Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 28/2/2023

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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

N: 221
Fdo: Ma. Soledad Zacarías, Pte. del Concejo de RepresentantesSandra L. Bohn, Secretaria LegislativaH.Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal - Gustavo García Setti, Sec. Des. Urbano Ambiental Carla A.
Montemurro a/c de Oficialía Mayor Promulgada por Decreto N 119/DE/2023
Villa Carlos Paz, 23 de febrero de 2023
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal
Gustavo García Setti, Sec. Des. Urbano Ambiental Carla A.
Montemurro a/c de Oficialía Mayor
ORDENANZA Nº 6940
VILLA CARLOS PAZ, 17 de febrero de 2023.EL CONCEJO DE REPRESENTANTES
DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ
Sanciona con fuerza de ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- APROBAR el PROGRAMA DE OBRAS 2023
CONSTRUCCIÓN DE REDES COLECTORAS CLOACALES EN
SECTORES DE LOS BARRIOS MIGUEL MUÑÓZ A, MIGUEL
MUÑÓZ B, EL FANTASIO Y LA QUINTA 2 SECCIÓN de la Ciudad de Villa Carlos Paz, en un todo de acuerdo a:
1 Datos Generales del Programa 2 Planos 3 Cómputo métrico 4 Presupuesto oficial estimado ARTÍCULO 2º.- ESTABLECER en la suma de PESOS
CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO MILLONES
SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CIEN $
464.674.100,00.-, el presupuesto oficial estimado de ejecución de obra, el cual será actualizado aplicando el Índice del Costo de la Construcción Córdoba Nivel General, que publica la Dirección General de Estadística y Censos, al mes del llamado a licitación o concurso de precios y con referencia al índice base diciembre 2022:
DESIGNACIÓN

UD

Red Colectora 160mm ud Red Colectora 250mm ud Red Colectora 315mm ud Conexiones domiciliarias 110mm ml Bocas de registro ud
DESIGNACIÓN

UD

Red Colectora 160mm ud Red Colectora 250mm ud Red Colectora 315mm ud Conexiones domiciliarias 110mm ml Bocas de registro ud
DESIGNACIÓN
Estacion de bombeo Clase 1
Estacion de bombeo Clase 2
Cañeria de impulsion 110
Cañeria de impulsion 250

PRECIO
$ 35,000.00
$ 40,250.00
$ 44,450.00
$ 31,150.00
$ 315,000.00

PRECIO
$ 35,000.00
$ 40,250.00
$ 44,450.00
$ 31,150.00
$ 315,000.00

UD

PRECIO

ud ud ml ml
$50000,000.00
$30000,000.00
$ 31,150.00
$ 40,250.00

ETAPA LA QUINTA 3LA QUINTA -FANTASIOEB29 MIGUEL MUÑÓZ "A"
CANT.
PRECIO
CANT.
PRECIO
CANT.
PRECIO
2514 $
87990,000 1929 $
67515,000 2586 $
90510,000
68 $
2737,000
283 $
12579,350
684 $
21306,600
870 $
27100,500 1284 $
39996,600
51 $
16065,000
29 $
9135,000
37 $
11655,000
$ 125361,600
$ 103750,500
$ 157477,950
MIGUEL MUÑÓZ "B"
CANT.
PRECIO
515 $

20728,750

90 $
2803,500
11 $
3465,000
$ 26997,250

EL FANTASIO
TOTAL REDES
CANT.
PRECIO
CANT.
PRECIO
422 $
14770,000 7451 $ 260785,000
583 $
23465,750
283 $
12579,350
52 $
1619,800 2980 $
92827,000
7 $
2205,000
135 $
42525,000
$ 18594,800
$ 432182,100

EB 29 FANTASIO
TOTAL EB
CANT.
PRECIO
CANT.
PRECIO
$ 0 $
1 $
30000,000
1 $
30000,000
80 $
2492,000
80 $
2492,000
$ 0 $
$ 32492,000

TOTAL REDES
TOTAL EB
CANT.
PRECIO
CANT.
PRECIO
7451 $ 260785,000
0 $
583 $ 23465,750
1 $
30000,000
283 $ 12579,350
80 $
2492,000
2980 $ 92827,000
0 $
135 $ 42525,000
$432182,100
$ 32492,000 Total $ 464674,100

