Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/08/2021 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXX - Nº 161
CORDOBA, R.A. VIERNES 6 DE AGOSTO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

MINISTERIO DE COORDINACIÓN

SECRETARÍA DE TRANSPORTE
Resolución N 105
Córdoba, 28 de julio de 2021
VISTO: El Decreto N 53/2019 y los Convenios entre Provincia y Municipio - Adhesión al Régimen de Subsidios al transporte Urbano de Pasajeros
Año 2021, suscriptos entre los Municipios de la provincia de Córdoba que cuentan con servicio urbano de transporte de pasajeros en sus jurisdicciones y la Secretaría de Transporte de la Provincia.
Y CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 53/2019 se creó el Fondo Provincial de Asistencia al Transporte Público de Pasajeros, en el marco del Programa Provincial de Asistencia al Transporte Público de Pasajeros, disponiéndose que el mencionado Fondo se integrará entre otros, por aportes específicos que el Presupuesto General de la Provincia le asigne; por aportes que en forma extraordinaria establezca el Poder Ejecutivo Provincial y por aportes específicos que realice el Estado Nacional, entre otros.
Que en el artículo 4 del citado instrumento legal se estableció que esta Secretaria de Transporte fuese la Autoridad de Aplicación del Programa, teniendo a su cargo la implementación del mismo y estando facultada para dictar todas aquellas normas reglamentarias necesarias para su ejecución, celebrar convenios con municipios y comunas, empresas de transporte que revistan el carácter de prestatarias de servicios de transporte de pasajeros y cámaras de empresas de transporte, para la consecución de las finalidades del Programa.
Que en ese contexto y haciendo uso de la facultad reglamentaria otorgada, esta Secretaría de Transporte dictó la Resolución N 117/2021, donde se establecieron las condiciones a cumplimentar por parte de los beneficiarios del Programa Provincial de Asistencia al Transporte Público de Pasajeros, tanto por municipios como por empresas prestatarias de servicios públicos de transporte, para mantener tal carácter, principalmente en relación a las rendiciones de cuentas de los fondos provenientes tanto del Estado Nacional como del Estado Provincial.
Que paralelamente, a inicios de este año 2021 se han suscripto Convenios de adhesión al régimen de subsidios al transporte urbano de pasajeros entre la Provincia y la totalidad de municipios que cuentan con el citado servicio, de los cuales surge en su cláusula octava el compromiso de éstos de transferir a cada una de las empresas prestadoras de los servicios municipales un monto mínimo del cincuenta por ciento 50% de los fondos asignados por la Provincia en el año 2020 art. 3, inc. A del Decreto 53/2019, a efectos de procurar la sustentabilidad del sistema de transporte urbano de pasajeros.

Que en este contexto surge la necesidad de reglamentar la forma en la que los Municipios adherentes al Programa deberán rendir mensualmente los importes transferidos de su propio erario a las distintas empresas prestatarias de sus respectivos servicios regulares de transporte urbano.
Que con idéntico propósito luce adecuado simplificar y agilizar la pre-

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sentación de dichas rendiciones de cuentas, mediante la implementación de un formulario unificado que deberá ingresarse de manera digital, de manera análoga a dispuesta en el artículo 6 de la Resolución N 17/2021
de esta Secretaría de Transporte.

Por ello, la normativa citada, el Decreto Provincial N 53/2020, y en uso de sus atribuciones;
EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
RESUELVE
Artículo 1: ESTABLECER las condiciones a las que deberán ajustarse los Municipios adheridos al Programa Provincial de Asistencia al Transporte Público de Pasajeros, creado por Decreto N 53/2019, a partir de la publicación de la presente Resolución.
Artículo 2: DISPONER el plazo de diez 10 días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial Electrónico BOE de la presente resolución, a efectos de que los municipios adheridos al Programa Provincial de Asistencia al Transporte Público de Pasajeros, efectúen la rendición de cuentas de los importes transferidos de su propio erario a las empresas prestatarias de los servicios urbanos en su jurisdicción, en el período comprendido entre el mes de enero y julio del presente año 2021, en cumplimiento de la Cláusula Octava del Convenio entre Provincia y Municipio - Adhesión al Régimen de Subsidios al transporte Urbano de Pasajeros Año 2021.
Artículo 3: ESTABLECER para lo sucesivo que los municipios adheridos al Programa Provincial de Asistencia al Transporte Público de Pasajeros, deberán efectuar la rendición del 1 al 10 de cada mes de los importes transferidos de su propio erario en el mes inmediato anterior a las empresas prestatarias de los servicios urbanos en su jurisdicción.
Artículo 4: APROBAR el formulario Rendición de Pagos Subsidios Municipales que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución, y que deberán presentar en carácter de declaración jurada los Municipios adheridos al citado Programa, debidamente suscripto por la Autoridad de Aplicación en materia de transporte urbano municipal y/o la máxima autoridad municipal, en los plazos dispuestos en los artículos 2 y 3 de la presente Resolución, a través de la plataforma Ciudadano Digital CIDI como trámite multinota e trámite-, adjuntando la totalidad de la documentación que acredite el pago.
Artículo 4: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: FRANCO H. MOGETTA PREVEDELLO, SECRETARIO DE TRANSPORTE, MINISTERIO DE COORDINACIÓN
ANEXO

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/08/2021 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date06/08/2021

Page count8

Edition count4162

First edition01/02/2006

Last issue15/06/2024

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