Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 29/06/2020 - 5º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

FDO: Lic. Natalia Andrea Espin, Secretaria de Gobierno;
Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal.
1 día - Nº 261735 - s/c - 29/06/2020 - BOE

DECRETO N 0197/2020
Cosquín, 14 de mayo de 2020
VISTO:El Protocolo de flexibilización de las Iglesias y Templos de Culto en la Provincia de Córdoba, de fecha 12/05/2020, emitido por el Centro de Operaciones de Emergencia C.O.E..
Y CONSIDERANDO:

Que el Decreto de Necesidad y Urgencia No 459/2020 atribuye al Jefe de Gabinete de Ministros la implementación progresiva y escalonada de las distintas actividades y se instrumenta a través del C.O.E., un protocolo para la apertura de las iglesias y templos de culto.

Que el protocolo emitido por el C.O.E. tiene por finalidad establecer los alcances de la flexibilización fijada por el Jefe de Gabinetes de Ministros, para la apertura de las iglesias y templos de cultos reconocidos por el Estado, en el ámbito de la provincia de Córdoba.

Por todo lo antes expuesto, el Señor Intendente Municipal, en uso de atribuciones conferidas por la ley Orgánica Municipal,
AÑO CVI - TOMO DCLXVI - Nº 147
CORDOBA, R.A. LUNES 29 DE JUNIO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

breve salida de esparcimiento en beneficio de la salud y del desarrollo psicofísico de las personas.
Que el C.O.E. a través del protocolo mencionado fija las pautas que regulan las actividades físicas y de esparcimiento de la población de la provincia de Córdoba, entendido este como un complemento de la contención social caracterizada durante el período de aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Por todo lo antes expuesto, el Señor Intendente Municipal, en uso de atribuciones conferidas por la ley Orgánica Municipal, DECRETA
Artículo 1º.-ADHIÉRASE al Anexo I Protocolo de Esparcimiento que establece el Centro de Operaciones de Emergencia C.O.E. emitido con fecha 13/05/2020, para la ACTIVIDAD FÍSICA Y ESPARCIMIENTO.
Artículo 2º.- ENVÍESE el presente decreto Ad Referendum del Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 3.-REFRENDASE el presente Decreto por la Secretaria de Gobierno.
Artículo 4º.-PROTOCOLÍCESE, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Publíquese y Archívese.FDO: Lic. Natalia Andrea Espin, Secretaria de Gobierno;
Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal.

DECRETA
Artículo 1º.- ADHIÉRASE a los protocolos de salud que establece el Centro de Operaciones de Emergencia C.O.E. emitido con fecha 12/05/2020, para la apertura de las iglesias y templos de cultos reconocidos por el Estado, en el ámbito de la provincia de Córdoba.
Artículo 2.- ENVÍESE el presente decreto Ad Referendum del Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 3.-REFRENDASE el presente Decreto por la Secretaria de Gobierno.
Artículo 4º.-PROTOCOLÍCESE, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Publíquese y Archívese.FDO: Lic. Natalia Andrea Espin, Secretaria de Gobierno;
Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal.
1 día - Nº 261738 - s/c - 29/06/2020 - BOE

DECRETO N 0198/2020
Cosquín, 15 de mayo de 2020
VISTO:El Protocolo de flexibilización de la Actividad Física y Esparcimiento en la Provincia de Córdoba, de fecha 13/05/2020, emitido por el Centro de Operaciones de Emergencia C.O.E..
Y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 8 del DNU 408/2020 autoriza la realización de una BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

1 día - Nº 261740 - s/c - 29/06/2020 - BOE

DECRETO Nº 0199/2020
Cosquín, 15 de mayo de 2020
VISTO:La necesidad de contratar personal para prestar servicios en distintas áreas del municipio, por el periodo comprendido entre el 01/05/2020 y el 31/05/2020, ambas fechas inclusive.
Y CONSIDERANDO:
Que por imperio del artículo 49, inciso 17, de la Ley Provincial ? 8102
-Orgánica Municipal-, el Departamento Ejecutivo ejerce en el ámbito de su competencia, el control directo e inmediato de las designaciones, contrataciones y remociones de empleados de la administración a su cargo, de conformidad al estatuto y escalafón vigentes.
Que en consonancia con lo expresado, corresponde que la contratación de que se trata sea aprobada por el Departamento Ejecutivo Municipal, mediante acto administrativo expreso.
Que conforme lo diligenciado por Secretaría de Economía y Finanzas Públicas en cuanto a la disponibilidad de créditos presupuestarios, lo informado por Dirección de Personal y en uso de las atribuciones conferidas por Ley Provincial No 8102 Orgánica Municipal, D E C R ETA
Artículo 1.- CONTRATASE los servicios de las personas que a continuación se detallan, para el período comprendido entre el 01/05/2020 hasta el 31/05/2020, ambas fechas inclusive, quienes desempeñarán tareas
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 29/06/2020 - 5º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

CountryArgentina

Date29/06/2020

Page count4

Edition count1417

First edition31/07/2018

Last issue02/05/2024

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