Boletín Oficial de Navarra del 11/5/2022

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Source: Boletín Oficial de Navarra

Página 6162 - Número 91

Miércoles, 11 de mayo de 2022

1. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
1.4. SUBVENCIONES, AYUDAS Y BECAS
RESOLUCIÓN 39E/2022, de 13 de abril, de la directora general de Innovación, por la que se aprueba la convocatoria de 2022 de ayudas al fomento de la cultura científica, la difusión de la I+D+i realizada en Navarra y al fomento de las vocaciones STEM. Cosmos 22. Identificación BDNS: 621416
La Ley Foral 15/2018, de 27 de junio, de Ciencia y Tecnología establece en su preámbulo que la I+D+i aumenta la prosperidad, mejora la calidad de vida y proporciona soluciones creativas a los grandes retos de nuestra sociedad. En su artículo 3.1 recoge, entre los fines de la propia Ley Foral, mejorar el bienestar y la calidad de vida de toda la ciudadanía, contribuyendo a la solución de retos y problemas de la sociedad. Así mismo, en su artículo 21 detallas las medidas contempladas para dar cumplimiento al objeto y fines de esta ley foral, entre las que se encuentran las medidas que estimulen la vocación científico-técnica, mediante la promoción de la formación en estudios científico-técnicos con especial énfasis entre el sexo femenino, y la divulgación científica dirigida a toda la sociedad artículo 21.1.h.
El Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación 2021-2025 tiene entre sus objetivos el fomento de las vocaciones STEM ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas, por sus siglas en inglés. La difusión de los logros y avances de la ciencia y la tecnología entre la sociedad favorece el incremento de estas vocaciones STEM en el ámbito escolar, así como el reconocimiento social de las personas que investigan, dando visibilidad al valor social que aportan la ciencia y la tecnología. Así, entre las medidas del Plan se encuentran aquellas destinadas a favorecer la promoción de la cultura científica, tecnológica e innovadora a la ciudadanía, citando de forma expresa la presente convocatoria de ayudas Cosmos 2022.
En este sentido, la edición de 2022 de la convocatoria de ayudas al fomento de la cultura científica, la difusión de la I+D+i realizada en Navarra y al fomento de las vocaciones STEM. Cosmos 22 continua en la senda iniciada en 2021, subvencionando actuaciones encaminadas a fomentar y aumentar el conocimiento científico y técnico de la sociedad navarra, difundir los resultados de los proyectos de I+D+i realizados en Navarra y fomentar las vocaciones por las materias de naturaleza científica y técnica, todo ello con la finalidad última de aumentar el vínculo entre la ciencia y la ciudadanía, contribuyendo a formar personas científicamente cultas.
De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, RESUELVO:
1. Aprobar la convocatoria de 2022 de ayudas al fomento de la cultura científica, la difusión de la I+D+i realizada en Navarra y al fomento de las vocaciones STEM. Cosmos 22.
2. Aprobar las bases reguladoras de la concesión de la subvención, que se recogen en el anexo de esta resolución.
3. Autorizar un crédito de 100.000 euros con cargo a la partida G20001 G2100 4819 467308 Divulgación ciencia, difusión I+D+i y fomento vocaciones STEM del presupuesto de 2022.
4. Publicar esta resolución y su anexo en el Boletín Oficial de Navarra.
5. Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el consejero de Universidad, Innovación y Transformación Digital, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.
Sarriguren, 13 de abril de 2022.La directora general de Innovación, Rosario Martínez Ortigosa.
ANEXO
Bases reguladoras Base 1. Objeto y finalidad.
El objeto de esta convocatoria es subvencionar actuaciones encaminadas a aumentar el conocimiento científico y técnico de la sociedad navarra, difundir los resultados de los proyectos de I+D realizados en Navarra y fomentar las vocaciones estudiantiles por las materias de naturaleza científica y técnica, todo ello con la finalidad última de aumentar el vínculo entre la ciencia y la ciudadanía, contribuyendo, así a formar personas científicamente cultas.
Base 2. Beneficiarias.
1. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas:
a Las entidades acreditadas en el Registro del Sistema Navarro de I+D+i SINAI en la tipología de Entidad Singular.

