Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 24/11/2015
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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz
Boletín Especial Municipal de Villa Carlos Paz
CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, 22 de octubre de 2015
CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, 10 de noviembre de 2015
EL CONCEJO DE REPRESENTANTES
Sanciona con fuerza de Ordenanza AUTORIZAR
al ARTICULO 1º.Departamento Ejecutivo municipal a firmar convenios con empresas de tarjetas de crédito corporativas para la adquisición de pasajes.ARTICULO 2º.- Los funcionarios que podrán solicitar una tarjeta corporativa serán: Intendente Municipal, Presidente del Concejo de Representantes y Presidente del Tribunal de Cuentas. Dichos funcionarios podrán adquirir pasajes terrestres o aéreos para sí o para funcionarios a su cargo.ARTICULO 3º.- La utilización del sistema de tarjetas corporativas, en nada obsta el estricto cumplimiento de las normativas de adquisiciones y de contrataciones del estado municipal, en particular las referidas al adecuado crédito presupuestario y los límites de compra directa.ARTICULO 4º.- El Departamento Ejecutivo Municipal queda facultado para ampliar y reglamentar aspectos operativos del sistema de uso de tarjetas de crédito por parte de funcionarios del Municipio.ARTICULO 5º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.ORDENANZA Nº 6035
Noviembre de 2015
VISTO: La Ordenanza N 6035 sancionada por el Concejo de Representantes el día 22
de octubre de 2015, la que es parte integrante del presente; y CONSIDERANDO: Que la mencionada norma surge como Proyecto del mencionado Cuerpo.Que este Departamento Ejecutivo comparte en un todo lo dispuesto en la citada Ordenanza.Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 144 Inc. 2 de la Carta Orgánica Municipal, corresponde su promulgación.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Promulgar la Ordenanza N 6035 sancionada por el Concejo de Representantes el día 22 de octubre de 2015 en un todo de acuerdo a lo establecido en el Art. 144 Inc. 2 de la Carta Orgánica Municipal y considerandos del presente.ARTÍCULO 2º.- El Concejo de Representantes tomará conocimiento de lo dispuesto.ARTÍCULO 3º.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.DECRETO Nº 771 / DE / 2015
Publicado: Noviembre de 2015
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