Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/07/2019 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CVI - TOMO DCLV - Nº 126
CORDOBA, R.A., VIERNES 5 DE JULIO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

Sintonía, Pedanía Dolores, Departamento Punilla, Provincia de Córdoba, que de acuerdo al plano de sus antecedentes se designa como Lote 12 de la Manzan16, Nº de cuenta en D.G.R.
2301-10269531 inscripto en el Registro de la Provincia en la Matrícula N 735274, a nombre de Palmira Paganini. El bien se encuentra desocupado, según surge de la constatación de fs.61/63. El acto de subasta tendrá una duración de cinco 5 días hábiles y se iniciará el día 15 de febrero de 2019 , a las 11 hs., momento a partir del cual los usuarios registrados podrán efectuar sus posturas en el Portal de Subastas, finalizando el día 22 de febrero de 2019 a las 11 hs. Los usuarios registrados en el Portal podrán participar como postores. Atento la modalidad virtual no se admite la compra en comisión. Hágase saber al ejecutante que en caso de solicitar eximición de consignar hasta el importe de su crédito y sin perjuicio de aquellos de mayor privilegio, deberá inscribirse como postor art.21, segundo párrafo. El inmueble referido saldrá a la venta por la base propuesta, es decir, la suma de pesos Veintinueve mil setecientos treinta $29730.00.Se establece un monto incremental de pesos Tres mil $3000.00. Autorizase la publicidad adicional solicitada hasta la suma de pesos Dos mil doscientos $2200.00, con cargo de acreditar la misma y haciendo constar en los volantes que los interesados deberán inscribirse en el Registro General de Postores, dependiente de la oficina de Subastas Judiciales del Área Servicios Judiciales dependiente de la Administración General del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba. La oferta de quien resulte mejor postor deberá efectivizarse a través de las modalidades de pago autorizadas en el portal, debiendo el comprador abonar en el plazo de 24
hs. de finalizado el remate el veinte por ciento 20% del valor de su compra, con más la comisión de la ley al martillero, y el aporte del cuatro por ciento 4% sobre el precio de la subasta Fondo para la prevención de la violencia familiar, Art.24 Ley 9505, modif.por Decr.N480/14, y demás comisiones e impuestos que resulten a su cargo. El bien será adjudicado a quien hubiere realizado la mejor oferta, conforme el Reglamento de subastas electrónicas referenciado.
Una vez concluido el acto de subasta, y determinado el ganador, éste será notificado en su panel de usuario del Portal y -supletoriamentea la dirección de correo electrónico que hubiere denunciado al momento de su inscripción. El tribunal agregará al expediente, a requerimiento del Martillero, la constancia -como acta provisoria de subastadel resultado del remate. El adjudicatario deberá ratificar su compra compareciendo personalmente, o mediante escrito firmado
conjuntamente con su letrado patrocinante, o por vía de apoderado con facultad de representación, en un plazo máximo perentorio de tres 3 días hábiles de concluida la subasta. Efectuado el pago, y en caso de residir en extraña Provincia, el postor podrá solicitar por vía electrónica la prórroga de este plazo por un nuevo período, que en su caso será computado en forma correlativa. No constando en el Portal el pago por el adjudicatario en el plazo de 72 hs., será considerado remiso e informáticamente se dará aviso al segundo mejor postor para que proceda al pago. En su defecto, se dará aviso al tercer mejor postor, a iguales fines. En el caso de que ninguno de ellos mantenga su interés en la compra, la subasta se declarará desierta. Hágase saber que ante el incumplimiento del adjudicatario, la Dirección de Administración del Poder Judicial de Córdoba quedará habilitada para perseguir el cobro de la suma que resulte de calcular el veinte por ciento 20% del valor ofertado, en concepto de cláusula penal por incumplimiento de su oferta, según lo dispuesto por los artículos 974 y 790 siguientes y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación. TSJ, Ac.Regl.Nº155, Serie B 22/04/18. El saldo se , deberá abonar luego de aprobarse la subasta mediante transferencia electrónica art.30, última parte del Reglamento, bajo apercibimiento art.585 C.P.C.C.. En cualquier caso, de no aprobarse el remate antes de los treinta días desde la fecha de realizado, el saldo devengará un interés equivalente a la tasa pasiva para uso judicial que publica el B.C.R.A., con más el 2%
