Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/03/2006 - 4º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

BOLETÍN OFICIAL

Córdoba, 16 de Marzo de 2006

4

SECCIÓN:

OFICIALES

AÑO XCIV - TOMO CDXCIV - Nº 32
CORDOBA, R.A. JUEVES 16 DE MARZO DE 2006

Y

LICITACIONES

OFICIALES
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE AGUA Y SANEAMIENTO
El Director de la Dirección Provincial de Agua y Saneamiento en Expt. Nº0416-031919/2002
- Municipalidad de Bialet Masse s/Determinación de Línea de Ribera, EMPLAZA por un término de 30 días a los propietarios colindantes: 1- C.L.I.M.A S.R.L. 2- Antonio Pérez Ortuño. 3- Cecilia Pacha. 4- María Estela Altolaguirre. 5- José Jorge Chalupp. 6- Valentín Juan Murua. 7- Néstor R. Olmos. - Suc. de Néstor M. Olmos y Edith A.E. Olmos de Olmos Onésimo Olmos y Mariano Moreno. 8- María Zulema Bertolina Farías. 9- Beatriz Magdalena Dipp. 10- Ovidio Pedro Rodríguez y Carlos Francisco Rodríguez. 11- Edmundo Rómulo Zanchet. 12- Elías E. Abrahan y otros. 13- Juana Elisa Olmos de Santillan. 14- Vicente Bibiano De Faveri. 15- René Osvaldo Tallapietra. 16- Agustin Ramón Ordoñez. 17- María Josefina Revellino de Cotos. 18- Delmira López de Papucchi, a fin de que manifiesten su conformidad ante la determinación de Línea de Ribera definitiva solicitada por la Municipalidad de Bialet Masse o formulen las objeciones técnicas que consideren procedentes ante el Sector Tierras de esta Repartición.
3 días - 4127 - 20/3/06.POLICIA DE CORDOBA
Comisaría Primera En la ciudad de Córdoba, a los 27 días del mes de febrero del año dos mil seis, el funcionario policial que suscribe Oficial Jefe a cargo de la Comisaría Primera, Comisario Julio Alberto Silva, hace constar: que de acuerdo a lo estipulado en la Orden del Día Nº 6143
de fecha 5/10/84 Anexo por este acto se notifica formalmente a los Derechos Habientes del agente f Danilo Hipólito Ledesma MI Nº 13.225.575, Visto: el presente expediente Nº 0002024530/02 en el que se tramita el supuesto accidente de Trabajo sufrido por el Agente de la Policía de la Provincia Danilo Hipólito Ledesma F Y Considerando: que el día 18 de agosto de 2001 se habría accidentado en su vehículo el agente de referencia, en horas de la mañana luego de finalizar un servicio adicional prestado en el Púb. "La Juana" Que de las constancias de autos surge que no se encuentran acreditados la prestación real y efectiva de servicios, el horario en que debía ser cumplido por el causante como tampoco las circunstancias de tiempo, modo, lugar y personas en que se habría producido el hecho denunciado. Que las pobranzas deben ser concluyentes sin dejar lugar a dudas de que se hayan cumplido los requisitos establecidos en la Ley ya que el accidente "in itinere" ocurre sin el posible control de la patronal a quien se hace responsable de sus secuelas. Que la Dirección General de Personal como Organo de Control de Legalidad considera que no surgen elementos suficientes como para concluir que el hecho denunciado se produjo en ocasión y con motivo del trabajo, atento a que no existen testigos presenciales u otra prueba independiente que permita acreditar las circunstancias de modo, tiempo, lugar y personas en que habría ocurrido el mismo. Que en consecuencia corresponde en la instancia, desestimar la pretensión indemnizatoria deducida en autos. Por ello, lo dictaminado por la Dirección General de Personal bajo el Nº 1057/04, lo informado por el Departamento Jurídico del entonces Ministerio de Seguridad y en uso de las atribuciones conferidas por Decreto Nº 46/05. La Secretaría General de la Gobernación y Control de Gestión Resuelve: Artículo 1º: Desestímase la denuncia de accidente de trabajo formulada por el Agente de la Policía de la Provincia de Córdoba Danilo Hipólito Ledesma F MI Nº 13.225.575 en razón de no haberse aportado elementos suficientes para determinar la naturaleza laboral del infortunio. Artículo 2º Protocolícese, dése intervención a la Dirección General de Personal de la Provincia, comuníquese, notifíquese y archívese. Resolución Nº 001655/05 firma ilegible. Cra. María del Carmen Poplawski, Secretaría General de la Gobernación y Control de Gestión. Notificado.
5 días - 2369 - 22/3/2006 - s/c POLICIA DE CORDOBA
C.A.P. Distrito V
Visto: el Expte. Nº 0002-027050/05 del Registro de la Policía de la Provincia de Córdoba. Y

