Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/07/2019 - 2º Sección

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CVI - TOMO DCLV - Nº 122
CORDOBA, R.A., LUNES 1 DE JULIO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

Provincia en la Matrícula N 1.225.931 a nombre de Manuel Muñoz. El bien se encuentra desocupado, según surge de la constatación de f s. 56.
El acto de subasta tendrá una duración de cinco 5 días hábiles y se iniciará el día 6 de agosto del corriente año, a las 11 hs., momento a partir del cual los usuarios registrados podrán efectuar sus posturas en el Portal de Subastas, finalizando el día 13 de agosto a las 11 hs. Los usuarios registrados en el Portal podrán participar como postores. Atento la modalidad virtual no se admite la compra en comisión. Hágase saber al ejecutante que en caso de solicitar eximición de consignar hasta el importe de su crédito y sin perjuicio de aquellos de mayor privilegio, deberá inscribirse como postor art. 21, segundo párrafo. El inmueble referido saldrá a la venta por su base imponible, es decir, la suma de pesos Ciento veintiséis mil $ 126.000.Se establece un monto incremental de pesos Tres mil $3000.
Autorizase la publicidad adicional solicitada por la suma de pesos Un mil quinientos $ 1.500, con cargo de acreditar la misma y haciendo constar en los volantes que los interesados deberán inscribirse en el Registro General de Postores, dependiente de la oficina de Subastas Judiciales del Área Servicios Judiciales dependiente de la Administración General del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba. La oferta de quien resulte mejor postor deberá efectivizarse a través de las modalidades de pago autorizadas en el portal, debiendo el comprador abonar en el plazo de 24 hs. de finalizado el remate el veinte por ciento 20% del valor de su compra, con más la comisión de la ley al martillero, y el aporte del cuatro por ciento 4% sobre el precio de la subasta Fondo para la prevención de la violencia familiar, Art 24 Ley 9505, modif. por Decr. N 480/14, y demás comisiones e impuestos que resulten a su cargo. El bien será adjudicado a quien hubiere realizado la mejor oferta, conforme el Reglamento de subastas electrónicas referenciado. Una vez concluido el acto de subasta, y determinado el ganador, éste será notificado en su panel de usuario del Portal y -supletoriamentea la dirección de correo electrónico que hubiere denunciado al momento de su inscripción. Hágase saber que ante el incumplimiento del adjudicatario, la Dirección de Administración del Poder Judicial de Córdoba quedará habilitada para perseguir el cobro de la suma que resulte de calcular el veinte por ciento 20% del valor ofertado, en concepto de cláusula penal por incumplimiento de su oferta, según lo dispuesto por los artículos 974 y 790 siguientes y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación.TSJ, Ac. Regl. Nº 155, Serie B
, 22/04/18.El saldo se deberá abonar luego de
aprobarse la subasta mediante transferencia electrónica art. 32, última parte del Reglamento, El tribunal agregará al expediente, a requerimiento del Martillero, la constancia -como acta provisoria de subastadel resultado del remate.
El adjudicatario deberá ratificar su compra compareciendo personalmente, o mediante escrito firmado conjuntamente con su letrado patrocinante, o por vía de apoderado con facultad de representación, en un plazo máximo perentorio de tres 3 días hábiles de concluida la subasta. Efectuado el pago, y en caso de residir en extraña Provincia, el postor podrá solicitar por vía electrónica la prórroga de este plazo por un nuevo período, que en su caso será computado en forma correlativa. No constando en el Portal el pago por el adjudicatario en el plazo de 72 hs., será considerado remiso e informáticamente se dará aviso al segundo mejor postor para que proceda al pago. En su defecto, se dará aviso al tercer mejor postor, a iguales fines. En el caso de que ninguno de ellos mantenga su interés en la compra, la subasta se declarará desierta. El saldo se deberá abonar luego de aprobarse la subasta mediante transferencia electrónica art.
30, última parte del Reglamento, bajo apercibimiento art. 585 C.P.C.C.. En cualquier caso, de no aprobarse el remate antes de los treinta días desde la fecha de realizado, el saldo devengará un interés equivalente a la tasa pasiva para uso judicial que publica el B.C.R.A., con más el 2% mensual y hasta su efectivo pago, que se considera adecuado para mantener la equivalencia entre el valor del bien objeto de la venta y su precio. Procédase a crear una cuenta a la vista para uso judicial para el caso de que no exista una ya abierta para el expediente A.R.
Nº 91/2011, 114/2013 y 119/2013. Una vez verificado el pago por el tribunal en su Panel de Control, se procederá conforme lo establecido en el art. 589 y conc. CPCC. Publíquese la existencia del remate en el Portal de Subastas del Poder Judicialdurante un plazo mínimo de siete 7 días corridos TSJ, Ac. Regl. Nº 155, Serie B 22/04/18. Hágase saber al martillero que , deberá: A Publicar en el Portal una descripción detallada del inmueble, al menos 6 seis fotografías y 1 un video. Además, fotografías de los informes de dominio, catastral, datos profesionales y de contacto del Martillero designado y todo otro dato que pueda resultar de interés y que surja de las constancias de autos. Ello deberá reflejar adecuadamente el estado, calidad y dimensiones del bien objeto del acto. B
Responder adecuadamente las consultas de los interesados en el plazo de dos días de realizada la consulta en el Portal de manera de que los , interesados tengan real dimensión de las carac-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

