Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/01/2021 - 5º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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a
Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

AÑO CVIII - TOMO DCLXXIII - Nº 2
CORDOBA, R.A. MARTES 5 DE ENERO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

procedimientos indicados en la Presente Ordenanza.

en el ANEXO I de la presente Ordenanza que forma parte de la misma.-

Artículo 20º.- Comuníquese, Publíquese, desee al Registro Municipal y Archívese.

Artículo 5º. -LA presente Ordenanza, las que en consecuencia se dicten, como así también Decretos, Resoluciones, Normas complementarias y los Convenios que se celebren serán el marco regulatorio que regirán las relaciones jurídicas necesarias y el cumplimiento de los derechos y obligaciones que de ella se deriven. -

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de la ciudad de Villa del Rosario, a 22 días del mes de diciembre de dos mil veinte.
VUELVA AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO PARA SU PROMULGACIÓN.
Ciudad de Villa del Rosario, 22 de diciembre de 2020.-

Artículo 6º. -DEFÍNASE como propietario o propiedad beneficiada y por lo tanto obligado al pago de la obra bajo el régimen de Contribución por Mejoras a todos los propietarios, o poseedores de los inmuebles comprendidos en el Art. 1º de la presente Ordenanza. -

1 día - Nº 292615 - s/c - 05/01/2021 - BOE

ORDENANZA 1545-A-2020
VISTO: Que la Municipalidad de la Ciudad de Villa del Rosario hace tiempo que se encuentra abocada a la construcción del sistema de captación, transporte, tratamiento y disposición final de los efluentes líquidos cloacales residenciales, comerciales e industriales.
Y CONSIDERANDO:
Que el D.E.M proyectó como nueva etapa, la inclusión de los metros de red cloacal para la integración de los vecinos de calle Corrientes entre Buenos Aires y Antártida Argentina.
Que la Ordenanza 1.207-A-2013, autoriza al D.E.M. al cobro por Contribución por Mejora por las obras de Red de Desages Cloacales, Cloaca Máxima y Planta de Tratamiento de la Ciudad.
Que la misma establece a la obra como de bien público y pago obligatorio a través del sistema de contribución por mejoras, determinando un valor por cada unidad tributaria que debe ajustarse tanto en el valor como en la cantidad de frentistas beneficiados y por lo tanto obligados al pago.

Que es parte de la política ambiental, el desarrollo de redes para prestar el servicio a la mayor parte posible de la población.
POR TODO ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VILLA DEL
ROSARIO
SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
Artículo 1º. -DECLÁRESE de utilidad Pública la ampliación de Red de Colectores Cloacales sobre calle Corrientes entre Buenos Aires y Antártida Argentina, pago obligatorio a cargo de los beneficiarios de la misma, definidos en el área servida según Planos de Obra adjuntados a la presente.
Artículo 2º. -AUTORÍCESE a la ejecución de la obra, de acuerdo a los Pliegos de Especificaciones Técnicas y Particulares, adjuntadas a la presente junto con el proyecto ejecutivo.

Artículo 7º.-EL pago que los contribuyentes deberán efectuar por la obra construida se denominará Contribución por Mejoras y será realizado en proporción a UNIDADES TRIBUTARIAS U.T. afectadas. El monto de la obra a abonar por cada U.T. asciende a los PESOS CURENTA MIL TREINTA Y CINCO CON 90/100 $ 40.035,90, el mismo se calcula tomando como base la U.T. especificada en el Art. 7 de la Ordenanza 1442-A-2018
a la cual se le aplica el Índice de Costo de la Construcción desde octubre de 2018 a septiembre de 2020 y se detalla en el Anexo de la presente Ordenanza que forma parte de la misma. Artículo 8º.- AJUSTE de precios del valor UNIDAD TRIBUTARIA
U.T.. En el momento de la liquidación de los certificados de deuda posteriores a la finalización de la obra de cloacas deuda vencida, recálculo de cuotas, etc. se procederá a ajustar el valor U.T. con los índices del costo de la construcción según el INDEC tomando como base el indicado del mes de OCTUBRE DE 2020. Artículo 9º.-TODA unidad habitacional será considerada como UNIDAD TRIBUTARIA U.T. esté sujeta o no al Régimen de Propiedad Horizontal. Artículo 10º.-CADA U.T. será considerada como coeficiente 1, a los fines del prorrateo. Los comercios tendrán un coeficiente variable en función del consumo registrado y las categorías según Decreto 847/2016 de la Secretaria de Recursos Hídricos de la Provincia de Córdoba. Artículo 11º. -EL pago del precio definitivo de cada U.T., estará a cargo de los propietarios o poseedores de los inmuebles comprendidos por la obra o zona beneficiada. Se gravará un 12% adicional que se destinará al Fo.MO.Sa. FONDO MUNICIPAL de OBRAS Y SANEAMIENTO. Artículo 12º. -EL pago de los importes de las obras deberá ser efectuado por los propietarios frentistas afectados de la siguiente forma: a de contado con un 10% de descuento, b un descuento del 5% hasta en 12 cuotas mensuales, c hasta 18 cuotas mensuales sin interés, d o a plazos, en cuyo caso solicitará un plan de pago en Oficina de Rentas del Municipio, que no podrá ser mayor a 36 cuotas, pudiendo ampliarse los plazos en casos especiales, previo informe del Asistente Social Municipal y a consideración
Artículo 3º. -EL monto total que deberá afrontar los beneficiarios comprendidos en el Art. 1º se abonará como contribución por mejoras. -

del D.E.M. En este último caso al monto nominal se cargará los intereses aplicando una tasa mensual del 2% directo, más gastos administrativos.-

Artículo 4º.-EL monto de Obra asciende a los PESOS UN MILLÓN
CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES
CON 81/100 $1.186.483,81, cuyo monto será imputado del Presupuesto General vigente, en la cuenta Nº 2-1-02-02-03-00-00, el mismo se detalla
Artículo 13º. - EL Departamento Ejecutivo Municipal, entregará a cada propietario o poseedor, en el domicilio que el mismo tiene fijado para el cumplimiento de sus obligaciones contributivas municipales, un Certificado de Obra que contenga:

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/01/2021 - 5º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

CountryArgentina

Date05/01/2021

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Edition count1435

First edition31/07/2018

Last issue25/05/2024

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