b El resto de agentes con acreditación en el Registro del Sistema Navarro de I+D+i SINAI.
c Asociaciones o fundaciones sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica, domiciliadas en Navarra e inscritas en el Registro de Asociaciones de Navarra, o en el que reglamentariamente les corresponda.
2. No podrán obtener la condición de beneficiarias quienes:
a Estén cumpliendo sanciones administrativas firmes o una sentencia firme condenatoria, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género o, en su caso, están pendientes de cumplimiento de sanción o sentencia impuesta por dichos motivos.
b Incurran en alguna de las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
3. La solicitud de subvención conlleva la autorización para que el órgano concedente obtenga, de forma directa, los certificados telemáticos que acreditan que quien solicita está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. En el caso de que la entidad solicitante se oponga a ello expresamente en su solicitud, deberá aportar los certificados acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de las citadas obligaciones.
4. El cumplimiento de los requisitos exigidos se acreditará mediante una declaración responsable incluida en la solicitud de las ayudas.
Base 3. Actuaciones subvencionables.
1. Serán objeto de ayuda las actuaciones de fomento de la cultura científica, la comunicación social de la ciencia, la tecnología y la innovación, así como el fomento de las vocaciones STEM, realizadas en Navarra.
Estas actuaciones podrán estar compuestas por distintas actividades.
Las actividades se podrán desarrollar mediante acciones o tareas, entendiéndose por estas todas aquellas, consideradas en sentido amplio, relacionadas con la ejecución, preparación, promoción y gestión, difusión de resultados y comunicación social de la ciencia, la tecnología y la innovación, en el marco de las actuaciones propuestas.
2. Las actuaciones propuestas se deberán alinear con, al menos, una de las siguientes líneas de actuación:
a Fomento de la cultura científica: se incluye la divulgación y comunicación sobre cualquier temática científica y tecnológica dirigida a público no especializado, con el objetivo de acercar la ciencia, la tecnología y la actividad investigadora a la sociedad navarra. También se incluye la promoción y difusión de la figura de D. Santiago Ramón y Cajal.
b Difusión de la I+D+i realizada en Navarra: se incluyen actuaciones que pongan en conocimiento de la ciudadanía los avances y resultados conseguidos gracias a la I+D+i realizada en Navarra.
c Fomento de las vocaciones STEM Ciencia, Tecnología, Ingeniería y Matemáticas, por sus siglas en inglés: se incluye la promoción de la alfabetización científica entre escolares y jóvenes de etapas no universitarias y su interés por las carreras científico-tecnológicas mediante el contacto directo con el método y la práctica investigadora, con especial hincapié en actividades dirigidas a las niñas y adolescentes.
3. Las actuaciones propuestas deberán poner en valor cómo el conocimiento científico responde a los retos de la sociedad y, especialmente, la alineación de la I+D+i con la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible, así como con otros marcos legales o estratégicos forales, estatales o europeos, como el Pacto Verde Europeo European Green Deal, la Estrategia de la granja a la mesa y Estrategia Biodiversidad 2030, etc.
4. El presupuesto mínimo de cada actuación propuesta será de 3.000 euros.
Base 4. Gastos subvencionables.
1. Se considerarán gastos subvencionables las siguientes categorías de gasto que, de manera indubitada, estén relacionados directamente con las actuaciones objeto de financiación, sean necesarios para su ejecución y hayan sido contraídos durante el periodo de ejecución establecido para su realización y se hallen efectivamente pagados a la presentación de la justificación de la ayuda. Deberán ser gastos identificables y controlables y sujetos a precios de mercado.
a Personal: directamente dedicado a la actuación subvencionada y durante el periodo que se dedique a la misma. El coste horario máximo subvencionable será de 40 euros.
b Material fungible, suministros y productos similares, directamente relacionados con la ejecución de las actuaciones objeto de ayuda.
c Colaboraciones externas:
I Contratación de ponentes y conferenciantes, profesorado para cursos y otras actividades de formación y sensibilización, así como monitores/
as o personas necesarias para el desarrollo de la actuación.

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Boletín Oficial de Navarra del 11/5/2022

TitleBoletín Oficial de Navarra

CountrySpain

Date11/05/2022

Page count102

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First edition02/03/2001

Last issue29/08/2023

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