS PARTES y que no hayan sido explicitadas precedentemente.
QUINTA IndemnidadLas personas físicas que la DIRECCIÓN contrate y afecte para la realización de las tareas vinculadas al objeto del presente Convenio - cualquiera sea la naturaleza y modalidad contractual por medio de la que tales personas físicas se vinculen con la DIRECCIÓN-, en ningún caso serán consideradas como dependientes y/o contratados por el INDEC. Consecuentemente la DIRECCIÓN se obliga a mantener indemne al INDEC frente a cualquier reclamo y/o demanda judicial, extrajudicial o administrativa que las personas físicas contratadas dirijan o formalicen contra el INDEC. En el supuesto que el INDEC o el Estado Nacional se vean compelidos a abonar indemnizaciones, retribuciones y/o resarcimientos de cualquier naturaleza a las personas físicas contratadas por la DIRECCIÓN, ésta deberá reintegrar al INDEC la totalidad de los montos abonados dentro de un plazo de CINCO 5 días hábiles, mediante depósito o transferencia a la cuenta corriente alojada en el Banco Nación Argentina que el INDEC indique.
Asimismo, en caso que bienes del INDEC y/o Estado Nacional fueran objeto de embargo derivado de reclamos o demandas como los referidos, la DIRECCIÓN se obliga a sustituir los bienes afectados por la medida cautelar por otros de su propiedad o de la titularidad de la Provincia, dentro de los CINCO 5 días hábiles computados desde la notificación que el INDEC le efectúe por medio fehaciente sobre la traba de la medida cautelar. Será exclusiva e íntegra responsabilidad jurídica y patrimonial de la DIRECCIÓN
la contratación y pago de las pólizas de seguro que amparen el riesgo de responsabilidad civil, seguro de vida, y accidentes de trabajo - según corresponda - por eventos que afecten a sus agentes por las tareas que realicen con motivo o en ocasión de la ejecución del presente Convenio.
SEXTA Evaluaciones conjuntas.
Las personas físicas que contrate la DIRECCIÓN para la realización de las tareas que asume a su cargo, deberán cumplir los requisitos de capacitación y experiencia que se detallan en el Anexo N 2 del presente, quedando facultado el INDEC a requerir una evaluación conjunta de antecedentes en forma previa a que la DIRECCIÓN disponga su afectación o contratación.
La DIRECCIÓN deberá informar en forma previa y con razonable antelación al INDEC sobre la eventual remoción de alguno de los integrantes de la estructura operativa de la 2 PP CENSO POBLACIÓN 2020.
SÉPTIMATitularidad de la Información.
Los resultados, información o productos obtenidos como consecuencia de censos, relevamientos, muestras o verificaciones efectuadas como parte de operativos nacionales y/o jurisdiccionales en el marco del presente Convenio, que puedan o deban ser tenidos en cuenta para la confección de mediciones, series estadísticas, índices o guarismos que tenga a su cargo el INDEC recabar, procesar, analizar, comparar y/o difundir en ejercicio de las facultades legalmente asignada como organismo rector del Sistema Estadístico Nacional, pertenecen al INDEC - Estado Nacional -, no pudiendo invocarse sobre ellos derechos de autor y/o propiedad intelectual.
La difusión de dichos resultados, información o productos, o su utilización deberán ser expresa y formalmente autorizada por el INDEC, salvo que el INDEC haya procedido en forma previa a su difusión pública a través de su página web o de sus publicaciones periódicas en soporte papel.
OCTAVARendición de Cuentas.
La DIRECCIÓN deberá presentar una rendición de cuentas de las sumas dinerarias que reciba del INDEC en concepto de financiación que involucre la totalidad de los gastos en que hubiese incurrido en cada uno de los operativos detallados en el Anexo que integra el presente, conforme lo establecen las disposiciones contenidas en los artículos 2º, inciso f y 4º del Decreto Nº 3.110/1970, reglamentario de la Ley N 17.622 o las que en el futuro las sustituyan o complementen, y la Disposición DGAyO Nº 140/
2016 y sus modificatorias.
Las rendiciones de cuentas deberán ser remitidas al INDEC para que evalúe y resuelva sobre su aprobación o rechazo, en soporte electrónico y en soporte papel debidamente firmadas en todas sus fojas por el titular de la DIRECCIÓN.

Firmado Digitalmente por PAULINA BELEN OJEDA FERNANDEZ - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5829.pdf

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 28/11/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date28/11/2019

Page count36

Edition count1910

First edition03/01/2002

Last issue25/04/2024

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