Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/11/2022 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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Las Malvinas son argentinas AÑO CIX - TOMO DCXCV - Nº 223
CORDOBA, R.A., VIERNES 4 DE NOVIEMBRE DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

de abonar los gastos de correspondencia, bajo apercibimiento art. 29, Ley 24.522, sin perjuicio de mayores gastos que requiera el síndico a tales efectos, los que deberán ser depositados al Banco de la Provincia de Córdoba, Sucursal Tribunales, a la orden de este Tribunal y para estos autos Cuenta Nº 322/4241409; CBU:
0200322951000004241492. 9 Fijar como plazo tope para que los acreedores presenten sus pedidos de verificación y títulos pertinentes ante la Sindicatura, el día 5 de diciembre de dos mil veintidós 05/12/2022.- 10 Fijar como fecha hasta la cual el Síndico podrá presentar el Informe Individual del art. 35 L.C.Q., el día veintitrés de febrero de dos mil veintitrés 23/02/2023.11 Establecer como fecha para el dictado por el Tribunal de la resolución de Verificación de créditos a que alude el art. 36 L.C.Q. el día 9
de marzo de dos mil veintitrés 09/03/2023, la que constituirá asimismo la fecha a partir de la cual se computará el plazo a los fines del art. 37
L.C.Q.- 12 Fijar como fecha para la presentación por la concursada de la propuesta fundada de agrupamiento y clasificación en categorías art.
41 L.C.Q. el día 4 de abril de dos mil veintitrés 04/04/2023. 13 Fijar como fecha para la presentación del Informe General por el Síndico art.
39 L.C.Q., el día diez de abril de dos mil veintitrés 10/04/2023.- 14 Fijar como fecha para el dictado de la Sentencia de Categorización prevista en el art. 42 L.C.Q., el día diez de mayo dos mil veintitrés 10/05/2023.- 15 Fijar como fecha para hacer pública en el expediente el ofrecimiento de una propuesta de acuerdo preventivo art. 43 L.C.Q. el día 8 de septiembre de dos mil veintitrés 08/09/2023.- 16 Fijar el período de exclusividad computado conforme lo dispone el art. 43 L.C.Q., en noventa 90 días; la audiencia informativa, en consecuencia, se llevará a cabo, de corresponder, el día 29 de septiembre de dos mil veintitrés 29/09/2023 a las 10:00 hs., por ante la sede de este Tribunal, o en el lugar que este indique en esa oportunidad; en caso de que por cualquier causa dicho día resulte inhábil, se celebrará el día hábil siguiente, en el mismo lugar y horario. 17 Ordenar a la concursada la publicación de edictos en el Boletín Oficial en la forma prevista por el art. 27 bajo la previsión del art. 28, 2 parte de la L.C.Q., y en el diario Democracia de amplia circulación en esta Ciudad, bajo apercibimiento art. 30, LCQ. 18 Notifíque-

lores, Pcia. de Córdoba Tel. 0351- 153857671, correo electrónico: aleja1701@hotmail.com.
Villa Dolores, 27/10/2022. Larghi de Vilar, María Alejandra, Secretaria.-

SENTENCIA NUMERO: 84. RIO TERCERO, 20/10/2022. Y VISTOS: estos autos caratulados COMPAÑIA QUIMICA ADRIFA S.R.L. QUIEBRA PROPIA, Expte. 11342210- c on fecha 20
de octubre del corriente año, comparece la Sra.
Adriana Beatriz del Valle GASTAUDO, D.N.I Nº 16.311.893, argentina, mayor de edad, de estado civil casada, de profesión comerciante, constituyendo domicilio en calle Esperanza N 614 de esta ciudad de Río Tercero, en su carácter de Gerente de COMPAÑÍA QUIMICA ADRIFA SRL, con el patrocinio letrado del Dr. JOSE F. FERRERO, M.P. 10-084, conforme documental que adjunta y acredita el carácter invocado, en consecuencia y de conformidad a lo dispuesto por el artículo 77 inc. 3º, comparece y solicita la declaración de propia quiebra de su representada, COMPAÑÍA QUIMICA ADRIFA SRL. Dentro de los motivos de su presentación relata que la Compañía Química Adrifa se trata de una empresa familiar fundada el 21 de diciembre de 1968, dedica principalmente a la fundición de aluminio, su padre el fundador de la misma, Sr Never Oscar Gautaudo, desde muy joven se desempeñó en la actividad metalúrgica y más específicamente en la de fundición de aluminio, dando inicio a un pequeño establecimiento en esta ciudad e Río Tercero, para luego con el correr de los años instalarse definitivamente en la ciudad de Almafuerte desde el año 1.999, en terrenos propios de su representada en los que se levantó la estructura en la que se desarrollaba toda su actividad. Agrega que la Compañía Química Adrifa estuvo dedicada principalmente a la fabricación en aluminio de quemadores para cocina hornallas, sean estas domiciliarias o gastronómicas, como así también de otras piezas solicitadas especialmente por empresas dedicadas a la producción de elementos para la extracción de petróleo y otros derivados; manifiesta que los clientes más importantes de sui representada se encuentran radicados en la ciudad de Córdoba, Rosario y Buenos Aires. Aduce que durante el transcurso del año 2018 su representada pasó por algunos inconvenientes relacionados funda-

