Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/04/2021 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba
MIÉRCOLES 28 DE ABRIL DE 2021
AÑO CVIII - TOMO DCLXXVI - Nº 81
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
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a SECCION

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N 80

Córdoba, 05 de abril de 2021.
Expediente Nº 0045-022822/2020.VISTO: este expediente por el cual la Dirección de Vialidad propicia por Resolución Nº 00234/2021 la contratación directa con el Consorcio Caminero Regional Nº 10, para la ejecución de la obra: MEJORAMIENTO
CAMINOS DE TIERRA REGIÓN 10 DEPARTAMENTOS: GENERAL
SAN MARTIN RÍO SEGUNDO SANTA MARÍA TERCERO ARRIBA UNIÓN - AÑO 2021, por la suma de $ 57.045.219,00.
Y CONSIDERANDO:

Que se ha incorporado en autos la documentación técnica para la presente obra, consistente en: Memoria Descriptiva, Pliego General de Especificaciones para el Mantenimiento del Tránsito y Medidas de Seguridad, Pliego Particular de Condiciones, Pliego Complementario de Condiciones, Pliego Particular de Especificaciones Técnicas, Nómina de ubicaciones de caminos y Croquis correspondiente, descripción de los Ítems del Contrato y Presupuesto Oficial; todo debidamente suscripto por funcionarios competentes de la Dirección de Vialidad y aprobado mediante el artículo 1º de la Resolución Nº 00234/2021 de su Director.
Que surge de la Memoria Descriptiva obrante en autos que, con la obra de referencia, se pretende restaurar las Redes Viales Primarias, Secundarias y Terciarias sin pavimentar, a los fines de lograr mejor transitabilidad y seguridad, obteniendo mayor economía del transporte para el usuario y para la Provincia, esgrimiéndose además un importante ahorro administrativo, que confiere agilidad y versatilidad en la adjudicación, ejecución, cómputo y certificación de los trabajos.

Que asimismo se destaca, que el contrato se regirá por el Sistema Modular de Certificación de obra, lo cual posibilita una gran agilidad operativa para la ejecución de la misma, como también realizar una serie de trabajos menores de pequeña cuantía, imprescindibles en función de un mantenimiento a futuro o tendientes a una consolidación definitiva del tramo.

Que el Jefe de Departamento I Conservación de Caminos de Tierra de la referida Dirección informa la cantidad total de módulos necesarios, el costo de cada uno de ellos, el plazo de obra y que los trabajos se ejecutaran a través de los Consorcios Camineros Subcontratistas integrantes del Consorcio Caminero Regional Nº 10.
Que el Jefe del citado Departamento manifiesta que el Consorcio Caminero Regional reúne las condiciones técnicas, jurídicas y operativas para ser el adjudicatario de la obra de mantenimiento de las redes sin pavimentar aludidas, y sería la forma más efectiva y ágil de atender las mencionadas redes, como también que este modo de contratación, va a producir un significativo ahorro económico del proceso administrativo, ceBOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N 80 Pag. 1
Resolución N 81 Pag. 2
Resolución N 82 Pag. 3
Resolución N 83 Pag. 4
Resolución N 85 Pag. 5
Resolución N 86 Pag. 7
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Resolución N 125 Pag. 8
Resolución N 126 Pag. 8
Resolución N 127 Pag. 9
Resolución N 128 Pag. 9
Resolución N 129 Pag. 10
Resolución N 130 Pag. 10
Resolución N 131 Pag. 11
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Acuerdo N 8 Pag. 11

leridad, eficiencia y eficacia, basado en el concurso activo y concertado de varios consorcios, para realizar una función única de conservar, cuyo efecto es superior a la suma de efectos individuales.
Que se ha incorporado en autos el Acta de Conformidad suscripta por el Presidente del Consorcio Caminero Regional N 10, para la ejecución de la obra de que se trata por la suma de $ 57.045.219,00, comprometiéndose a ceder los pagos correspondientes a los Consorcios Camineros Subcontratistas integrantes de su Regional artículo 15 apartado IV, incisos 4 y 6
del Pliego Particular de Condiciones.

Que se agrega Documento Contable - Nota de Pedido N 2021/000030, que certifica la reserva presupuestaria para atender a la erogación que lo gestionado demanda.

Que en relación a la incorporación del Art. 102 Sub Item Nº 102
Aporte Extraordinario Institucional del Pliego Particular de Especificaciones Técnicas, cabe destacar que dicho aporte se encuentra comprendido dentro del Presupuesto Oficial aprobado por la Dirección de Vialidad y que en el caso de resultar necesario un aporte adicional, el mismo deberá tramitarse por vía independiente ante la autoridad competente.
Que consta en autos la conformidad a la ejecución de las obras de que se trata, expresada por el Comité Ejecutivo del Fideicomiso para el Desarrollo Agropecuario FDA, en virtud de las facultades conferidas por Decreto Nº 2135/2019.
Que obra Dictamen Nº 112/2021 de la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio en el que se expresa que la contratación en la forma que se propicia encuentra sustento legal, en cuanto a su modalidad y procedencia, en las previsiones de la Ley Nº 6233 y conforme lo establecido por el artículo 7º - inciso b punto 4 de la Ley Nº 8614, modificada por la Ley Nº 10.417, visto la Ley Nº 10.723 y en virtud de las facultades otorgadas por la Ley Nº 10.220, atento a que la obra es atendida
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/04/2021 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date28/04/2021

Page count12

Edition count4126

First edition01/02/2006

Last issue27/04/2024

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