Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/07/2021 - 3º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXIX - Nº 136
CORDOBA, R.A., LUNES 5 DE JULIO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

SOCIEDADES - PERSONAS JURÍDICAS
ASAMBLEAS Y OTRAS

rán las anifestaciones efectuadas, el sentido de las votaciones y su resultado, con expresión completa de las decisiones adoptadas. El quórum para cualquier reunión se forma con la presencia de los/las accionistas que representen más de la mitad del capital social. Las decisiones sociales que tiendan a introducir modificaciones en el contrato social deben ser tomadas por decisiones de más de la mitad del capital social. Las resoluciones sociales que no conciernen a la modificación del contrato, la designación o revocación de administradores o representantes se adoptarán por mayoría del capital presente en la reunión. FISCALIZACIÓN ARTICULO 10: La sociedad prescinde de órgano de fiscalización, adquiriendo los accionistas las facultades de contralor conforme al Art.
55 Ley 19550. BALANCE - DISTRIBUCIÓN DE
UTILIDADES ARTICULO 11: El ejercicio social cierra el día 31 de Mayo de cada año. A esa fecha se confeccionarán los estados contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas de la materia. ARTICULO 12: Las ganancias realizadas y liquidas se destinarán: a el cinco por ciento, hasta alcanzar el veinte por ciento del capital suscripto, para el fondo de la reserva legal, b la remuneración del órgano de administración y representación, en su caso, c a reservas facultativas, conforme lo previsto en el articulo 70 in fine de la Ley 19.550, d a dividendos de las acciones preferidas, y con prioridad los acumulativos impagos, e a dividendo de acciones ordinarias, f el saldo, al destino que fije la reunión de socios/as.
ARTICULO 13: Los dividendos deberán ser pagados, en proporción a las respectivas integraciones, dentro del ejercicio en que fueron aprobados.
DISOLUCIÓN - LIQUIDACIÓN ARTICULO 14:
Disuelta la sociedad por cualquiera de las causales previstas por el artículo 94 de la Ley 19.550, la liquidación será practicada por la o las personas designadas como liquidadores/as por el órgano de gobierno, quienes deberán actuar conforme a lo dispuesto en los artículos 101, siguientes y concordantes de la Ley19.550. Las personas nombradas en este acto, DIEGO NICOLAS MORELLO, con domicilio especial en Calle Juan B Justo 137, de la ciudad de Bell Ville, Departamento Union, de la Provincia de Cordoba, República Argentina, PAOLA MARTA RINALDI TRILLO, con domicilio especial en Calle Juan B Justo 137, de la ciudad de Bell Ville, Departamento Union, de la Provincia de Cordoba, República Argentina, y el Sr. Representante DIEGO NICOLAS MORELLO , con domicilio especial en Calle Juan B Justo 137, de la ciudad de Bell Ville, Departamento Union, de la Provincia de Cordoba, República Argentina, aceptan en forma expresa la designación propuesta, respectivamente, bajo responsabilidad de ley, se notifican del tiempo de duración de los mismos y
manifiestan, con carácter de declaración jurada, que no les comprenden las prohibiciones e incompatibilidades de ley. Con lo que finaliza el acta en el lugar y fecha consignados al comienzo del acto, autorizando expresamente a los/las administradores/as a obligar a la sociedad respecto de los actos necesarios para su constitución y a realizar los actos propios de la explotación del objeto social durante el período fundacional. Una vez inscripta la sociedad, las obligaciones emergentes serán asumidas de pleno derecho por la sociedad, teniéndose como originariamente cumplidos por ésta y liberando a los/las accionistas y al órgano de administración de toda responsabilidad. Autorizar a DIEGO NICOLAS MORELLO, D.N.I. N
30.627.686, CUIT/CUIL N 20-30627686-8, con domicilio legal constituido en Calle Juan B Justo 137, Provincia de Córdoba, para que realicen todos los trámites necesarios para lograr la conformidad administrativa y la inscripción en el Registro Público del presente instrumento, facultándolos/
as para presentar y retirar documentación, realizar depósitos bancarios y extraerlos, aceptar las observaciones que formule la Dirección General de Personas Jurídicas y proceder con arreglo a ellas y, en su caso, para interponer los recursos que las leyes establecen.
1 día - Nº 321768 - $ 10691,40 - 05/07/2021 - BOE

