Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 8/7/2021

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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

PRIMERA SECCIÓN
08 de Julio de 2021

N: 113
efectos de que se resuelva el Recurso Jerárquico referido en el párrafo precedente.
Entrando al tratamiento del Recurso, entiendo que la Resolución dictada importó la consolidación del acto administrativo denegatorio del descargo interpuesto por la recurrente en referencia a la aplicación de la multa emitida por Resolución N011/B/2020 en relación a la Obra de Redes Colectoras Cloacales Domiciliarias B La Quinta 1 Sección Villa Carlos Paz.
Que el Recurso de Reconsideración y Jerárquico en subsidio en contra de lo resuelto por la Secretaría de Desarrollo Urbano Ambiental, fue interpuesto en tiempo y forma.
Que se ha actuado de conformidad al procedimiento administrativo en el tratamiento del recurso de reconsideración y su posterior elevación al Departamento Ejecutivo por denegatoria de aquel Desde el punto de vista formal, considero que se han cumplido en debida y legal forma con todos los procedimientos establecidos en el Contrato de Obra como en el Pliegos de Bases y Condiciones Generales para el dictado de la Resolución bajo examen, encontrándose la misma debidamente fundada.
Desde el punto de vista sustancial, ratifico lo expresado en el Dictamen N 71/2020 del presente expediente, considerando que la multa se encuentra correctamente aplicada y debidamente justificada. Asimismo, entiendo que se ha respetado en debida forma con el proceso adjetivo que rige en la materia.
Asimismo, respecto al argumento esgrimido de la falta de fundamentación técnica y científica del informe del Ing. Canónico, considero que el mismo carece de asidero, toda vez que a través de dicho informe se constataron situaciones de hecho verificable por simple observación que no fueron refutadas en su oportunidad.
Sin perjuicio de ello, juzgo que el informe se encuentra debidamente fundado.
En consecuencia de ello, considero que la Resolución N
011/B/2020 de fecha 01/06/2020 reúne los requisitos sustanciales y formales que la tornan en un acto administrativo valido e idóneo.
En mérito a su consideración y en orden a su resolución por las razones expuestas precedentemente es necesario dictar el respetivo Decreto que provea al rechazo del Recurso Jerárquico en Subsidio interpuesto por la Cooperativa Integral Regional de Provisión de Servicios Públicos, Vivienda y Consumo Limitada COOPI de Villa Carlos Paz y en su mérito confirmar la Resolución N 011/B/2020 de fecha 01/06/2020 emanada de la Secretaría de Desarrollo Urbano Ambiental que impone una multa equivalente al uno por mil del monto de la oferta, por el atraso injustificado en el cumplimiento del plazo de ejecución de la obra, que asciende a la suma de Pesos Seiscientos Cincuenta y Dos Mil Quinientos $ 652.500,00.Que este Departamento Ejecutivo hace propios los argumentos vertidos por el órgano auxiliar, dictando en consecuencia el acto administrativo que resuelve sobre el particular.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
ARTÍCULO 1.- AVOCARSE el suscripto a los fines del tratamiento del Recurso Jerárquico, interpuesto en subsidio al de Reconsideración, en contra de la Resolución 027/B/2020, deducido por la Cooperativa Integral Regional de Provisión de Servicios Públicos, Vivienda y Consumo Ltda. De Villa Carlos Paz.ARTÍCULO 2.- RECHAZAR el Recurso Jerárquico interpuesto por la Cooperativa Integral Regional de Provisión de Servicios Públicos, Vivienda y Consumo Ltda. De Villa Carlos Paz en contra de la Resolución N 027/B/2020, de la Secretaría de Desarrollo Urbano Ambiental de la Ciudad de Villa Carlos Paz, en
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un todo de acuerdo a lo expresado en los Considerandos del presente.ARTÍCULO 3.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal
Gustavo García Setti, Sec. Des. Urbano Ambiental - Ramón C.
Montenegro, Oficial Mayor
DECRETO Nº 284/G/2021
VILLA CARLOS PAZ, 07 de junio de 2021
VISTO: El pedido de actualización de precios del Fondo de Reparo, formulado por el contratista en el Expediente Nº 166077/18 donde obran las actuaciones del CONCURSO
PRIVADO DE PRECIOS Nº 40/ 2018 PARA LA CONTRATACION
DE MANO DE OBRA Y MATERIALES PARA LA EJECUCION
DE LA OBRA DE CONSTRUCCIÓN DE DOS 2 AULAS EN LA
ESCUELA RICARDO BERNABE FERNANDEZ DE LA CIUDAD
DE VILLA CARLOS PAZ y;
Y CONSIDERANDO: Que conforme a la valuación del pedido de actualización de precios realizada por el contratista, la que fuera controlada y aprobada por el área pertinente, corresponde reconocerla, a favor del contratista, de conformidad a lo establecido por la cláusula 23º del Contrato Nº 1022/2018, por la suma de pesos ciento diecisiete mil doscientos ochenta y nueve con cincuenta y tres centavos $ 117.289,53.- para la actualización del fondo de reparo.Que el gasto que demande la ejecución del presente será soportada con los fondos provenientes de la Partida Nº 35.51.100.2.24.413 del Presupuesto General de gastos en vigencia.Que corresponde en consecuencia emitir el acto administrativo que sustenta la ampliación.POR ELLO
El INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1º.- RECONOCER la actualización de precios, conforme la cláusula vigesimotercera del contrato Nº 1022/2018, de la Obra CONTRATACION DE MANO DE OBRA Y
MATERIALES PARA LA EJECUCION DE LA OBRA DE
CONSTRUCCIÓN DE DOS 2 AULAS DE LA ESCUELA
RICARDO BERNABE FERNANDEZ DE LA CIUDAD DE VILLA
CARLOS PAZ, a favor de la empresa ALFREDO JUAN
SOLETTI, por la suma de PESOS CIENTO DIESICIETE MIL
DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON CINCUENTA Y TRES
CENTAVOS $ 117.289,53.-, del fondo de reparo, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, será atendido con los fondos provenientes de la Partida Nº 35.51.100.2.24.413 del Presupuesto General de Gastos en vigencia.
Artículo 3º.- Previo al cumplimiento de lo dispuesto en el presente, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Ma.
Alejandra Roldán, Sec. Des. Social, Educación, Género y Diversidad Ramón C. Montenegro, Oficial Mayor

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Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 8/7/2021

TitleBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

CountryArgentina

Date08/07/2021

Page count7

Edition count382

First edition01/01/2015

Last issue10/05/2024

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