Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/02/2021 - 5º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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AÑO CVIII - TOMO DCLXXIV - Nº 39
CORDOBA, R.A. JUEVES 25 DE FEBRERO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

RESOLUCIÓN Nº 274/2020

ART. 4º.- En los casos de inmuebles BALDIOS y a los fines de la aplicación de la R.G.I. se establece un adicional de un 20 % del importe anual básico, cualquiera sea la zona donde se encuentre ubicado.

TARIFARÍA 2021
TÍTULO I.
CONTRIBUCIÓN QUE INCIDE SOBRE LOS INMUEBLES
TASA DE SERVICIOS A LA PROPIEDAD
ART.1º A los fines de la aplicación de lo dispuesto por los art. 42 y 50
de la R.G.I. fíjense los siguientes montos fijos anuales por cada propiedad, y para todas las zonas comprendida por el Ejido Comunal las que estarán graduadas por la importancia de los servicios:
Zona Central: Servicios Servicio de luz, Servicio de Agua, Recolección de Basura, Mantenimiento de Calles, Limpieza de Banquinas, Pavimento, Cordón cuneta, Beneficios Ord. Territorial. Servicios indirectos por Ej.: At.
Primaria de la salud, Ambulancia, servicio postal.

ART. 5º- De acuerdo a dispuesto por el Art. 56 de la R.G.I., fijase los siguientes adicionales:
ainmuebles donde se haga ejercicio de cualquier profesión liberal un 20 %
binmuebles donde funcionen industrias un 20%
cbancos, hoteles, moteles, pensiones, comercios un 20%
dPara las propiedades que cumplan las características previstas en el Art 52
de la R.G.I. es decir cuando las propiedades ya sean viviendas unifamiliares o terrenos baldíos y estén ubicados en el interior de una parcela y comunicadas al exterior por medio de pasajes, pasillos y /o corredores comunes y propios, ABONARAN POR CADA UNIDAD EL MINIMO ANUAL PREVISTO EN EL
ART.1 CON UNA REBAJA DEL 20% SOBRE LA TASA BASICA.FORMA DE PAGO

Zona 1: Servicios Servicio de luz, Servicio de Agua, Recolección de Basura, Mantenimiento de calles, Limpieza de Banquinas. Servicios indirectos por Ej.: At. Primaria de la salud, Ambulancia, servicio postal.

ART. 6º.- En los casos de propiedades inmuebles que posean las características previstas en el Art. 52 de la R.G.I, podrán abonarse de la siguiente forma:

Zona 2: Servicios Servicio de luz, Servicio de Agua, Recolección de Basura, Mantenimiento de calles, Limpieza de Banquinas servicios indirectos por Ej.: At. Primaria de la salud. Ambulancia, servicio postal.

a Por Pago anual anticipado de contado y no registre deuda, gozará de un descuento del 20% hasta la fecha de su primer vencimiento.

Zona 3: Servicios Mantenimiento de calles, Limpieza de Banquinas servicios indirectos por Ej.: At. Primaria de la salud, Ambulancia, servicio postal.

b Por Pago bimestral en Término, gozará de un descuento del 10% hasta la fecha de cada cuota.

SUPERFICIE TERRENO
ZONA CENTRAL
ZONA 1

IMPORTE ANUAL
ZONA 2
ZONA 3

1m2 a 2000m2
4.140.00 3.900.00 3.660.00 3.480.00
2001m2 a 5000 m2
5.000.00 4.800.00 4.410.00 4.200.00
5001 m2 a 10000 m2
5.370.00 5.160.00 4.800.00 4.560.00
10001 m2 a 15000 m2
6.750.00 6.300.00 6.000.00 5.700.00
15001 m2 a 20000 m2
8.400.00 8.040.00 7.440.00 6.900.00
20001 m2 a 30000 m2
12.300.00 11.850.00 10.800.00 10.500.00
30001 m2 a 40000 m2
13.500.00 13.200.00 12.000.00 11.580.00
40001 m2 a 50000 m2
15.300.00 14.700.00 13.500.00 12.900.00
50001 m2 a 70000 m2
17.880.00 17.100.00 15.900.00 15.300.00
70001 m2 a 100000 m2
24.000.00 23.100.00 21.300.00 20.400.00
100001 m2 a 150000 m2
28.500.00 27.480.00 25.200.00 24.300.00
150001 m2 a 200000 m2
37.200.00 35.700.00 33.000.00 31.500.00
200001 m2 a 300000 m2
49.500.00 47.700.00 44.100.00 42.300.00
300001 m2 a 800000 m2
61.800.00 59.520.00 54.900.00 52.500.00
80 Ha a 110 Ha 76.800.00 74.100.00 68.400.00 65.400.00
111 Ha100.200.00
96.000.00
89.100.00
85.200.00
ART. 2º.- Se Fija para todo el Ejido Comunal una zonificación de acuerdo a lo previsto en el Art anterior se adjunta Plano.
ART. 3º.- En los casos de propiedades inmuebles que tengan las características previstas en el Art. 51 de la R.G.I, cada una de ellas se considerará independiente a efectos de la liquidación de las contribuciones previstas en el Art. 1.
ADICIONALES A LOS INMUEBLES
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

c Hasta en seis 06 cuotas bimestrales. El monto de cada cuota se obtendrá dividiendo el monto original por el número de cuotas en los siguientes vencimientos:
FECHA DE VENCIMIENTO
PRIMERA CUOTA el 26/02/2021
SEGUNDA CUOTA el 26/04/2021
TERCERA CUOTA el 28/06/2021
CUARTA CUOTA el 26/08/2021
QUINTA CUOTA el 26/10/2021
SEXTA CUOTA el 27/12/2021
ART.7º.- Los jubilados o pensionados perteneciente a cualquier régimen previsional y que perciban una retribución mensual inferior a la jubilación mínima de pesos diecinueve mil $19.000,00, gozarán de una reducción del cincuenta por cincuenta 50% de la contribución prevista en este título, siempre que posean un único inmueble y habiten en la vivienda construida en el mismo.
ART. 8º.- Si la obligación tributaria no es cancelada a su vencimiento o en el periodo de prorroga a partir de dicha fecha, devengará los intereses y recargos del 3,5% mensual. ART. 9º.- Facúltese al Presidente Comunal a prorrogar los vencimientos establecidos precedentemente, hasta 30 Treinta días.
TITULO II
CONTRIBUCIONES POR LOS SERVICIOS DE INSPECCION GENERAL
E HIGIENE QUE INCIDEN SOBRE LA ACTIVIDAD COMERCIAL, INDUSTRIAL Y DE SERVICIOS

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/02/2021 - 5º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

CountryArgentina

Date25/02/2021

Page count14

Edition count1434

First edition31/07/2018

Last issue24/05/2024

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