LA GARRIGUELLA SRL
BELL VILLE
ACTA ASAMBLEA ORDINARIA DE SOCIOS.
NUMERO DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE: En la ciudad de Bell Ville, Provincia de Córdoba a los catorce 14 días del mes de mayo de dos mil veintiuno, siendo las 12:00 horas, se reúnen en la sede social de LA GARRIGUELLA SRL, CUIT
Nº 30-70878894-1, sita en Los Fresnos Nº 1124, los socios Ana Elena Agustina PINOTTI, DNI
5.970.167, con domicilio en calle Los Fresnos Nº 1124 de la ciudad de Bell Ville, Hugo Pedro Jose PINOTTI, DNI N 10.050.983 con domicilio en Vallejos Nº 2578, Ciudad Autónoma de Buenos Aires Capital Federal-, Daniel Jesus PINOTTI, DNI N 13.647.813 con domicilio en Mitre Nº 138, Bell Ville y la Sra. Alicia Maria Agustina PINOTTI, DNI N 5.636.017, con domicilio en calle Dorrego Nº 241 y considerando que estos representan la totalidad del capital social con derecho a voto, a efectos de tratar el siguiente orden del día: 1 Verificación del Quórum, 2 Elección del presidente y secretario de la reunión. 3 Cesión de Cuotas cesión del capital social del Sr. Hugo Pedro Jose PINOTTI, DNI N 10.050.983. 4 Modificación del contrato social y por ultimo. 5 la aprobación del acta Aprobación del acta. PRIMERO: Puesto a
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consideración el primer punto del orden del día, y considerando que se encuentra plenamente integrado el capital social con los socios presentes, se designa como presidente y secretario de la reunión a las Sras. Ana Elena Agustina PINOTTI y Alicia Maria Agustina PINOTTI, respectivamente, identificados como aparece al pie de sus firmas, quienes toman posesión de sus cargos. SEGUNDO: El señor Hugo Pedro Jose PINOTTI, DNI N
10.050.983, que posee veinticinco 25 cuotas sociales, viene a la presente y manifiesta que por razones de índole particular cede, vende y transfiere las acciones que detentó hasta la fecha, al Sr. Daniel Jesus PINOTTI, cede, vende y transfiere ocho 08 cuotas sociales, a al Sra. Ana Elena Agustina PINOTTI cede, vende y transfiere ocho 08 cuotas sociales y a la Sra. Alicia Maria Agustina PINOTTI cede, vende y transfiere nueve 09 cuotas sociales, todas de PESOS DOCE MIL
$12.000 cada cuota social. A su vez manifiesta que se encuentran saldados todos sus derechos a retribución sobre los servicios prestados y aún a los beneficios eventuales sobre ejercicios anteriores. Se conviene como precio de la presente cesión, venta y trasferencia la suma de PESOS
TRESCIENTOS MIL $300.000 que el cedente declara haber recibido por parte de los cesionarios con anterioridad a este acto. TERCERO: En virtud de la presente cesión y con relación a las cuotas sociales cedidas, el cedente, renuncia y subroga a favor de los cesionarios la totalidad de los derechos y obligaciones emergentes en su calidad de socio. CUARTA: Asimismo se deja constancia que dicha cesión se celebra con comunicación previa a la Gerencia y conformidad del Socio cedente quien suscribe la misma en prueba de conformidad y en el carácter de socio de LA
GARRIGUELLA SRL. QUINTA: Considerando que la cesión de cuotas sociales implica una modificación del contrato social en su clausula CUARTA del contrato social original, se establece lo siguiente: En base a la cesión realizada, la integración de las cuotas sociales queda asignada de la siguiente manera: CUOTAS SOCIALES: El Sr. Daniel Jesus PINOTTI, con TREINTA Y TRES
33 cuotas sociales, la Sra. Ana Elena Agustina PINOTTI con TREINTA Y TRES 33 cuotas sociales y por ultimo la Sra. Alicia Maria Agustina PINOTTI, con TREINTA Y CUATRO 34 lo que alcanza al total de CIEN CUOTAS SOCIALES
de valor nominal originario, sin modificar su valor, cada una. SEXTA: Cualquiera de las partes facultada para requerir las inscripciones registrales de la presente cesión de cuotas sociales. SEPTIMA:
Para todos los efectos legales emergentes de este contrato, las partes dejan constituidos sus domicilios en los precedentes indicados, renuncian en forma expresa al fuero federal y a cualquier otro
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/07/2021 - 3º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

CountryArgentina

Date05/07/2021

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Edition count3924

First edition01/02/2006

Last issue27/04/2024

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