Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 30/11/2017

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Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

132/2010 - correspondiente al 25 % del sueldo básico del cargo Obrero con 44 horas semanales, en mérito a lo expresado en el exordio, del presente.
ARTÍCULO 2º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto se imputará Act.
Central 01 Activ. 01 Inciso 1 - Part. Ppal.1 - Part. Pcial. 3 -Partida Subparcial 5 Bonificación por Tarea Riesgosa e Insalubre del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Director General de Política Deportiva a cargo de la firma y despacho de la Presidencia del Ente Municipal de Deportes y Recreación.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese, dese al Boletín Municipal y comuníquese por el Departamento de Recursos Humanos del Ente Municipal de Deportes y Recreación.
LC
i.i.
LOPEZ SILVA
ARROYO
DECRETO Nº 2501 09-10-2017
Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal la realización del 2º Foro Regional de RSE y Desarrollo Sostenible que, organizado por la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales FCEyS de la Universidad Nacional de Mar del Plata y el Grupo Empresario FortaleceRSE, se llevará a cabo en la ciudad de Mar del Plata, el día 1º de noviembre de 2017, en instalaciones del Auditorio del Consejo Profesional de Ciencias Económicas, sito en la calle Bartolomé Mitre Nº 1926.
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Desarrollo Productivo.
Artículo 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, notifíquese, y comuníquese. Intervenga la Dirección de Administración y dependencias competentes.
wgr DE ROSA
ARROYO
DECRETO Nº 2503 09-10-2017 Expte. 507-A-1940 Alc. 1
ARTÍCULO 1º.-Autorízase, con CARÁCTER PRECARIO a la firma Ricci Teresita Inés, Giner Heriberto Emilio, Parra Susana Noemí Sociedad Ley 19550, Cap.I, Secc.IV, a transferir a su nombre el uso DISTRIBUIDORA
MAYORISTA DE INDUMENTARIA CON DEPÓSITO que se desarrolla en el inmueble ubicado en la calle Moreno nº 3764, sito en el predio identificado catastralmente como Circ. I, Secc. D, Manz. 31 A, Parcela 4B, de la ciudad de Mar del Plata.
ARTÍCULO 2º.- Lo autorizado en el artículo 1º se condiciona a mantener delimitado un módulo de 25m destinado a carga y descarga.
ARTÍCULO 3º.- Deberá darse cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza n 9784 - Código de Preservación Forestal - en cuanto a forestación y reforestación de veredas, conforme lo normado por la Ordenanza n 14576; con carácter previo a la habilitación.
ARTÍCULO 4.-Rigen para la presente autorización los requisitos establecidos en el Anexo I del Decreto n 818/97, modificado por Decreto n 2269/99.
ARTÍCULO 5.-La autorización otorgada se mantendrá vigente siempre que el permisionario de cumplimiento, en caso de existir, a los convenios de regularización fiscal suscriptos con la Municipalidad, de manera continua e ininterrumpida, hasta la total cancelación de la obligación tributaria debida; desde el momento de iniciar el trámite pertinente, y aún durante todo el tiempo que conlleve la prosecución de dicho trámite.
ARTÍCULO 6.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Obras y Planeamiento Urbano.
ARTÍCULO 7.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, publíquese, intervenga la Dirección de Ordenamiento Territorial, para su notificación y demás efectos gírese a la Dirección General de Inspección General.
DE PAZ

ARROYO

DECRETO Nº 2504 09-10-2017 Expte. 12652-6-1997 Alc. 3
ARTÍCULO 1º.-Autorizase, con CARÁCTER PRECARIO a la firma SINTECRIN S.R.L. a afectar con el uso FABRICACIÓN DE PINTURAS, BARNICES, LACAS Y ESMALTES el inmueble ubicado en la calle 5 entre 2
y 3, identificado catastralmente como: Circ.IV, Secc.S, Quinta.1, Parcela 16, del Parque Industrial y Tecnológico General Savio de Mar del Plata PITMAR, Partido de General Pueyrredon.
ARTÍCULO 2º.- Lo autorizado en el artículo 1º se condiciona a:
2.1.-mantener delimitado dos 2 módulos de 50m cada uno destinados a carga y descarga de acuerdo con el artículo 5.5.1.7/2 del C.O.T.
2.2.-mantener delimitado un 1 módulo de 25m destinado a estacionamiento según el artículo 5.5.2.6 del C.O.T.
2.3.-respetar la capacidad de almacenamiento máximo indicada en la tabla anexa 5.5.6 del C.O.T.
2.4.-presentar Certificado de Aptitud Ambiental C.A.A. previo a la habilitación.
ARTÍCULO 3º-Deberá cumplimentar con lo establecido en la Ordenanza n9784 - Código de Preservación Forestal - en cuanto a forestación y reforestación de veredas, conforme lo normado por la Ordenanza n14576, con carácter previo a la habilitación.
ARTÍCULO 4.-Rigen para la presente autorización los requisitos establecidos en el Anexo I del Decreto n818/96, modificado por Decreto n2269/99.
ARTÍCULO 5.-La autorización otorgada se mantendrá vigente siempre que el permisionario de cumplimiento, en caso de existir, a los convenios de regularización suscriptos con la Municipalidad, de manera continua e ininterrumpida, hasta la total cancelación de la obligación tributaria debida; desde el momento de iniciar el trámite pertinente, y aún durante todo el tiempo que conlleve la prosecución de dicho actuado administrativo.
ARTÍCULO 6.-El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Obras y Planeamiento Urbano.
ARTÍCULO 7.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, publíquese, intervenga la Dirección de Ordenamiento Territorial, para su notificación y demás efectos, gírese a la Delegación Municipal en Batán.
Msq DE PAZ
ARROYO

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Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 30/11/2017

TitleBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

CountryArgentina

Date30/11/2017

Page count55

Edition count836

First edition30/06/2010

Last issue25/04/2024

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