Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/01/2020 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVII - TOMO DCLXI - Nº 2
CORDOBA, R.A., VIERNES 3 DE ENERO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

a nombre de la Sra. María Yamila Merlo, DNI:
27.653.757, CUIT: 27-27653757-7, y la transferencia de la totalidad de los fondos depositados en las mismas a la Cuenta Judicial a abrirse conforme lo dispuesto en el punto XI del presente resuelvo. A dicho fin, líbrese oficio al Banco Central de la República Argentina para hacerle saber la declaración de la presente falencia y requerirle comunique a todas las entidades financieras del país lo aquí dispuesto. XIII Fijar como fecha para que se realice el sorteo de Síndico de la única lista existente en la Excma. Cámara Civil, Com., Laboral y Cont. Adm., el día 04 de Diciembre de 2019, a las 12:30 horas, debiendo notificarse al Consejo Profesional de Ciencias Económicas, sin el requisito de los arts. 59 y 155 del CPCC. XIV
Fijar como plazo tope para que los acreedores presenten sus pedidos de verificación y títulos pertinentes ante la Sindicatura, el día 17 de febrero de 2020. XV Fijar como fecha hasta la cual el Síndico podrá presentar el Informe Individual del art. 35 de la L.C.Q., el día 16 de marzo de 2020. XVI Establecer como fecha para el dictado por el Tribunal de la resolución de Verificación de Créditos a que alude el art. 36 de la L.C.Q. el día de 30 de marzo de 2020, la que constituirá asimismo la fecha a partir de la cual se computará el plazo a los fines del art. 37 de la L.C.Q. XVII Fijar como fecha tope para la presentación del Informe General por el Síndico art. 39 de la L.C.Q., el día de 11 de mayo de 2020. XVIII Intimar a la fallida para que, dentro del término de cuarenta y ocho horas, cumplimente acabadamente las disposiciones del art. 86 de la L.C.Q. y para que entregue a la Sindicatura los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad art. 88, inc. 4º id.. XIX Disponer la publicación de edictos por el término de cinco 5 días en el Boletín Oficial, con los alcances del artículo 89, tercer párrafo, de la Ley N 24.522. XX Notifíquese a la Dirección General de Rentas la presente resolución art. 40, inc. 10 del C.T.P.. XXI
Notifíquese el presente resolutorio a la Fiscalía de Instrucción de Segunda Nominación en su público despacho art. 154 del CPCC. Protocolícese, hágase saber y agréguese copia.- Fdo.: Sandra Elizabeth Cuneo, Jueza. AUTO NUMERO:
188. VILLA DOLORES, 04/12/2019. Y VISTOS:
Y CONSIDERANDO.. RESUELVO: 1 Ampliar la Sentencia Número 129 de fecha 22/11/2019
obrante a fs. 122/127 en el RESUELVO, debiendo adicionarse en el punto XII lo siguiente: Encomiéndese la confección y diligenciamiento de las piezas aquí ordenadas a la Sindicatura a designar.. 2 Rectificar la Sentencia Número 129 de fecha 22/11/2019 obrante a fs. 122/127 y dejar sin efecto lo expresado en el punto XXI del RESUELVO, debiendo en su lugar consignarse de
la siguiente forma: XXI Intimar a la fallida para que dentro de cuarenta y ocho horas constituyan domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del juzgado art.
88, inc. 7, de la L.C.Q. 3 Certifíquese por secretaría mediante anotación marginal por S.A.C. la existencia del presente decisorio.- Protocolícese, hágase saber y déjese copia en autos.- Fdo: Sandra Elizabeth Cuneo, Jueza. Asimismo se hace saber que el 20/12/2019 aceptó el cargo el Síndico sorteado, Cr. Raul Omar Sarmiento Zuccon, con domicilio en Edison nº 78, Villa Dolores cel:
03516525492. Villa Dolores, 23/12/2019. María Alejandra Larghi de Vilar, Sec.
5 días - Nº 246428 - $ 15834,85 - 03/01/2020 - BOE

