Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 17/11/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 17 de Noviembre de 2014

Nº 5303

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 8,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LV
EDICION DE 56 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 56

Que a fojas 28 ha tomado intervención la Subsecretaría de Presupuesto en los términos del Art. 33 de la Ley N 4924;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, DirecDECRETO Nº 1407
ción de Asuntos Legales del Ministerio de Educación y Derechos Humanos, Secretaría de la Función Pública y Fiscalía de Estado mediante Vista N
Viedma, 20 de octubre de 2014.
03260/14;
Visto, el Expte. N 112.458-EDU-2013, del registro del Ministerio de Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Educación y Derechos Humanos, y;
Art. 181, Inc. 1 de la Constitución Provincial;
CONSIDERANDO:
Por ello, Que por el mismo se tramita la promoción automática de la Sra. Urban, El Gobernador Viviana Andrea Cuil N 27-27786505-5, personal planta permanente de la Provincia de Río Negro agrupamiento administrativo, del Ministerio de Educación y Derechos DECRETA:
Humanos;
Artículo 1º - Promover automáticamente, de conformidad a lo establecido Que a fojas 03/05 obra fotocopia debidamente certificada del Decreto de en el Art. 12, Agrupamiento Administrativo del Anexo II de la Ley L N
834/11, por el cual promovió a la categoría 04 desde la fecha 1/11/2010;
1844, al agente Urban, Viviana Andrea Cuil N 27-27786505-5, Legajo N
Que a fojas 06 obra Situación de Revista de la Dirección de Personal del 92.742/2, de carácter planta permanente del Ministerio de Educación y Ministerio de Educación y Derechos Humanos;
Derechos Humanos, en el programa, categoría y fecha que corresponda, Que en cumplimiento de las normas vigentes y conforme a los alcances detallado en la Planilla Anexa que forma parte integrante del presente Deque las mismas determinan, corresponde promover automáticamente a la creto.
Sra. Urban, Viviana Andrea a la categoría 05, agrupamiento administrativo Art. 2º - El gasto que demande el presente Decreto para su cumplimiento desde el 1/11/2012 ya que reúne los requisitos de permanencia en las categorías será imputado a: Jurisdicción 45, Programa 18.00.00.05.
de revistas establecido en el Art. 12, Agrupamiento Administrativo, del Art. 3º - El presente Decreto será refrendado por la Sra. Ministra de Anexo II de la Ley L N 1844 texto consolidado;
Educación y Derechos Humanos.Que a los efectos de no perjudicar a la agente, es procedente el dicArt. 4º - Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dal al Boletín tado del acto administrativo que instrumente la promoción a las categorías Oficial y archivar.
detalladas en la Planilla Anexa I que forma parte integrante del presente WERETILNECK.- M. E. Silva.
Decreto;

DECRETOS

PLANILLA ANEXA I AL DECRETO Nº 1407
ESCALAFÓN LEY L Nº 1844

oOo DECRETO Nº 1409
Viedma, 20 de octubre de 2014.
Visto, el Expte. N 143.299-SA-2014 del registro del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, y;
CONSIDERANDO:
Que la tramitación de la declaración de Estado de Desastre y/o Emergencia Agropecuaria se solicita en función del fenómeno climático tormentas, vientos intensos e inundaciones que ha provocado importantes daños en numerosas explotaciones rurales vinculadas a la actividad frutícola y hortícola en los Departamentos Avellaneda, Pichi Mahuida, General Conesa y Adolfo Alsina y vinculadas a la actividad vitivinícola en todo el territorio de la Provincia de Río Negro;
Que dichas situaciones han sido evaluadas oportunamente por el servicio técnico específico del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca mediante informes y relevamientos realizados por las distintas dependencias técnicas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, Dirección de Vitivinicultura y Secretaría de Fruticultura;

Que los fenómenos climáticos mencionados anteriormente por sus características y magnitud afectan de manera considerable a los productores que desarrollan como actividad principal la explotación agropecuaria;
Que por lo anterior se encuentran configuradas las condiciones para el dictado del presente instrumento normativo, debiendo en consecuencia declarar el Estado de Desastre y Emergencia por catástrofe climática en lo que se refiere a la actividad Frutihortícola en los Departamentos de la Provincia de Río Negro, a saber: Avellaneda, Pichi Mahuida, General Conesa y Adolfo Alsina, y en lo que se refiere a la actividad Vitivinícola, declarar el Estado de Desastre y Emergencia en todo el territorio de la Provincia de Río Negro;
Que han tomado debida intervención los organismos de control, Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca y Fiscalía de Estado mediante Vista N 04623-14;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181, Inc. 1 de la Constitución Provincial.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 17/11/2014

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date17/11/2014

Page count56

Edition count1913

First edition03/01/2002

Last issue13/05/2024

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