Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/06/2020 - 5º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVI - TOMO DCLXVI - Nº 144
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 24 DE JUNIO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

5- Todo el personal deberá realizar una Capacitación obligatoria en Manipulación segura de Alimentos y Bromatología. Además se deberá capacitar acerca de cómo actuar ante posibles casos y contar con un Plan de contingencia.

18- Se debe demarcar vías diferentes para el ingreso y egreso del local, tanto como para el acceso a los baños.

RELATIVO A LAS MERCADERÍAS Y LOS PRODUCTOS

20- En caso de ser posible disponer de personal que regule el ingreso de personas y controle que no se sobrepase la capacidad máxima estipulada para el local.

6- Se deberá contar con un Registro de la Procedencia y Trazabilidad de cada uno de los insumos que se utilizan. En caso de recibir mercadería directamente en el local, mantener la distancia obligatoria con los transportistas. Desinfectar toda la mercadería que ingrese al establecimiento, tanto productos frescos como frutas, carnes o verduras, y empaques con solución de agua y lavandina según indicaciones del fabricante del producto.
7- Los alimentos deberán ser cocinados a temperaturas mayores a 70ºC.

19- Se deberán eliminar los lugares de uso común.

21- Desinfectar de manera constante las instalaciones y espacios que se utilizan para preparar y/o almacenar alimentos mesadas, heladera, electrodomésticos.
22- Los baños deben ser desinfectados luego de cada uso. Además, se deberá utilizar toallas descartables, jabones líquidos y dispenser de alcohol en gel.

RELATIVO A LOS CLIENTES
8- El contacto con los clientes deberá limitarse tanto como sea posible.

23- Instalar dispensers de desinfectante para uso frecuente de clientes y personal.

9- Cada establecimiento deberá dispensar alcohol en gel para limpieza de manos y desinfectar las suelas del calzado al ingresar.

24- La zona de Caja deberá contar con un divisorio transparente de acrílicovidrio u otro. Se recomienda priorizar el pago de manera digital.

10- Proveer de cartas o menúes digitales o a través de Código QR, colocar pizarras en paredes o ingreso al establecimiento y evitar el uso de cartas tradicionales.

25- En caso de cocinas de uso mixto familiar y comercial se deberán diferenciar bien los tiempos de utilización para cada uso, desinfectando al comienzo y final.

11- En caso de no ser posible, implementar cartas simples de una hoja plastificada, que puedan ser desinfectadas de manera constante.

RELATIVO AL PERSONAL

12- Priorizar el pago electrónico a través de QR o link de pago. En caso de ser con tarjetas o en efectivo desinfectar bien billetes y manos luego de manipular.
13- En caso de contar con servicio de delivery o para llevar, tanto la toma de pedidos como la espera deberá realizarse fuera del local.
14- El establecimiento deberá exhibir de manera obligatoria el sello de Establecimiento Seguro.
15- No se podrán disponer las mesas de manera anticipada ni colocar la vajilla. Tanto la vajilla como el mantel o individual deberán ser descartables.

26- Controlar la temperatura corporal de todo el personal diariamente al ingreso del establecimiento y realizar test olfativo y de gusto. Llevar un registro diario.
27- Proveer de elementos de protección barbijos, cofias, guantes, delantales, etc. como así también procurar el lavado y recambio de los mismos.
28- Recomendar uso de cabello corto o recogido y llevar uñas cortas. Evitar el uso de anillos, colgantes, aros, pulseras metálicas y maquillajes.
29- Se deberán lavar las manos al comenzar el trabajo y de manera frecuente, así como hacer uso continuo de alcohol en gel o solución de alcohol a 70%.

RELATIVO A LA INFRAESTRUCTURA

30- En caso de estornudar y/o toser alejarse de las preparaciones y hacerlo en el pliegue del codo. Lavar bien las manos antes de proseguir.

16- Los establecimientos deberán utilizar un máximo de hasta el 50% de su capacidad habitual, cumpliendo una distancia de 2,25 mts. entre mesas.
La capacidad máxima de cada mesa será de 10 personas, y se deberán diagramar circuitos para la circulación de personas.

Fdo.Luciana Salgado Presidente,Claudia Escalante Secretaria.Promulga por Decreto Nº40/2020 Fdo. por Oscar Musumeci Intendente,Juan Pablo Perucca Secretario de Gobierno y Asuntos vecinales,Susana Palacios Secretaria de Economia y Finanzas
17- Los manteles y servilletas deberán ser descartables.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

1 día - Nº 261465 - s/c - 24/06/2020 - BOE

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/06/2020 - 5º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

CountryArgentina

Date24/06/2020

Page count4

Edition count1416

First edition31/07/2018

Last issue30/04/2024

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