terísticas del bien objeto de la venta. C Presentar una cuenta de gastos tres días antes de la subasta art. 53 inc. a de la citada ley; D Rendir cuentas dentro del plazo de 10 días, en los términos y bajo el apercibimiento fijado por el art.
13 inc. K de la Ley 7191. E Remitir, en el término de 3 días hábiles, por correo electrónico, a la casilla de correo subastas@justiciacordoba.gob.
ar, la planilla mencionada en el punto II de los Considerandos de dicho acuerdo -como archivo adjuntocon el asunto Informe AFIP Luego .
deberá incorporar al expediente una constancia de esa remisión Ac. Regl. Nº 124 Serie B del 07/10/2014; F Acreditar, en el plazo de 5 días de realizada la subasta, el diligenciamiento del oficio de comunicación del remate al Registro de Propiedad, haciéndolo responsable en los términos del art. 58 y conc. de Ley 7191 y modif. G
Acreditar el pago del impuesto a la transferencia de inmuebles. Si correspondiera, además, el pago del I.V.A. H Efectuar los trámites de inscripción del bien subastado y las comunicaciones a los organismos Tributarios para la toma de razón del cambio de titular, en la forma ordenada por el art. 28 del Reglamento de la oficina de subastas Ac. Regl. N 1233/2014. Cumpliméntese las demás formalidades de ley. Notifíquese a las partes en los términos establecidos por el art. 571 del C.P.C.C. y póngase en conocimiento de los eventuales herederos el tenor del presente mediante publicación de edictos. En su caso, en forma previa a la época del remate deberá acompañarse nueva Constatación y Anotación Preventiva de Subasta. Fdo. Dr. CAFFERATA, Juan ManuelJuezDra. Gonzalez, NildaSecretaria.
1 día - Nº 216284 - $ 3162,05 - 01/07/2019 - BOE

O. Juez 9 Nom. Civ. y Com. en autos CMR
FALABELLA S.A. C/ GIACCAGLIA JORGE
ENRIQUE PRESENTACION MULTIPLE
ABREVIADOS - EXPTE. N 6536853 Mart.
, Ezequiel Frontera Vaca MP 1-962, rematará el 3/07/2019 a las 11 Hs. en Sala Remates TSJ, sita en A.M. Bas 244 subsuelo; automotor marca CHEVROLET , modelo SONIC 1.6 LT M/T, tipo sedan 5 ptas., año 2012, motor marca GMDAT
N F16D4341171KA, chasis marca Chevrolet N KL1JJ6DE0CB108242, Inscripto al Dominio LNS-159 a nombre de GIACCAGLIA, Jorge Enrique.- CONDICIONES: sin base, dinero de contado y/o cheque certificado, al mejor postor; más comisión de Ley al Mart. 10%, é impuesto Ley Prov. 9505 4%; seña 20% y saldo a la aprobación mediante transferencia electrónica en la cta. N 922/21572009, CBU
0200922751000021572092.- Postura mínima: $
3.000.- Comisionistas: Art. 586 C.P.C y art. 23

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/07/2019 - 2º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

CountryArgentina

Date01/07/2019

Page count44

Edition count3600

First edition01/02/2006

Last issue04/05/2024

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