Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/03/2020 - 4º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS Y
CONTRATACIONES EN GENERAL

posible. Estará integrada por dos pruebas; cada prueba será eliminatoria.
Su no aprobación producirá la automática exclusión del Concurso.I - Prueba Teórica: Consistirá en una evaluación escrita por cada concursante a quien se le plantearán situaciones problemáticas, cuya resolución deberá ser elaborada situado desde el ejercicio efectivo del cargo directivo al que se postula. El tope máximo de puntaje para la prueba teórica será de treinta 30 puntos. El concursante deberá hacerse acreedor a un mínimo de quince 15 puntos para acceder a la siguiente etapa. Que en virtud de la Resolución N 1475/16 del Ministerio de Educación se dispensa de realizar la prueba teórica a los docentes que hubieren aprobado un concurso en los marcos legales citados, en idéntico cargo y nivel o modalidad, y no hubieren resultado adjudicatarios por falta de vacantes. Para lo cual, el aspirante deberá solicitar peronalmente el beneficio, presentando una nota ante Comision Permente de Concursos Colon N 935 Pisoo vía email a: concursodocenteadultosley10237@gmail.com dirigida en ambos casos al Jurado Intrerviniente; consignando en la misma: Nivel, N de Resolución de Convocatoria de Concurso Aprobado y Cargo para el cual aspiró en dicho concurso. En este último caso, deberá presentar dicha nota en la primera Instancia Concursal Presencial Entrevista Individual. II.- Prueba Práctica:
Presentación del Proyecto Institucional con propuestas de mejora según corresponda al cargo directivo que se postula: Observación, Proyecto y Entrevista. El tope máximo de puntaje para la prueba práctica será de cincuenta 50 puntos. El concursante deberá hacerse acreedor a un mínimo de veinticinco 25 puntos para acceder a la siguiente etapa. La misma constará de tres momentos: Momento Uno.- Observación del funcionamiento del Centro Educativo que se concursa. El concursante deberá contar con sus propios instrumentos de observación y recolección de información, a fin de registrar en los mismos todos los datos que considere significativos para dar cuenta de las dimensiones observadas. Los instrumentos elaborados con la información relevada se enviaran al Jurado en formato digital al finalizar la observación a los efectos de su visado, acompañado del comprobante de su asistencia al centro educativo. Momento Dos.- Proyecto Institucional con Propuestas de Mejora Deberá contener: 1
Una apreciación diagnóstica del Centro Educativo en su conjunto que se concursa, que identifique las fortalezas y problemáticas más significativas y relevantes teniendo en cuenta las dimensiones pedagógica, institucional, política y cultural; con una jerarquización de las fortalezas y problemas detectados y que serán abordados en el Proyecto. 2Definición de metas logros esperados, que configuren las Propuestas de Mejora en las cuatro dimensiones abordadas; las que deberán ser viables y pertinentes a las posibilidades Institucionales. 3 Pertinencia y coherencia de los aportes teóricos y metodológicos de la propuesta y su vinculación con las políticas educativas vigentes 4 El mencionado proyecto deberá presentarse al jurado en formato digital .Momento Tres Entrevista Para esta instancia evaluativa, en donde el concursante efectuará la presentación y defensa del Proyecto de Dirección o Vice dirección, según corresponda, se tendrá en cuenta: 1 Mirada en perspectiva que implique las dimensiones pedagógica, institucional, política y cultural; y de las relaciones entre ellas; 2 Argumentación teórica que dé razones coherentes de las propuestas;3 Estructura de la Exposición: claridad, uso del vocabulario técnico y esquema de presentación; 4 Materiales y recursos, distribución del tiempo; 5 Coherencia entre el informe escrito y la defensa oral. Cada Prueba será eliminatoria, su no aprobación producirá la automática exclusión del concurso.- Artículo 3.-DISPONER que los adjudicatarios de los cargos concursados deberán tomar posesión de los mismos según Art. 48 del Decreto N
930/15. Artículo 4.-DETERMINAR que en el puntaje de antecedentes, no se considerará la antigedad docente ni el título docente, ni otros títulos, salvo los especificados en el Apartado A de la presente Resolución. A los BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