mensual y hasta su efectivo pago, que se considera adecuado para mantener la equivalencia entre el valor del bien objeto de la venta y su precio. Hágase saber que la cuenta a la vista para uso judicial para el expediente lleva el Nº20289801 CBU 0200315151000020289810
perteneciente al Banco de la Provincia de Córdoba, Sucursal Cosquín A.R.Nº91/2011, 114/2013 y 119/2013. Una vez verificado el pago por el tribunal en su Panel de Control, se procederá conforme lo establecido en el art.589 y conc. CPCC. Publíquese la existencia del remate en el Portal de Subastas del Poder Judicial durante un plazo mínimo de siete 7 días corridos TSJ, Ac.Regl.Nº 155, Serie B 22/04/18. Hága, se saber al martillero que deberá: A Publicar en el Portal una descripción detallada del inmueble, al menos 6 seis fotografías y 1 un video.
Además, fotografías de los informes de dominio, catastral, datos profesionales y de contacto del Martillero designado y todo otro dato que pueda resultar de interés y que surja de las constancias de autos. Ello deberá reflejar adecuadamente el estado, calidad y dimensiones del bien objeto
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del acto. B Responder adecuadamente las consultas de los interesados en el plazo de dos días de realizada la consulta en el Portal de manera , de que los interesados tengan real dimensión de las características del bien objeto de la venta. C
Presentar una cuenta de gastos tres días antes de la subasta art.53 inc.a de la citada ley; D
Rendir cuentas dentro del plazo de 10 días, en los términos y bajo el apercibimiento fijado por el art.13 inc.K de la Ley 7191. E Remitir, en el término de 3 días hábiles, por correo electrónico, a la casilla de correo subastas@justiciacordoba.
gob.ar, la planilla mencionada en el punto II de los Considerandos de dicho acuerdo -como archivo adjuntocon el asunto Informe AFIP Lue.
go deberá incorporar al expediente una constancia de esa remisión Ac.Regl.Nº124 Serie B del 07/10/2014; F Acreditar, en el plazo de 5 días de realizada la subasta, el diligenciamiento del oficio de comunicación del remate al Registro de Propiedad, haciéndolo responsable en los términos del art.58 y conc. de Ley 7191 y modif. G
Acreditar el pago del impuesto a la transferencia de inmuebles. Si correspondiera, además, el pago del I.V.A. H Efectuar los trámites de inscripción del bien subastado y las comunicaciones a los organismos Tributarios para la toma de razón del cambio de titular, en la forma ordenada por el art.28 del Reglamento de la oficina de subastas Ac.Regl.N1233/2014. Cumpliméntese las demás formalidades de ley. Notifíquese a las partes en los términos establecidos por el art.
571 del C.P.C.C. debiendo transcribirse el art.27
del Anexo I del A.R. Nº 155/218- Serie B. Tómese razón del presente en los autos homónimos ingresados según S.A.C. a los nº2284298 y 2284300. Fdo.Dr.Juan Manual Cafferata Juez Dra.Nilda Miriam Gonzalez Secretaria.OTRO DECRETO: Cosquín, 09/05/2019. Atento lo solicitado y razones invocadas, suspéndase la subasta designada para el día 2 de mayo del corriente año. Téngase presente lo normado por el art.27 del A.R.155-Serie B del 22/04/2018- Anexo I-. Fíjase nueva fecha de iniciación de subasta para el 24 de julio de 2019 a las once horas finalizando el día 31 de julio del presente año a las 11hs, rigiéndose por los términos establecidos en el proveído del 26/11/2018 y 05/02/2019. Notifíquese bajo la responsabilidad de la institución actora en la forma peticionada. Fdo.Dr.Juan Manual Cafferata Juez Dra.Nilda Miriam Gonzalez Secretaria 1 día - Nº 217169 - $ 3337,12 - 05/07/2019 - BOE

El martillero Alberto Juan Radatti comunica por 1 día que por cuenta y orden de FCA Compañia Financiera S.A. artículo 39 Ley 12.962 y conforme artículo 2.229 del Código Civil y Co-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/07/2019 - 2º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

CountryArgentina

Date05/07/2019

Page count50

Edition count3597

First edition01/02/2006

Last issue30/04/2024

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