de las órdenes de compra solicitadas hasta el mes de febrero 2020 inclusive. A consecuencia de ello lo decido por Domec repercutió de manera negativa tanto en el aspecto productivo como en la situación económico financiera de la Compañía, lo que produjo un desequilibrio económico financiero de su representada. En dicho contexto, a fin de no incrementar deudas y atento la falta de trabajo existente en el establecimiento se decidió el despido del personal en relación de dependencia a partir del día 31/01/2019; luego de esto ocurrió aquello que nadie pudo prever, la pandemia, lo cual no hizo más que agudizar la situación de crisis de la empresa. Finalmente manifiesta que en actualidad la dirección de la empresa se encuentra analizando la posibilidad de reencausar la actividad, si bien siempre dentro del rubro metalúrgico, pero ya no a la fundición de aluminio y fabricación de piezas con dicho metal, sino a la fabricación de muebles de hierro, madera y otras materias afines, tales como mesas, modulares, sillas y sillones para exterior e interior, etc. Todo lo relatado hizo caer a la empresa en un estado de Cesación de pagos, y por ello se optó en asamblea por el procedimiento falencial, por ello el estado de cesación de pagos se exterioriza al momento de efectuar esta presentación, de conformidad al artículo 78
de la ley 24.522. Acompaña el Estado detallado y valorado del activo y pasivo con informe de estado de situación patrimonial e informe, ambos suscriptos por contador público. Se acompañan por adjunto escrituras de los lotes que componen el inmueble en el que se encuentra asentada la fábrica, también se acompaña -anexo Nº 3 la que ha sido confeccionada de conformidad al art.
11 inc. 5 ley 24.522, por la remisión prevista en el art. 86 del mismo cuerpo legal y legajo acreedores se acompaña en un archivo adjunto por cada acreedor-. Denuncia los Procesos judiciales de contenido patrimonial-anexo Nº 4 y Libros y balance, acompaña por adjunto balances correspondientes a los períodos 2016, 2017 y 2018, manifestando que no ha podido encomendar la confección del balance correspondiente al año 2019, por falta de fondos y respecto de los años siguientes hasta la fecha ya no ha desarrollado más actividad. Agrega que empleados en relación de dependencia no tiene y declara que nunca antes de esta presentación mi representada ha solicitado concurso de acreedores, ni me ha
se a la Dirección General de Rentas la presente resolución art. 49, inc. 10 del C.T.P..- Protocolícese, hágase saber y agréguese copia. Fdo.:
Cuneo, Sandra Elizabeth, Jueza.- Asimismo se hace saber que el 27/10/2022 aceptó el cargo la Síndico sorteada, Cra. Alejandra Elisa Blangino, con domicilio en Felipe Celli N 386, Villa Do-

mentalmente a la economía general del país y en el segundo trimestre del año 2019 se produjo un cambio favorable al rubro de mi representada, pero lamentablemente en el mes de septiembre 2019, la empresa Domec Compañía de Artefactos Domésticos S.A. que compraba prácticamente el 90% de la producción canceló la totalidad
sido solicitada o declarada su quiebra. Acompaña acta por la que los socios por unanimidad resuelven presentar la quiebra de mi representada.
Finalmente declara bajo juramento que la totalidad de la documentación que se acompañan por adjuntos se corresponde con sus originales y mantienen vigencia y en este estado solicita
5 días - Nº 416663 - $ 21440 - 07/11/2022 - BOE

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/11/2022 - 2º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

CountryArgentina

Date04/11/2022

Page count75

Edition count3606

First edition01/02/2006

Last issue11/05/2024

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