Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/09/2020 - 5º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVI - TOMO DCLXIX - Nº 213
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 16 DE SEPTIEMBRE DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

PORESE el Anexo que se adjunta al presente y que pasara a formar parte integrante del primero - Decreto 132/2018 - y, consecuentemente, FACULTESE a los agentes municipales que se enumeran en el anexo referido a labrar actas de infraccion ante el incumplimiento de los deberes impuestos por el Codigo de Faltas Municipal y demas ordenanzas vigentes.

POR ELLO y en uso de sus atribuciones;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE
DECRETA

Articulo: 2º COMUNIQUESE a la Oficina de Personal y demas Areas Municipales, como asi tambien a los agentes muicipales nominados en el Anexo I.

Articulo: 1º El Municipio de La Cumbre adhiere en su totalidad a la cuarta edición de la Semana Provincial de la Prevención del Consumo de Drogas que tendrá lugar entre el 22 y el 29 de junio del corriente año y, en consecuencia a las jornadas que se llevaran a cabo a los fines de abordar la siguiente temática:

DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE
LA CUMBRE, A LOS OCHO DIAS DEL MES DE JULY DEL AÑO DOS MIL
VEINTE

1. Alcohol y embarazo 2. Alcohol y lactancia
FDO: EDGARDO HUGO JAUREGUI Secretario de Coordinación y Relaciones con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. / PABLO ALEJANDRO ALICIO Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre.
ANEXO
1 día - Nº 274867 - s/c - 16/09/2020 - BOE

Decreto Nº 48/2020
VISTO: La Ley Provincial 10.610;
La Ordenanza de adhesión N 16/019;
La cuarta edición de la Semana Provincial de la Prevención del Consumo de Drogas que tendrá lugar entre el 22 y el 29 de junio del corriente año.
Y CONSIDERANDO:
Que en atención al flagelo que supone el uso y tráfico ilícito de drogas para la sociedad toda, el Gobierno de la Provincia de Córdoba creo en el año 2016 mediante el decreto n 1754/2016 El Plan Provincial de Prevención del Consumo de las Adicciones.
Que en ese contexto se dictó la Ley 10.610 a la cual este Municipio adhirió mediante Ordenanza 16/019 mediante la cual se instituyó en el territorio de la Provincia de Córdoba la Semana Provincial de la Prevención del Consumo de Drogas, que se corresponde con la semana del año en la cual se encuentre el día 26 de junio, en razón de celebrarse en esa fecha el Día Internacional de Lucha contra el Uso Indebido y Tráfico Ilícito de Drogas, instituido por la Asamblea General de Naciones Unidas, mediante resolución 42/112.
Que, por lo expuesto y, en atención a la importancia que supone para la sociedad toda, elaborar estrategias y visibilizar las mismas en pos de la prevención y asistencia de las adicciones, creemos necesario sumarnos como comunidad comprometida y participar de las jornadas que tendrán lugar entre el 22 y el 29 de junio del corriente, comprometiéndonos a sensibilizar la opinión pública en esta materia y disminuir el consumo de sustancias en la población en general.

Que las referidas jornadas se han definido 4 ejes temáticos centrales a abordar durante la citada semana, los mismos son:
1. Alcohol y embarazo 2. Alcohol y lactancia
3. Consumo de Tabaco 4. Escenario Pos Aislamiento.
Articulo: 2º El Municipio de La Cumbre realizará - a través de la Oficina de Coordinación de la Red Asistencial de las Adicciones de Córdoba - actividades tendientes a acercar la referida temática a la sociedad, con el objetivo de sensibilizar y concientizar; actividades que, debido al contexto actual COVID -19 serán virtuales, invitándose a toda la sociedad a sumarse, en especial a la comunidad educativa, ofreciendo material de divulgación.
Articulo: 3º PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y HAGASE SABER, FECHO ARCHIVESE.
DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE
LA CUMBRE, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE JUNE DEL AÑO
DOS MIL VEINTE
FDO: EDGARDO HUGO JAUREGUI Secretario de Coordinación y Relaciones con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. / PABLO ALEJANDRO ALICIO Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre.
1 día - Nº 274834 - s/c - 16/09/2020 - BOE

DECRETO Nº 52/2020
VISTO: Que el día 16 de Julio del corriente año, se celebra en esta localidad de La Cumbre la Fiesta Patronal en honor a la Virgen Del Carmen.
Y CONSIDERANDO:
Que independientemente de las disposiciones que surjan a nivel nacional para esta fecha, el día 16 de Julio, es de significativa importancia para nuestra comunidad.

Que el artículo Nº 3 de la Ley Provincial Nº 6.326, establece se disponga no laborable el día del patrono de la localidad.
POR ELLO y en uso de sus atribuciones;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE
DECRETA

3. Consumo de Tabaco 4. Escenario Pos Aislamiento.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Articulo: 1º DECLÁRASE NO LABORABLE en la jurisdicción de la localidad de La Cumbre, Provincia de Córdoba, el día 16 de Julio de 2020

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/09/2020 - 5º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

CountryArgentina

Date16/09/2020

Page count6

Edition count1420

First edition31/07/2018

Last issue06/05/2024

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