Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 03/11/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 3 de Noviembre de 2014

Nº 5299

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 8,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LV
EDICION DE 50 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 50

DECRETOS

DECRETO Nº 1357
Viedma, 6 de octubre de 2014.
Visto, el Expte. N 076.447-SA-2014, del registro del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramitan las Promociones Automáticas del personal de la planta permanente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, comprendido en el Art. 2 del Anexo II la Ley L N 1844, en los Programas, categorías, agrupamientos y fechas que en cada caso corresponde, detallados en Planilla Anexa I, que forman parte integrante del presente Decreto;
Que a fojas 02, el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado, establece gestionar las promociones automáticas, de acuerdo a la reglamentación vigente y según el caso que corresponda a junio de 2014;
Que conforme a la Certificación Expedida por la Subsecretaría de Administración obrante a fojas 27, los peticionantes reúnen al 30 de junio de 2014, los requisitos exigidos por los Arts. 12, 15, 19 y 23 del Anexo II de la Ley L N 1.844 y el Art. 1 de la Ley L N 3959;
Que de acuerdo lo establece la Ley L N 1844, para cada agrupamiento y categoría, los agentes deberán aprobar actividades de capacitación, teniéndose por cumplimentado dicho requisito, por acreditar la capacitación inherente a las funciones que desempeñan mediante cursos de capacitación general o específica, conforme las constancias incorporadas a fojas 26/27 inclusive;

Que han tomado intervención la Asesoría Legal del Ministerio de Obras y Servicios Públicos a fojas 41, la Secretaría de la Función Pública a fojas 52, la Subsecretaría de Presupuesto dependiente del Ministerio de Economía a fojas 43 y la Fiscalía de Estado a fojas 54/55, mediante Vista N 0428314;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181, Inc. 1 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Promover automáticamente al Personal de Planta Permanente del Ministerio de Obras Servicios Públicos, detallado en Planilla Anexa I, que forma parte integrante del presente Decreto, a la categoría que corresponda a partir de la fecha que en cada caso se indica, de conformidad a los requisitos exigidos en los Arts. 12, 15, 19 y 23 del Anexo II de la Ley L N 1844.
Art. 2º - Autorizar al Ministerio de Obras y Servicios Públicos a realizar las adecuaciones presupuestarias que considere necesarias para dar cumplimiento al presente Decreto.
Art. 3º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Obras y Servicios Públicos.
Art. 4º - Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.
WERETILNECK.- G. M. Gesualdo.

ANEXO I AL DECRETO Nº 1357

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 03/11/2014

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date03/11/2014

Page count50

Edition count1913

First edition03/01/2002

Last issue13/05/2024

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