Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 11/3/2020

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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

PRIMERA SECCIÓN
11 de Marzo de 2020

N: 21
Ordenanza N 1408 y modificatorias respectivas, así como los derechos según Ordenanza N 4225.Artículo 3º: La Secretaría de Turismo, Deportes y Cultura, la Dirección de Seguridad, la Dirección de Servicios Públicos y la peticionante tomarán conocimiento de lo dispuesto en el presente.Artículo 4º: Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.-

Artículo 5º: La Secretaría de Turismo, Deporte y Cultura, la Dirección de Seguridad, la Dirección de Servicios Públicos y el peticionante tomarán conocimiento de lo dispuesto en el presente.Artículo 6º: Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.-

Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Darío Zeino, Sec .Gobierno y Coordinación - Mónica De Girolamo, Oficial Mayor-

Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Darío Zeino, Sec .Gobierno y Coordinación - Mónica De Girolamo, Oficial Mayor-

DECRETO Nº 095/DE/2020
Villa Carlos Paz, 14 de febrero de 2020

DECRETO Nº 096/DE/2020
Villa Carlos Paz, 14 de febrero de 2020

VISTO: El expediente Nº 184653/2020, presentado por el Sr.
Daniel E. Zarate, D.N.I. Nº 23.624.720, en su carácter de presidente del CLUB DE PESCADORES, CAZADORES Y
NÁUTICO PUNILLA DE COSQUIN, mediante el cual solicita autorización para el uso de espacio público durante el día 16 de febrero próximo; y CONSIDERANDO: Que en la fecha solicitada se desarrollará un evento de pesca, modalidad variada de costa con devolución, en la Costanera del Lago San Roque.Que la Secretaría de Turismo, Deportes y Cultura solicita se autorice lo requerido, debido a que se concentrará a través de dicha actividad a vecinos y turistas que nos visitan.Que conforme las facultades conferidas por la Ordenanza Nº 5753, corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1º: AUTORIZAR al Club de Pescadores, Cazadores y Náutico punilla de Cosquín, a la ocupación de la Costanera Peatonal, entre las calles Esparta y Gob. Roca, para la realización de un evento de pesca, modalidad variada de costa con devolución, el día 16 de febrero de 2020 de 09:00 hs a 15:30
hs, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente.-

VISTO: Las previsiones contenidas en la Ley 21477, modificada por Ley 24230, en los artículos 2565, 1897, 1899 y 1900 del Código Civil y Comercial de la Nación y en la Ordenanza 6569; y CONSIDERANDO: Que el Municipio posee desde antigua data -más de veinte añosel inmueble identificado con el número de cuenta 2304-2152402/1 sobre calle Hernandarias y designación catastral 23.04.58.37.02.005.006 Lote Of. C. Mza.
Of. S/D. Folio 11711/1945, inscripto a nombre del Sr. Zarate Enrique.
Que esa ocupación con ánimo de dueño por parte del Municipio justifica la instrucción de actuaciones administrativas tendientes a especificar el origen de la posesión y el destino o afectación que haya tenido así como también la agregación de los antecedentes que obran en poder de la Administración con la finalidad de acreditar que se han cumplido los requisitos legales necesarios para declarar por vía administrativa que ha operado a su favor la prescripción adquisitiva.
Que, por último, resulta necesario designar instructor sumariante, quien podrá ser asistido técnicamente por letrados del Municipio, a efectos de realizar las gestiones y actos administrativos pertinentes y colectar la prueba a rendirse con la finalidad de acreditar los extremos legales necesarios para sanear la titularidad registral del inmueble que motiva estas actuaciones.
Por ello:
El INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus atribuciones DECRETA

Artículo 2º: La Dirección de Seguridad queda facultada para realizar cortes de calles, determinar el cambio en el sentido de circulación así como la restricción del estacionamiento en calles y Avenidas y las modificaciones que resulten necesarias a fin de facilitar el tránsito vehicular durante el día 16 de febrero de 2020.-

ARTÍCULO 1º.- DISPONER la instrucción de un procedimiento administrativo tendiente a acreditar que el Municipio ejerce la posesión OSTENSIBLE Y CONTINUA por el termino de ley sobre el inmueble identificado con el número de cuenta 2304-2152402/1 sobre calle Hernandarias y designación catastral 23.04.58.37.02.005.006 Lote Of. C. Mza. Of. S/D. Folio 11711/1945, y una vez probados esos extremos, declarar la Prescripción Adquisitiva de Dominio a favor del Municipio del inmueble referido de conformidad a la ley 24230.

Artículo 3º: El Club Deportivo de Cazadores y Pescadores de Córdoba deberá cumplimentar, antes de la realización del evento, con el pago de seguro de responsabilidad civil y servicio de emergencia con ambulancia afectado en la zona donde se desarrolle la actividad.-

ARTÍCULO 2º.- DESIGNAR al Dr. Gustavo Guillermo Neme, M.P. 1-26424, instructor del procedimiento, quien podrá ser asistido en forma alternativa, conjunta o indistintamente por los Dres. Miguel Ángel Salvay, M.P. 1-37005 y/o el Dr. Darío Perez, M.P. 1-29466.

Artículo 4º: EXIMIR en forma total del pago del tributo correspondiente al uso del Espacio Público al peticionante, de conformidad al artículo 23 de la Ordenanza.-

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ARTÍCULO 3º.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.-

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Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 11/3/2020

TitleBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

CountryArgentina

Date11/03/2020

Page count10

Edition count383

First edition01/01/2015

Last issue17/05/2024

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