Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 22/1/2021

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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

PRIMERA SECCIÓN
22 de enero de 2021

N: 83
ÍNDICE PRIMERA SECCIÓN
Decreto N 549/C/2020
Decreto N 551/DE/2020
Decreto N 553/DE/2020
Decreto N 556/A/2020
Decreto N 557/A/2020

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CONSIDERANDO: Que el Art. 1º de la Ordenanza Nº 6586, Presupuesto General de Gastos de la Administración Municipal, establece que el presupuesto fijado lo es según el detalle de los Anexos I y V, indicando las autorizaciones presupuestarias por Jurisdicción, desagregadas contablemente a nivel de Programa.
Que el Art. 6º de dicha Ordenanza establece El Departamento Ejecutivo podrá variar las partidas presupuestarias de Tercer Nivel o inferior pero no realizar compensación entre diferentes Jurisdicciones.Que asimismo, el Art. 11º de la Ordenanza Nº 6586 autoriza al Departamento Ejecutivo a crear, modificar y/o fusionar las Partidas a partir del tercer nivel.Que el Art. 2º de la Ordenanza Nº 6619 faculta al Departamento Ejecutivo a realizar las readecuaciones presupuestarias necesarias y las compensaciones entre diferentes Jurisdicciones, a efectos de cubrir necesidades urgentes en el marco de la Emergencia Sanitaria.Que el Art. 16 de la Ordenanza Nº 6621 habilita la libre disponibilidad de los recursos provenientes de cuentas con afectación específica de origen municipal, a los fines de cubrir necesidades urgentes en el marco de la Emergencia Sanitaria.Que además es necesario realizar una adecuación presupuestaria en el programa de egresos, creado por Decreto N
234/C/2020, a los fines de imputar los gastos relacionados con la Emergencia Sanitaria.Que en consecuencia corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.Por ello, en uso de sus atribuciones:

31.01.124.1.12.231.

32.01.100.2.24.416.
32.25.100.1.13.318.
32.25.100.1.13.324.
40.01.100.1.12.221.
40.01.100.2.24.420.
40.01.100.1.12.229.
40.01.100.1.12.299.

DECRETA
ARTICULO 1.- CREAR, a partir del Tercer Nivel del Presupuesto General de Gastos en vigencia, lo siguiente:

AUMENTA

UTILES MENORES
MEDICO-QUIRUR. Y DE
LABOR.-COVID-19
OTROS SERV.NO ESPEC.
PRECED.-COVID-19
PRODUCTOS
ALIMENTICIOS COVID-19
FONDO PARA OBRA
PUBLICAS
OTROS SERVICIOS
TECNICOS Y
PROFESIONALES
EQUIPOS
ELECTRONICOS E
INFORMATICOS
USO Y MANTENIMIENTO
DE SISTEMAS
INFORMÁTICOS
OTROS SERVICIOS
TECNICOS Y
PROFESIONALES
UTILES Y MATERIALES
ELECTRICOS

$

1.000.000

$

1.100.000

$

1.100.000

DISMINUYE

$ 3.200.000
$

70.000

$

$

$

$

40.000

$

4.000

$

3.000

4.000

EQUIPOS VARIOS

TOTAL

70.000

40.000

$

ARTICULOS DE
FERRETERIA
OTROS B. DE CONS NO
ESPECIFICADOS
PRECEDENTEMENTE

$

3.000

3.317.000

$ 3.317.000

ARTICULO 3.- ADECUAR, El nomenclador de Erogaciones conforme al Art. 5 de la Ordenanza N 6586, a las modificaciones aprobadas por el presente Decreto.ARTICULO 4.- Previo cumplimiento de lo dispuesto, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Héctor D. Gilli, Sec. Economía y Finanzas Ramón C. Montenegro, Oficial MayorDECRETO Nº 551/DE/2020
Villa Carlos Paz, 14 de diciembre de 2020
VISTO: Lo dispuesto por el Art. 38º, concordantes y complementarios de la Carta Orgánica Municipal y la Ordenanza Nº 4088 y sus modificatorias Nº 5591 y 5788; y CONSIDERANDO: Que es deber del Municipio propender al Estado de Bienestar, promoviendo el desarrollo humano y comunitario, el progreso económico con justicia social, la formación y capacitación de trabajadores, la reconversión de mano de obra, la inclusión social y el desarrollo de políticas sociales coordinadas.
Que a tales fines, el Municipio formula planes integrales, destinados a satisfacer las necesidades de nuestra población.

Por ello, en uso de sus atribuciones;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA

$ 0,00

ARTICULO 2.- MODIFICAR, a partir del Tercer Nivel el Presupuesto General de Gastos en vigencia, de la siguiente manera:

Artículo 1º.- ASIGNAR el pago de Becas de Formación y Capacitación del Programa Corazón de mi Ciudad, correspondientes al mes de Diciembre de 2020, al beneficiario que se detalla a continuación, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.Legajo 2213

1

-PROGRAMA-ANEXO INCISO-ITEM-DESCRIPC.

Que encontrándose vigente el Programa Municipal de Becas Corazón de mi Ciudad, corresponde realizar el pago de las becas, en los términos del art. 5º de la Ordenanza Nº 4088.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL

40.01.100.1.12.221.

31.01.124.1.13.359.

32.01.100.1.13.324.

VISTO: : La Ordenanza N 6586 del Presupuesto y las Ordenanzas N 6619 y N 6621 dictadas en el marco de la emergencia sanitaria declarada en el territorio nacional con motivo de la pandemia por el virus COVID-19 y la necesidad de realizar una adecuación presupuestaria para diferentes Secretarías Municipales; y
JURISDIC. -SUB JURISD.

31.01.124.1.12.238.

37.01.100.2.60.615.

DECRETO N 549/C/2020
Villa Carlos Paz, 14 de diciembre de 2020

-PROGRAMA-ANEXO IMPORTE
INCISO-ITEM-DESCRIPC.
UTILES Y MATERIALES
ELECTRICOS

JURISDIC. -SUB
JURISD.

Apellido y Nombre BERTORELLO, MARÍA ISABEL

CUIL
27-11821266-0

Monto 24.884,03

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Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 22/1/2021

TitleBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

CountryArgentina

Date22/01/2021

Page count4

Edition count381

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Last issue03/05/2024

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