Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/08/2021 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXX - Nº 166
CORDOBA, R.A. VIERNES 13 DE AGOSTO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Y CONSIDERANDO:
Que el mencionado Convenio es ampliatorio de su similar suscripto entre las mismas partes con fecha 21 de diciembre de 2015, cuya erogación fue oportunamente autorizada mediante Resolución Nº 295/2017 del entonces Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales.
Que el Convenio Complementario expresa en su Cláusula Primera que la concreción de las obras descriptas resultan de gran importancia para el desarrollo estratégico de la ciudad de Villa María y el bienestar de sus vecinos.
Que la Cláusula Segunda de dicho Convenio se refiere al otorgamiento de un monto adicional de $ 18.000.000,00, al aporte económico previsto originalmente para las citadas obras que ascendía a la suma total de $ 55.000.000,00, estableciéndose que dicho monto adicional será librado al Municipio una vez agotado el desembolso estipulado en la Cláusula Tercera del Convenio original y a medida que se acompañe la certificación respectiva sobre la realización y avance de los trabajos pertinentes, todo de conformidad a las condiciones y términos estipulados en el Convenio originario, el cual se mantiene plenamente vigente respecto a sus alcances y efectos.

Que obran informes de la Dirección General de Administración de este Ministerio sobre los pagos efectuados a la Municipalidad de Villa María y de la Jefatura de Área Gestión Administrativa de la Secretaría de Arquitectura en el que se destaca que el avance de la obra al mes de mayo de 2019
era del 62,83%, obrando en autos detalle de los trabajos ejecutados por el Municipio conforme la última certificación efectuada por la inspección de obra de la citada Secretaría.
Que se ha incorporado en autos el Documento de Contabilidad - Nota de Pedido Nº 2021/000065 para hacer frente a la erogación que lo gestionado implica.
Que obra Dictamen Nº 32/2021 de la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio, en el cual se expresa que puede disponerse la correspondiente imputación del gasto a fin de efectuar el desembolso pertinente, todo ello conforme la modalidad y previsiones explicitadas en el propio Convenio Complementario -Cláusulas Segunda y Tercera-, artículo 1º de la Ley Nº 10.220 y artículo 38 de la Ley 10.411.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el Nº 32/2021, y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- IMPÚTASE el egreso que implique el cumplimiento del CONVENIO COMPLEMENTARIO suscripto con fecha 2 de diciembre de 2020 entre la Provincia de Córdoba, representada por el señor Gobernador, Cr. Juan SCHIARETTI y por el suscripto, por una parte, y la Municipalidad de Villa María, representada por el Presidente del Consejo Deliberante de Villa María a cargo del Departamento Ejecutivo Municipal, Ing. Pablo Andrés ROSSO, por otra parte, que como Anexo I compuesto de tres 3 fojas, forma parte integrante del presente instrumento legal, respecto a la concreción de las obras: PASO A NIVEL SOBRE LAS VÍAS
DEL F.C.G.B.M. QUE CONECTE AMBAS MÁRGENES DE LA MANCHA
URBANA A LA VERA DE LA RUTA NACIONAL Nº 9 Y LAS VÍAS FÉRREAS, PROLONGACIÓN DE BV. ESPAÑA EN ZONA NOROESTE DE
LA CIUDAD y EJECUCIÓN DEL PARQUE PEREYRA Y DOMINGUEZ
EN LA ZONA NOROESTE DE LA CIUDAD y a los fines de ampliar el monto del Convenio celebrado con fecha 21 de diciembre de 2015, por la suma de Pesos Dieciocho Millones $ 18.000.000,00, conforme lo indica la Dirección General de Administración de este Ministerio en su Documento de Contabilidad - Nota de Pedido Nº 2021/000065, con cargo a Jurisdicción 1.50 - Programa 512-000, Partida 10.01.01.00 Transferencias a Municipios y Entes Comunales del P.V
Artículo 2º.- DISPÓNESE que una vez recibida la suma autorizada por el artículo anterior, por parte del señor Intendente Interino de la Municipalidad de Villa María, Ing. Pablo Andrés ROSSO, deberá rendir cuentas en un plazo de noventa 90 días contados a partir de la percepción de cada desembolso.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, pase a la Dirección General de Administración dependiente de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
ANEXO

Resolución N 228
Córdoba, 05 de julio de 2021
Expediente Nº 0644-008837/2021.VISTO: este expediente en el que se gestiona la nueva Contratación Directa bajo la modalidad de Contrato de Servicios a cargo de Terceros, de los Arquitectos Federico Ariel BAN D.N.I. N 31.405.420, Fabio Juan GREMENTIERI D.N.I. Nº 16.057.866, María Julieta MAZZOLA D.N.I. N
28.655.020 y Juan Pablo SGAVETTI D.N.I. N 30.468.905 para la realización de tareas específicas en el ámbito de la Secretaría de Arquitectura.
Y CONSIDERANDO:
Que se ha incorporado en autos la documental que acredita la formación académica y antecedentes laborales de los citados profesionales.
Que conforme a lo manifestado en autos por el señor Secretario de BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Arquitectura, resulta necesario que los mencionados arquitectos desempeñen las tareas que se detallan en estas actuaciones a los fines de continuar con el normal desarrollo de las actividades que se realizan en la citada repartición.
Que a los fines de cumplimentar la exigencia de la autorización previa que establece el artículo 54 del Decreto Nº 1615/2019, ratificado por Ley Nº 10726, mediante Decreto N 255 de fecha 31 de marzo de 2021 se autorizó la prórroga de las vinculaciones bajo la modalidad de Contrato de Servicios a Cargo de Terceros, desde su vencimiento y hasta el 31 de marzo de 2022, con las personas mencionadas en su Anexo I, entre las que se encuentran los profesionales citados, nominados bajo los Números de Orden: 223, 239, 244 y 256.
Que se ha agregado en autos el Documento Contable Nota de Pedido Nº 2021/000289, que certifica la reserva presupuestaria para atender la erogación que implica la referida contratación.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/08/2021 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date14/08/2021

Page count9

Edition count4152

First edition01/02/2006

Last issue31/05/2024

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