ARTÍCULO 3º.- DECLARAR Interés Público y Pago Obligatorio a las Obras que se efectúen en el marco del PROGRAMA DE OBRAS 2023 CONSTRUCCIÓN DE
REDES COLECTORAS CLOACALES EN SECTORES DE LOS
BARRIOS MIGUEL MUÑOZ A, MIGUEL MUÑOZ B, EL
FANTASIO Y LA QUINTA 2 SECCIÓN.
El 100% del Monto de Obra será a cargo de los frentistas, quienes la deberán abonar en forma proporcional y de acuerdo al siguiente sistema de prorrateo:
- Monto de Obra, dividido por la Sumatoria de la
5

PRIMERA SECCIÓN
28 de febrero de 2023
Contribución que incide sobre los Inmuebles Tasa Municipal por Servicios a la Propiedad del área a servir por la red, que a este fin se fija para el año 2023, lo que arroja un coeficiente el que deberá ser multiplicado por el importe total del Cedulón de Pago Contado de la Tasa por Servicios a la Propiedad para el año 2023, del inmueble frentista a la obra programada.
La certificación será de acuerdo a los datos de dominio del lote obrante en el Registro Catastral del Municipio.
El Municipio abonará el 100% de la Mano de Obra y de los Materiales provistos por las Empresas Contratistas.
El Municipio certificará la Obra al propietario frentista una vez finalizada la Obra total o el tramo correspondiente en caso de que éste estuviera -a juicio del Municipiofinalizado en todos sus ítems según Pliego.
Las certificaciones de pago por parte de los frentistas deberán ser notificadas en forma fehaciente en el domicilio de éstos que figura registrado en el Municipio para el pago de la Tasa por Servicios a la Propiedad.ARTÍCULO 4: LOTES Y PARCELAS OBLIGADOS AL
PAGO
Lo dispuesto en la presente regirá para todos los inmuebles comprendidos en el Área de Servicio ya sean estos baldíos o edificados, sometidos o no al Régimen de Propiedad Horizontal.
Quedan eximidos del pago de la presente obra los inmuebles enumerados en la Ordenanza General Impositiva N 1408, Capítulo V, Artículo 106, Punto 1, Punto 2 y los Incisos a, b, c, d,e y f del Punto 3.ARTÍCULO 5º.- FORMA DE PAGO: Los frentistas podrán elegir la forma de pago dentro de las siguientes opciones:
a Contado. con un 20% de descuento.
b En hasta doce 12 cuotas mensuales y consecutivas con un interés de financiación del 4% mensual directo.
c En hasta dieciocho 18 cuotas mensuales y consecutivas con un interés de financiación del 3,5%
mensual directo.
d En hasta veinticuatro 24 cuotas mensuales y consecutivas con un interés de financiación del 3%
mensual directo.
e En hasta treinta seis 36 cuotas mensuales y consecutivas con un interés de financiación del 2,5%
mensual directo.
f En hasta cuarenta y ocho 48 cuotas mensuales y consecutivas con un interés de financiación del 2%
mensual directo para:
-jubilados, pensionados o personas de escasos recursos, en todos los casos con informe socioeconómico que lo justifique.
El Departamento Ejecutivo podrá realizar las conexiones a la red colectora a aquéllas personas que lo soliciten y que se encuentren en situación de vulnerabilidad social, debidamente acreditada y certificada por profesional municipal idóneo en la materia.
Realizada la obra y ejecutada la medición, siendo computadas y visadas por la Inspección de Obra las cantidades efectivamente ejecutadas y determinadas las manzanas y lotes de los frentistas beneficiados sujetos de pago que conforman el proyecto, el Municipio emitirá un Certificado de Obra con los datos catastrales de la propiedad, domicilio, identificación y domicilio postal del propietario, baldío o edificado, costo total, opciones y plazos de financiación, de acuerdo a lo previsto en el presente artículo. Una vez finalizado este procedimiento, el Municipio deberá notificar fehacientemente a cada uno de los frentistas propietarios de la disponibilidad del servicio, de las modalidades de pago y que podrán acceder a la EXIMICIÓN del pago total de la obra en tanto cumplan con la conexión domiciliaria a la red dentro de los 120
días de la notificación fehaciente.ARTÍCULO 6º.- ESTABLECER la obligatoriedad de la conexión a la red colectora de desages cloacales, la que deberá hacerse efectiva dentro de un plazo máximo de ciento veinte 120

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Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 28/2/2023

TitleBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

CountryArgentina

Date28/02/2023

Page count8

Edition count383

First edition01/01/2015

Last issue17/05/2024

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