Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/05/2022 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Las Malvinas son argentinas AÑO CIX - TOMO DCLXXXIX - Nº 101
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 18 DE MAYO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N 36
Córdoba, 02 de mayo de 2022

12, la intervención de su competencia.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio al Nº 146/2022 y en los términos de la Resolución Ministerial N 119/2020,
VISTO: El expediente Nº 0435-069817/2019 por el que se solicita el cierre del Fondo Permanente P POLITICAS ACTIVAS, del Ministerio de Agricultura y Ganadería que fuera creado por Resolución Ministerial N 067/2017.
Y CONSIDERANDO:

Que se gestiona la Orden de Entrega de Devolución de Fondos bajo el DUEE N 6 Intervención 14, aprobada por Resolución N 000032/2019 de la Dirección de Administración del Ministerio de Agricultura y Ganadería.
Que conforme lo determina el Artículo 63 de la Ley Nº 9086, es facultad de este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento de los Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servicios Administrativos.
Que no existen objeciones que formular desde el punto de vista técnico-contable, en relación al cierre del Fondo Permanente solicitado, habiendo efectuado la Subsecretaría de Tesorería General y Crédito Público a fs.

EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1º DISPONER el cierre del Fondo Permanente P POLITICAS ACTIVAS, del Ministerio de Agricultura y Ganadería.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas de la Provincia, a Contaduría General de la Provincia, al Servicio Administrativo del Ministerio de Agricultura y Ganadería y a la Subsecretaría de Tesorería General y Crédito Público, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: MÓNICA ZORNBERG, SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA, MINISTERIO DE FINANZAS

MINISTERIO DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO Y
DE LA ECONOMÍA FAMILIAR
Resolución N 594
Córdoba, 09 de Mayo de 2022
VISTO: La Línea Vivienda Semilla Municipios del Programa 10.000 Viviendas creada por Decreto N 373/22.
Y CONSIDERANDO:
Que el Programa 10.000 Viviendas tiene por objetivo brindar soluciones habitacionales a las familias cordobesas a través de créditos hipotecarios para la construcción de la vivienda única y permanente, contribuyendo a disminuir el déficit habitacional mediante la intervención del Estado Provincial en el marco del derecho al acceso a la vivienda digna establecido en el artículo 58 de la Constitución de la Provincia de Córdoba.
Que mediante Decreto N 373/22 se dispuso la creación de la Línea Vivienda Semilla Municipios con el objeto de brindar asistencia financiera para el desarrollo de dos mil 2000 unidades habitacionales en todos aquellos Municipios y Comunas que adhieran a los lineamientos dispuestos por el Programa 10.000 Viviendas, destinadas a quienes fueren poseedores o propietarios de un lote libre de construcción con infraestructura básica; no sean titulares de otros inmuebles; perciban ingresos inferiores a la suma de seis salarios mínimos vitales y móviles y, acrediten conformar un grupo familiar.

Que el artículo 5 del referido instrumento legal prevé que ejecución de las unidades habitacionales estará a cargo de los beneficiarios, de conformidad a los planos, especificaciones técnicas y condiciones generales y particulares que a tal efecto establezca la reglamentación.
Que el artículo 8 del precitado Decreto designa a este Ministerio de Promoción del Empleo y de la Economía Familiar como Autoridad de Aplicación de la Línea creada y lo faculta para dictar las normas reglamentarias y complementarias necesarias para su adecuada implementación y ejecución, así como para suscribir los Convenios Marco y Convenios Particulares que fueren necesarios, con el Estado Nacional, Municipios y BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Comunas, y demás entidades públicas y privadas.
Que asimismo, por el artículo 9 de la normativa indicada, se faculta a la Autoridad de Aplicación para modificar las condiciones, tipologías constructivas y requisitos de acceso de los beneficiarios a la línea de asistencia económica que se trata.
Que en tal marco normativo, el Sr. Secretario de Desarrollo Territorial y Hábitat propicia la aprobación del Legajo Técnico Tipología Vivienda Semilla, con un 1 dormitorio, a los fines de establecer los Planos, Especificaciones Técnicas y Condiciones Generales y Particulares que deberán cumplir los beneficiarios de la Línea Vivienda Semilla Municipios del Programa 10.000 Viviendas.

Por todo ello, y en el marco de las competencias previstas en el artículo 27 del Decreto N 1615/19 ratificado por Ley 10726 y las facultades otorgadas por el Decreto N 373/22;
LA MINISTRA DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO Y
DE LA ECONOMIA FAMILIAR
RESUELVE:
Artículo 1º.- APRUÉBASE el Legajo Técnico de la Tipología Vivienda Semilla Municipios para la construcción de unidades habitacionales de la Línea Vivienda Semilla Municipios del Programa 10.000 Viviendas, creada por Decreto N 373/22, de un 1 dormitorio, de conformidad a los Planos, Especificaciones Técnicas y Condiciones Generales y Particulares que se detalla en el ANEXO I que, constando de veintinueve 29 fojas, se adjunta como parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: LAURA JURE MINISTRA DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO Y DE LA ECONOMÍA FAMILIAR
ANEXO

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/05/2022 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date18/05/2022

Page count8

Edition count4129

First edition01/02/2006

Last issue02/05/2024

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