Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 6/7/2018
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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz
Boletín Especial Municipal de Villa Carlos Paz
Julio de 2018
dentro de los noventa 90 días de su promulgación.-
Representantes tomará conocimiento de lo dispuesto.-
ARTÍCULO 7º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.-
ARTÍCULO 3º.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.-
ORDENANZA Nº 6368
DECRETO Nº 444 / DE / 2018
CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, 02 de julio de 2018
CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, 22 de junio de 2018
VISTO: La Ordenanza N 6368 sancionada por el Concejo de Representantes el día 22
de junio de 2018, la que es parte integrante del presente; y
EL CONCEJO DE REPRESENTANTES
Sanciona con fuerza de Ordenanza
CONSIDERANDO: Que la mencionada norma surge como Proyecto de ese Cuerpo.Que este Departamento Ejecutivo comparte en un todo lo dispuesto en la citada Ordenanza.Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 144 Inc. 2 de la Carta Orgánica Municipal, corresponde su promulgación.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Promulgar la Ordenanza N 6368 sancionada por el Concejo de Representantes el día 22 de junio de 2018
en un todo de acuerdo a lo establecido en el Art. 144 Inc. 2 de la Carta Orgánica Municipal y considerandos del presente.-
ARTÍCULO 1.- MODIFICAR el artículo 27º de la Ordenanza Nº 6050, que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 27º: EXIMICIÓN
EXTRAORDINARIA. Los propietarios de vehículos que se encuentren retenidos en el Depósito Municipal y que cuenten con reclamos administrativos previos tendientes a la restitución de sus bienes, podrán ser eximidos por el Departamento Ejecutivo, en forma total o parcial de los gastos de estadía, siempre que hayan abonado la infracción que diera origen a la retención y que posean la documentación que acredite la titularidad del rodado. Por vía reglamentaria se instrumentará las modalidades de la eximición, teniendo en cuenta la antigedad de los rodados y la condición socioeconómica del peticionante.ARTÍCULO 2º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.ORDENANZA Nº 6371
ARTÍCULO 2º.- El Concejo de Publicado: Julio de 2018
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