Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/02/2020 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del
General Manuel Belgrano
VIERNES 21 DE FEBRERO DE 2020
AÑO CVII - TOMO DCLXII - Nº 39
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO

1

a SECCION

Decreto N 47
Córdoba, 29 de enero de 2020
VISTO: El expediente Nº 0039-073300/2019, del registro de la Contaduría General de la Provincia, dependiente del Ministerio de Finanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se propicia el rechazo de la denuncia de herencia vacante formulada por la señora María Ana PÉREZ, en relación a los bienes quedados al fallecimiento de la señora Diana Graciela CHESTA, suceso acaecido el día 9 de septiembre de 2018, conforme Acta de Defunción acompañada N 71 Tomo 1 Serie R Año 2018, del Registro Civil de la Municipalidad de Córdoba.

Que obra en autos escrito de fecha 18 de febrero de 2019, que instrumenta la denuncia de herencia vacante en cuestión, acompañándose acta de defunción de la causante, descripción de los bienes dejados a su fallecimiento y datos de los inmuebles que se ofrecen como garantía real, ello en observancia de lo requerido por los artículos 3 y 4 del Decreto-Ley N 25387/B/42.
Que en dicha presentación, la denunciante manifiesta que se encuentra iniciado en el Juzgado Civil de 1 Instancia y 28 Nominación los autos caratulados: CHESTA, DIANA GRACIELA DECLARATORIA DE HEREDEROS Expte 7617370.
Que el S.U.A.C. del Ministerio de Finanzas, en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 6 y 11 del Decreto N 25387/B/42, deja constancia que la denuncia en cuestión fue anotada en el Libro respectivo y certifica que es la primera presentada.

Que a requerimiento de la Contaduría General de la Provincia, interviene la Sub Área de Documentación e Información Pública del Poder Judicial de la Provincia y certifica el inicio del trámite de Declaratoria de Herederos a nombre de la causante Chesta; en tanto, el Registro General de la Provincia hace lo propio, informando que el dominio de los inmuebles denunciado como vacante y ofrecido en garantía consta a nombre de los señores Chesta y Pérez, respectivamente y no figuran inhibiciones ni gravámenes relacionados a ellos, acompañando los pertinentes asientos registrales.
Que por su parte, la denunciante incorpora copia certificada de los autos ut supra referenciados y manifiesta que la causa judicial se encuentra actualmente suspendida hasta tanto se acompañe poder respectivo;
surgiendo de tales copias que, mediante proveído de fecha 19 de octubre de 2018, se requirió se ponga en conocimiento del Procurador del Tesoro de la Provincia de Córdoba el inicio de dichas actuaciones, conforme lo reglado en el Decreto N 25.387, Serie B del año 1942, luciendo copias de las cédulas de notificación dirigidas al Procurador del Tesoro y al Gobierno de la Provincia de Córdoba, respectivamente, debidamente diligenciadas con fechas 6 y 30 de noviembre de 2018, respectivamente, y de la presentación formulada con fecha 20 de febrero de 2019 por la Directora General BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Decreto N 47 Pag. 1
Decreto N 85 Pag. 2
Decreto N 114 Pag. 3
MINISTERIO DE SALUD
Resolución N 192 Pag. 3
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N 43 Pag. 4
Resolución N 79 Pag. 5
Resolución N 80 Pag. 5
Resolución N 81 Pag. 5
ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE RECURSOS HÍDRICOS
Resolución N 22 Pag. 6
DIRECCIÓN GENERAL TESORERÍA GENERAL Y
CRÉDITO PÚBLICO
Resolución N 50 Pag. 7
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO
Resolución N 218 Pag. 8
Resolución N 300 Pag. 9
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Acuerdo Reglamentario N 1610 Pag. 10
Acuerdo N 29 Pag. 11
FISCALÍA DE ESTADO
Resolución N 6 Pag. 12

de Asuntos Judiciales de la Procuración del Tesoro, en calidad de representante en juicio de la Provincia, con el patrocinio letrado de la Dra. Claudia Marcela Baqueiro, solicitando la participación de ley.

Que toma intervención de su competencia la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Finanzas, mediante Actuación N 124/19, concluyendo que atento las constancias incorporadas, el Estado Provincial ya conocía la existencia de los bienes relictos con anterioridad a la denuncia efectuada por la señora María Ana Pérez; no configurándose, en consecuencia, el presupuesto liminar previsto en el artículo 1 del referido Decreto N 25.387/B/42.
Que la Jefatura de Área Patrimonial de la Contaduría General de la Provincia produce Informe N 14-065/2019, por el cual sugiere rechazar la denuncia de Herencia Vacante formulada por la señora Pérez, ya que con anterioridad a su interposición, el Estado Provincial conocía la existencia de los bienes relictos de que se trata.
Que de conformidad a los informes relacionados y lo prescripto por el artículo 1 del Decreto N 25.387/B/42, corresponde rechazar la denuncia de herencia vacante formulada por la señora María Ana Pérez, en relación a los bienes quedados al fallecimiento de la señora Diana Graciela CHES-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/02/2020 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date21/02/2020

Page count12

Edition count4134

First edition01/02/2006

Last issue08/05/2024

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