AÑO CVII - TOMO DCLXIII - Nº 62
CORDOBA, R.A. JUEVES 19 DE MARZO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

efectos de la asignación de puntaje, únicamente serán evaluados y clasificados los títulos y antecedentes que taxativamente se especifican en los apartados siguientes. A TÍTULOS ESPECÍFICOS TÍTULOS ACADÉMICOS DE NIVEL UNIVERSITARIO o DE NIVEL SUPERIOR, otorgados por instituciones oficiales y privadas adscriptas o incorporadas a la enseñanza oficial, referidos a la conducción y/o gestión del Sistema Educativo, debidamente reglamentados y/o registrados según lo dispuesto en el Decreto N570/82. Si la carrera posee cuatro 4 o más años de duración 5,00 puntos Si la carrera posee tres 3 años de duración 4,00 puntos Si la carrera posee dos 2 años de duración 3,00 puntos A FORMACIÓN DE POST
GRADO 1.- Postítulos específicos en conducción y gestión educativa referidos al nivel.- Actualización del Instituto Superior de Gestión y Conducción del Sistema Educativo de la Provincia de Córdoba ISEP 3,00 puntos Actualización otras Instituciones 2,00 puntos - Especialización ISEP 4,00
puntos - Diplomatura Superior - ISEP 4,50 puntos - Diplomatura Superior otras Instituciones 4,00 puntos 2.- Posgrados específicos en conducción y gestión educativa referidos al nivel. Especializaciones 3,00 puntos
Maestrías 4,00 puntos Doctorados 5,00 puntos No se acumulara el puntaje de los posgrados y pos títulos correlativos anteriores cuando se haya valorado el superior. C CAPACITACIÓN PARA LA GESTIÓN DIRECTIVA
Y DE SUPERVISIÓN, REFERIDOS EXCLUSIVAMENTE A LA CONDUCCIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO y en cuyo enunciado exprese: CAPACITACIÓN DIRECTIVA. 1.- Sólo se valorarán los cursos o dispositivos de formación que posean una antigedad no mayor a los diez 10 años con referencia a la fecha de inicio de la inscripción de los concursantes y hasta treinta 30 días anteriores a la misma. Deberán computar un mínimo de cuarenta 40 horas presenciales, y ochenta 80 horas semipresenciales, aprobados por la Red Provincial de Formación Docente Continua, con evaluación aprobada en forma definitiva los cuales se valorarán con los criterios y requisitos del Art 10 del Decreto Nº N257/19 en tanto no sean establecidos por el presente, Decreto N 1605/03 y 1043/17 y Resoluciones Ministeriales N 1506/03 y 67/05 y sus modificatorias y/o ampliatorias. 2.Se considerarán los dispositivos de formación Seminarios, Congresos o Jornadas - que no queden encuadradas en el ítem anterior que posean una antigedad no mayor a los diez 10 años con referencia al inicio de la inscripción de los concursantes y hasta treinta días anteriores a dicha fecha. Estas deberán ser referidas exclusivamente a la CONDUCCIÓN Y
GESTIÓN EDUCATIVA en cuyo enunciado exprese CAPACITACIÓN DIRECTIVA, con un tope máximo de tres 3 puntos. Desde el 05/07/2011 las mismas deben contar con aprobación de la Red Provincial de Formación Docente Continua y en todos los casos serán valoradas con los criterios y requisitos del Art 10 del Decreto N257/19 cada hora reloj del Dispositivo de Formación se valorara con un puntaje de 0,017pts, Dcto. 1605/03, las Resoluciones Ministeriales N 398/11 y 1506/03, Dcto 1043/ 17 y sus modificatorias y/o ampliatorias.
CONCURSO DIRECTIVO DE ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN DEL NIVEL QUE SE CONCURSA CORRESPONDE: 1.- Para cargos Directivos de Institutos de Nivel Medio de la D.G.E.J. y A. y otras denominaciones de la Provincia de Córdoba Concurso ganado 2,5 puntos Concurso aprobado 1,5 puntos 2.- Para cargos directivos de otros Niveles dependientes del Ministerio de Educacion de la Provincia de Cordoba. Concurso ganado 1,00 punto Concurso aprobado 0,50
puntos En ningún caso se acumulará al puntaje del concurso ganado el puntaje del concurso aprobado, cuando se trate de una misma convocatoria concursada. D JURADO DE CONCURSO Participación en convocatorias a concursos de títulos, antecedentes y oposición dependientes del Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba en calidad de miembros de jurados y que se hubieren desempeñado efectivamente en esas funciones. En cualquier nivel 1, 00 punto, con un tope máximo de tres 3

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/03/2020 - 4º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

CountryArgentina

Date19/03/2020

Page count28

Edition count3993

First edition01/02/2006

Last issue14/06/2024

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