Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 30/11/2017

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Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

DECRETO Nº 2467 04-10-2017
ARTÍCULO 1º.- Modifícase, a partir del 4 de septiembre de 2017, la Planta de Personal Permanente del Ente Municipal de Deportes y Recreación, dándosele de baja a la agente y el cargo que se detalla a continuación:
ANTONELLA ANDREA PAPPALARDO Legajo 30809 cargo : Personal de Servicio Inicial con 45 horas semanales - CF. 7-01-74-01 dándosele de baja las bonificaciones que percibía.
ARTÍCULO 2º.- Modifícase, a partir del 4 de septiembre de 2017, la Planta de Personal Permanente de la Administración Central, dándosele de alta a la agente y el cargo que se detalla a continuación: ANTONELLA
ANDREA PAPPALARDO Legajo 30809 cargo : Personal de Servicio Inicial con 45 horas semanales - CF. 701-74-01 .
ARTÍCULO 3º.- Otórgase, a partir de la fecha de su notificación a la Agente ANTONELLA ANDREA
PAPPALARDO Legajo 30809 la Bonificación Remunerativa de un 25% sobre el salario de un Obrero con 44
horas semanales.
ARTÍCULO 4º.- La Contaduría Municipal, tomará los recaudos presupuestarios necesarios a los efectos de dar cumplimiento a las erogaciones que demande el presente.
ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Director General de Política Deportiva a cargo de la firma y despacho de la Presidencia del Ente Municipal de Deportes y Recreación y el señor Secretario de Salud.
ARTÍCULO 6º.- Regístrese, dese al Boletín Municipal y comuníquese por el Departamento de Recursos Humanos del Ente Municipal de Deportes y Recreación.
LOPEZ SILVA

BLANCO

ARROYO

DECRETO Nº 2468 04-10-2017 Expte. 15353-8-16 Cpo. 4
ARTÍCULO 1.- Apruébase el Segundo Llamado a Licitación Pública Nº 02/17 para la obra AMPLIACION
ESCUELA SECUNDARIA Nº 217, cuya apertura de sobres se efectuó el día 04 de Julio de 2017 a las 11:00 horas.
ARTÍCULO 2.- Apruébase lo actuado por la Comisión Permanente de Estudio y Evaluación de Ofertas a fs.
711/716.
ARTÍCULO 3º.- Declárase válida la propuesta presentada por la firma ROCMA SRL.
ARTÍCULO 4.- Adjudícase ad referéndum de la aprobación del Honorable Concejo Deliberante en los términos del artículo 134 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y 202 del Reglamento de Contabilidad, por ser única oferta valida en Segundo Llamado y por cumplimentar los recaudos exigidos por el Pliego de Bases y Condiciones, a la firma ROCMA SRL, por su oferta alternativa de PESOS TRES MILLONES SETECIENTOS DIEZ MIL
NOVECIENTOS VEINTICINCO CON 85/100. $ 3.710.925,85.-
ARTÍCULO 5º.- Fijase el monto de la garantía por pago de Anticipo Financiero en la suma de PESOS
SETECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO CON 17/100 $ 742.185,17.-, conforme artículo 13.2 Inc. d del Pliego de Bases y Condiciones Cláusulas Particulares.
ARTÍCULO 6.- Fíjase el monto de la Garantía de Cumplimiento de Contrato en la suma de PESOS CIENTO
OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 29/100. $ 185.546,29 conforme las previsiones del Artículo 21.3 de las Cláusulas Legales Particulares, la que deberá ser integrada por la firma adjudicataria en el plazo establecido en el artículo 26 del mismo plexo normativo.
ARTÍCULO 7º.- Autorízase la devolución de las garantías de ofertas, una vez constituida la garantía de cumplimiento de contrato por parte de la firma adjudicataria, a la firma ROCMA SRL -recibo Nº 9307, resguardo Nº 9307-.
ARTÍCULO 8.- Autorizase a pedido de parte, la devolución de la garantía de cumplimiento de contrato estipulada en el Artículo 4.5 de las Cláusulas Generales del Pliego de Bases y Condiciones, una vez cumplidas todas las obligaciones emergentes de la presente licitación, conforme el Artículo 21.6º del Pliego de Bases y Condiciones.
ARTÍCULO 9.- Autorizase a pedido de parte, la devolución de la garantía por pago de Anticipo Financiero estipulada en el artículo 5º de a presente Decreto, conjuntamente con la garantía de obra y en los términos del articulo 21 de las Cláusulas Legales Particulares.
ARTÍCULO 10.- El presente Decreto será refrendado por los señores Secretario de Obras y Planeamiento Urbano y de Economía y Hacienda.
ARTÍCULO 11.- Regístrese, comuníquese, publíquese y para las notificaciones y demás efectos que correspondan, intervengan la Dirección General de Contrataciones, la Dirección de Obras Públicas, la Contaduría y la Tesorería Municipal.
GLS/mpc MOURELLE
DE PAZ
ARROYO

DECRETO Nº 2493 09-10-2017
ARTÍCULO 1º.- Otórgase licencia extraordinaria sin goce de haberes, desde el 10 de septiembre y hasta el 10 de noviembre de 2017, inclusive, a la agente VERONICA GABRIELA ORTEGA - Legajo Nº 32183 Guardavida de Natatorio C.F. 4-14-67-01- dependiente del Ente Municipal de Deportes y Recreación U.E. 01-02-0-0-0-00, de conformidad con lo establecido en el artículo 96º de la Ley Provincial 14656.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Director General de Política Deportiva a cargo de la firma y despacho de la Presidencia del Ente Municipal de Deportes y Recreación.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por el Departamento de Recursos Humanos del Ente Municipal de Deportes y Recreación.
LC/i.i.
LOPEZ SILVA
ARROYO
DECRETO Nº 2494 09-10-2017
ARTÍCULO 1º.- Otorgase a partir de la fecha de su notificación, al Agente JORGE LUIS JOAO Legajo 29215
Obrero con 50 horas semanales CF. 6-05-71-02 , la Bonificación por Tarea Riesgosa establecida en la Ordenanza Complementaria del Presupuesto vigente - Artículo 22º inciso c, Reglamentada por Resolución Nº
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Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 30/11/2017

TitleBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

CountryArgentina

Date30/11/2017

Page count55

Edition count836

First edition30/06/2010

Last issue25/04/2024

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