La Sra. Juez de 1 Inst. y 29 Nom. C. y C. Concursos y Sociedades N 5 hace saber que en autos FIDEICOMISO INMOBILIARIO BALCONES DEL VALLE LIQUIDACION JUDICIAL
N8767227, por Sentencia N355 del 05/12/2019
se resolvió: I Ordenar la liquidación del Fideicomiso Inmobiliario Balcones del Valle, constituido mediante instrumento privado del 23/05/2005, en el marco del art. 1687 y cc. CCCN y normas pertinentes de LCQ IV Ordenar al fideicomiso y a los terceros que posean bienes de aquel, que dentro del plazo de veinticuatro horas los entreguen al órgano, bajo apercibimiento V Intímase a la fiduciaria para que cumplimente acabadamente los requisitos a que refiere el art.86 2do.
párrafo de la ley 24.522 VI Prohíbese a la fiduciaria a realizar pagos de cualquier naturaleza, haciéndose saber a los terceros que los perciban que los mismos serán ineficaces. Asimismo, prohíbese a los terceros efectuar pagos al fideicomiso, los que deberán realizarse por consignación judicial en los presentes autos. Asimismo se fijaron las siguientes fechas: hasta el día 31/03/2020
inclusive, para que los acreedores presenten las peticiones de verificación de sus créditos ante el órgano liquidador Cres. Luis Alberto Domínguez y Eugenio Claudio Brizuela; Coronel Olmedo Nº51, Cba.; Informe Individual: 30/06/20; Resolución art. 36 LCQ: 12/11/20; Informe General:
03/03/21. Of. 26/12/19.
5 días - Nº 246793 - $ 2415,55 - 08/01/2020 - BOE

La Sra. Jueza de 1 Inst. y 29 Nom. C. y C.
Concursos y Sociedades N 5 hace saber que en autos CABRERA, PATRICIO HERNANDO
QUIEBRA PROPIA SIMPLE, por Sentencia N364 del 13/12/2019 se resolvió: I Declarar la quiebra del Sr. Patricio Hernando Cabrera, DNI
31.217.679, CUIL Nº20-31217679-4, con domicilio en calle Catamarca Nº2058, planta baja, departamento G, barrio Alto General Paz de la ciudad de Córdoba IV Ordenar al fallido y a
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

los terceros que posean bienes de aquel que, dentro del plazo de veinticuatro horas, hagan entrega de los mismos a la Sindicatura, bajo apercibimiento. V Intimase al fallido para que cumplimente acabadamente los requisitos a que refiere el art. 86, 2º párrafo de la ley 24.522. VI
Prohíbese al fallido realizar pagos de cualquier naturaleza, haciéndose saber a los terceros que los perciban que aquellos serán ineficaces. Asimismo, prohíbese a los terceros efectuar pagos al fallido, los que deberán realizarse por consignación judicial en los presentes autos. Asimismo se fijaron las siguientes fechas: hasta el día 26/03/20 inclusive, para que los acreedores presenten las peticiones de verificación de sus créditos ante la Sindicatura Cra. Elizabeth Frances Esper, domicilio: Simón Bolívar Nº362, 3º piso, of. B, Cba.; Informe Individual: 13/05/20; Resolución art. 36 L.C.Q: 30/06/20; Informe General:
29/07/20. Of. 23/12/19.
5 días - Nº 246800 - $ 2388,90 - 08/01/2020 - BOE

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 28 a cargo de la Dra. María José Gigy Traynor, Secretaría nº 56 a cargo de la Dra.
Mercedes Arecha, sito en Montevideo n 546, Piso 3 de la C.A.B.A., hace saber por cinco 5
días, que en los autos caratulados: CORFOOD
S.A. S/QUIEBRA Expte. n 8762/2018 con fecha 29 de noviembre de 2019, se ha decretado la quiebra de CORFOOD S.A. CUIT 3071235202-3. Se ha designado como Síndico al Estudio Stupnik, Stupnik & Varnavoglou, con domicilio en la calle Paraná 783 Piso 9 C.A.B.A
Los acreedores que posean títulos posteriores a la presentación del concurso deberán presentar las insinuaciones de sus créditos antes del 20/03/2020 inclusive. La fecha de presentación del informe individual art. 35 LCQ es el 11/05/2020, mientras que el informe general se presentará el 24/06/2020. Se deja aclarado que los acreedores cuyos créditos ya han merecido tratamiento en la sentencia dictada durante el trámite del concurso preventivo en los términos de la LC. 36, no deben volver a insinuar esas mismas acreencias. Se intima al deudor para que entregue al síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad en el término de 24 hs. Se prohíbe a terceros hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. Se intima a la fallida y a terceros a que entreguen al síndico en 5 días los bienes del deudor que tuvieran en su poder. Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba por el término de 5 cinco días; publicación que deberá hacerse sin previo pago. Buenos Aires, 27
de diciembre de 2.019.
5 días - Nº 246897 - $ 5492,50 - 07/01/2020 - BOE

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/01/2020 - 2º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

CountryArgentina

Date03/01/2020

Page count18

Edition count3600

First edition01/02/2006

Last issue04/05/2024

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