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialweb@cba.gov.ar Considerando: Que a fs. 2 obra la renuncia presentada por el Cabo 1º de la Policía de la Provincia, Santiago León, por razones particulares. Que la baja en cuestión deberá operar a partir del 6 de julio de 2005, luego de usufructuar las licencias pendientes de goce, según Registro de la Institución Policial a fs. 7. Que obra en autos, Informe del Tribunal de Conducta Policial donde surge que el agente registra sumario administrativo, identificado bajo el Nº 44/A/03, iniciado con fecha 27 de junio de 2003, aún no resuelto. Que obra Dictamen Nº 542/05 de la Dirección de Asesoría Letrada de la Policía de la Provincia, haciendo lugar a la baja peticionada. Por ello, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Justicia y Seguridad bajo los Nros. 233/05, la intervención de la Dirección General de Personal de la Provincia a fs. 29, las previsiones del Decreto Nº 249/04 y su ampliatorio Decreto Nº 46/05 y el procedimiento dispuesto por Resolución 33/04
de la entonces Secretaría General de la Gobernación y de Información Pública, La Secretaría General de la Gobernación y Control de Gestión resuelve: Artículo 1º: Acéptase a partir del 1 de agosto de 2005, la renuncia por razones particulares, presentada por el Cabo 1º de la Policía de la Provincia Santiago León MI Nº 23.821.856, Clase 1974 y en consecuencia dése la baja del referido agente por la causal prevista en el Artículo 77 inciso e de la Ley 6702, sin perjuicio de transformarse la misma en una medida segregativa de resultarle adversa la resolución de las actuaciones judiciales y/o administrativas seguidas en su contra. Artículo 2. Protocolícese, dése intervención a la Dirección General de Personal de la Provincia, comuníquese, notifíquese y archívese. Debajo a la derecha, firma ilegible con sello aclaratorio Cra. María del Carmen Poplawski, Secretaría General de la Gobernación y Control de Gestión.
5 días - 2497 - 22/3/2006 - s/c D.E.M.E.S.
El Sr. Director de la D.E.M.E.S. y la Mesa de Entradas, Notifican: "Córdoba, 14 de diciembre de 2005. En el día de la fecha, la Mesa de Entradas de la D.E.M.E.S. notifica del Decreto Nº 1941/03, correspondiente al expediente Nº 0110-94024/00 caratulado: Iniciador: D.E.M. y S.
Asunto: D-Comisión Evaluadora de Proyectos s/Levantamiento Disponibilidad de Sacheta, Adelina. Artículo 1º: Reconócense los servicios presentados por la docente Adelina Carmen Sacchetta MI Nº 5.748.213 en dos 2 horas cátedra de Física, correspondiente al Ciclo Básico Unificado, en el Instituto Provincial de Educación Media Nº 64 "Malvinas Argentinas"
desde el 7 de marzo de 2000 y hasta el 12 de marzo de 2001, en dos 2 horas cátedra de Química, correspondiente a la Formación General Básica en el Instituto Provincial de Educación Media Nº 202 "Dr. Luis Federico Leloir" desde el 7 de marzo de 2000 y hasta el 26 de setiembre de 2000 y en tres 3 horas cátedra -una de ellas por incrementode Física correspondiente a la Formación General Básica, en el Instituto Provincial de Educación Media Nº 176 "Granadero José Márquez" desde el 7 de marzo de 2000 y hasta 1º de julio de 2000, todos los establecimientos de Capital y dependientes de la Dirección de Educación Media, Especial y Superior - Ministerio de Educación y Decláranse de legítimo abono los haberes adeudados en la hora de cátedra incrementada, en virtud de los servicios prestados por ese concepto. El egreso, de acuerdo con lo informado por la Gerencia de Administración del Ministerio de Educación a fs. 55 y 56, por la suma de Pesos Ciento Veintidós con Setenta y Nueve Centavos $ 122,79, se imputará al P.V. Jurisdicción 1.35, Programa 352, Partidas:
Principal 01, Parcial 01, Subparcial 99, Deuda de Ejercicios Vencidos correspondiéndole percibir a la docente la suma de Pesos Setenta y Seis con Noventa y Seis Centavos $ 76,96
y conforme con la determinación de sueldo líquido y los aportes a deducir consignados a fs.
50 por la Gerencia de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, efectuándose el pago por Planilla General de Sueldos. Artículo 2º. Dispónese la sustanciación de una investigación administrativa a fin de establecer y deslindar las responsabilidades en que podrían haber incurrido quienes intervinieron o debieron intervenir en la tramitación de autos, atento a la necesidad de declaración de legítimo abono de que se trata. Artículo 3º. El presente decreto será refrendado por la señora Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado. Artículo 4º. Protocolícese, dése a la Dirección General de Personal, comuníquese, publíquese en el BOLETIN OFICIAL y archívese.
5 días - 3339 - 22/3/2006 - s/c MINISTERIO DE FINANZAS

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/03/2006 - 4º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

CountryArgentina

Date16/03/2006

Page count3

Edition count3958

First edition01/02/2006

Last issue27/04/2024

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