Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/11/2021 - 5º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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a
Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

Y CONSIDERANDO:

Que el Agente Comunal Sr. Julio Ricardo CARO, D.N.I. Nº 21.399.515, de Mantenimiento y Servicios Generales se encuentra desempeñando actualmente las tareas de full time, en forma idónea y responsable. Que corresponde efectuar un reconocimiento al Agente Comunal en su remuneración, por haberse incrementados las tareas y responsabilidades. Las atribuciones conferidas a la Comisión Comunal.POR TODO ELLO:
LA COMISIÓN DE LA
LOCALIDAD DE ESQUINA
RESUELVE:
Artículo 1º.- ASIGNARLE, a partir del día 1º de Mayo de 2020, al Agente Comunal de Planta Permanente Sr. Julio Ricardo CARO, D.N.I.
Nº 21.399.515, Mantenimiento y Servicios Generales, un adicional Remunerativo del 20%, sobre el sueldo Básico mientras permanezca en sus funciones desempeñando las tareas de full time.
Artículo 2º.- REMITASE copia de la presente Resolución a Contaduría, a sus efectos.
Artículo 3º.- COMUNIQUESE, publíquese, dese al registro Comunal y archívese.
ESQUINA, 28 de Agosto de 2020.FDO.: CARLOS EDUARDO GONZÁLEZ PRESIDENTE COMUNAL

OLGA ADELINA VEGA - TESORERA
3 días - Nº 344785 - s/c - 03/11/2021 - BOE

RESOLUCION Nº
012/2020

VISTO: El Convenio Impuesto Automotor Unificado a suscribir entre la Comuna de Esquina y el Ministerio de Finanzas del Gobierno de la Provincia de Córdoba.

COMUNA DE

LAS RABONAS

AÑO CVIII - TOMO DCLXXXIII - Nº 228
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 3 DE NOVIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

Y CONSIDERANDO:
Que el mencionado Convenio tiene como objeto establecer de manera coordinada mecanismos, proyectos, programas y acciones en beneficio común, tendientes a optimizar la administración tributaria dentro de sus respectivas competencias, y que permitan un incremento en la recaudación de los tributos que componen los recursos de cada una de sus jurisdicciones.

Que en la Cláusula Décima del Convenio, el Ministerio de Finanzas de la Provincia de Córdoba solicita, para efectivizar el mismo, la aprobación ad referéndum por parte de la Comisión Comunal por medio de Resolución sancionada a tal efecto.
Su tratamiento y aprobación por parte de la Comisión Comuna.-l POR TODO ELLO:
LA COMISIÓN DE LA
LOCALIDAD DE ESQUINA RESUELVE:
Artículo 1º: APRUEBASE el modelo de Convenio de Cooperación y Asistencia Mutua e Integral en materia Recaudatoria suscripto entre el MINISTERIO DE FINANZAS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA y LA
COMUNA DE ESQUINA DPTO. RIO PRIMERO para la percepción por parte de los CONTRIBUYENTES de la Tasa y/o impuesto a la Radicación de los Automotores y Motovehículos Patentes de esa Comuna, que como Anexo 1 se adjunta y forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º: AUTORICESE al Presidente Comunal Sr. Carlos Eduardo GONZALEZ, a suscribir toda la documentación necesaria para la implementación de dicho convenio con el MINISTERIO DE FINANZAS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA, referenciado en el Art. 1º de la presente Resolución.
Artículo 3º: COMUNIQUESE, Publíquese, Dese al Registro Comunal y Archívese.
ESQUINA, 25 de Septiembre de 2020.FDO.: CARLOS EDUARDO GONZÁLEZ PRESIDENTE COMUNAL

OLGA ADELINA VEGA - TESORERA
3 días - Nº 344784 - s/c - 03/11/2021 - BOE

CONSIDERANDO:

Que con fecha 07 de agosto de 2021, el señor Presidente de la Nación ha emitido el Decreto de Necesidad y Urgencia N 494/2021, prorrogando
Que con fecha 30/10/2021, el Gobierno de la Provincia de Córdoba ha emitido el Decreto 1299/2021 mediante el cual dispone ciertos cambios con relación a lo establecido en el Decreto 1183/2021.
Que tanto el Estado Nacional como el Gobierno Provincial, con base en la emergencia sanitaria, han dictado numerosas disposiciones tendientes a contener la gravísima crisis que nos aqueja, buscando lograr el máximo acatamiento posible en las distintas regiones geográficas, siempre en concordancia con las acciones de prevención recomendadas por las
restricciones a actividades y a la circulación de personas establecidas en el DNU 287/2021; ello, como herramientas destinadas a la preservación de la salud pública, en razón de la pandemia del Coronavirus Covid-19 que afecta a toda la Nación, en el marco de la declaración emitida por la Organización Mundial de la Salud OMS, la Emergencia Sanitaria ampliada por el Decreto Nacional N 260/2020 y normas complementarias, y prorrogada por su similar N 167/2021 hasta el 31 de diciembre de 2021.

autoridades sanitarias nacionales y provinciales en todo el país.
Que en el marco de la emergencia sanitaria dispuesta como consecuencia de la expansión de la pandemia provocada por el COVID-19 y las sucesivas medidas de prevención dictadas a nivel nacional, corresponde al estado comunal cumplir y hacer cumplir con la normativa que el Poder Ejecutivo Nacional y Provincial dictan a tales efectos.
Que recientemente, el pasado 21 de septiembre de 2021, autoridades
RESOLUCIN Nº 172/2021
VISTO: El Decreto Provincial N 1299/2021 de fecha 30/10/2021;

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/11/2021 - 5º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

CountryArgentina

Date03/11/2021

Page count5

Edition count1435

First edition31/07/2018

Last issue25/05/2024

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