Boletín Oficial de Navarra del 8/4/2021

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de Navarra

Jueves, 8 de abril de 2021

Número 77 - Página 4501

La resolución de reintegro de la ayuda será adoptada por el órgano concedente, previa instrucción del oportuno procedimiento en el que junto a la propuesta razonada del órgano gestor se acompañarán los informes y pruebas procedentes y, en su caso, las alegaciones de la beneficiaria.
El plazo máximo de emisión y notificación de la resolución que finalice el procedimiento de reintegro será de doce meses, transcurridos los cuales el procedimiento de reintegro se entenderá caducado.
La resolución que finalice el procedimiento será notificada a la persona interesada con indicación del lugar, forma y plazo para la realización del ingreso, advirtiéndole de que, en el caso de que no se efectúe en el indicado plazo, se iniciará la correspondiente vía de apremio.
Sin perjuicio de lo anterior, todos los beneficiarios estarán obligados a suministrar a la unidad gestora, previo requerimiento y en un plazo de diez días, toda la información necesaria para el cumplimiento por ésta de las obligaciones de transparencia previstas en el Título II de la Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Una vez transcurrido el plazo conferido en el requerimiento sin que el mismo hubiera sido atendido se podrá acordar, previo apercibimiento y audiencia al interesado, la imposición de multas coercitivas de 500 a 5.000 euros. La multa será reiterada por períodos de quince días hasta el cumplimiento. El total de la multa no podrá exceder del cinco por ciento del importe de la subvención. Para la determinación del importe, se atenderá a la gravedad del incumplimiento y al principio de proporcionalidad.
Décima.Compatibilidad de la subvención.
Las subvenciones de esta convocatoria serán compatibles con cualquier subvención o ayuda que por el mismo concepto y finalidad le sean otorgadas por cualquier Administración Pública o entidades públicas o privadas.
Sin embargo, el importe de aquéllas no podrá ser en ningún caso de tal cuantía que, aislada o conjuntamente con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos propios de la actividad objeto de subvención supere el coste de la actividad a desarrollar por la entidad beneficiaria.
Undécima.Publicidad de las subvenciones concedidas.
La Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas hará públicas a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones del Ministerio de Hacienda las subvenciones concedidas, con expresión de la convocatoria, crédito presupuestario al que se imputan, las entidades beneficiarias e importe concedido.
Asimismo, en la ficha de las ayudas del Catálogo de Trámites del Portal del Gobierno de Navarra en Internet www.navarra.es se publicarán los resultados de esta convocatoria.
Duodécima.Recursos.
Contra la presente convocatoria y sus bases reguladoras cabe interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Decimotercera.Legislación aplicable.
En todo lo no previsto en esta Orden Foral se estará a lo dispuesto en la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones y demás normativa que resulte de aplicación.
ANEXO II
Solicitud PDF.

F2104209

ORDEN FORAL 2/2021, de 9 de marzo, de la Consejera de Relaciones Ciudadanas, por la que se aprueba la convocatoria de la subvención Ayudas a los Centros Navarros en el Exterior de España para el año 2021. Identificación BDNS: 552798.
A lo largo del tiempo y, de forma especial, a partir de finales del siglo XIX, los navarros que se vieron obligados a emigrar a distintos países de América, fundaron asociaciones dedicadas a ayudar a las y los emigrantes más recientes y a promover actividades sociales y culturales con las que mantener las tradiciones y las señas de identidad de Navarra.
Estas entidades se han convertido en focos de cultura y en plataformas de relación social, que tienen un gran prestigio en el conjunto de su comunidad local, que ofrecen una buena imagen de la Comunidad Foral de Navarra, de su realidad histórica y actual y que ejercen notablemente como difusoras de los valores y elementos característicos de Navarra, por
lo que contribuyen de una manera activa al cumplimiento de los objetivos de la Estrategia para la Ciudadanía Navarra en el Exterior.
Por todo ello, el Gobierno de Navarra viene manteniendo en las últimas décadas, una relación de especial colaboración con estas entidades representativas de Navarra, tendente a consolidar y potenciar su actividad cultural y social.
Valorando el alto interés social que tiene el mantenimiento de la presencia de Navarra que promueven sus Centros, afianzada a lo largo del tiempo y renovada cada año con nuevos proyectos y acciones culturales, deportivas y sociales, procede aprobar una nueva convocatoria de concesión de ayudas económicas a estas entidades.
Esta edición tendrá en cuenta las especiales circunstancias ya vividas en el año 2020, en el que lógicamente los centros navarros en el exterior de España se han visto afectados por la crisis sanitaria provocada por la Covid 19, alterando su funcionamiento habitual y el normal desarrollo de las actividades susceptibles de ser subvencionables. Partiendo de esta realidad que previsiblemente va a tener continuidad a lo largo de 2021, la convocatoria de ayudas se ha ajustado a este nuevo escenario para favorecer el mantenimiento de la presencia de Navarra en estos países.
En virtud de las facultades que me han sido atribuidas por el Decreto Foral 271/2019, de 30 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Relaciones Ciudadanas, ORDENO:
1.º Aprobar la convocatoria de la subvención Ayudas a los Centros Navarros en Exterior para el año 2021.
2.º Aprobar las bases reguladoras de la convocatoria que se recogen en el anexo a esta Orden Foral.
3.º Para hacer frente a los compromisos de esta convocatoria se autorizan los créditos presupuestarios siguientes:
PARTIDA PRESUPUESTARIA

EJERCICIO

IMPORTE

B50001 B5130 4900 144100: Plan Reactivar Ayudas a Centros Navarros en el Exterior
2021

35.000,00

B50001 B5130 7819 144100: Plan Reactivar Adquisición y mejora de locales y equipos de Centros Navarros en el Exterior
2021

12.000,00

4.º Remitir la presente convocatoria a la Base de Datos del Gobierno de Navarra de Subvenciones.
5.º Publicar esta Orden Foral y sus Anexos en el Boletín Oficial de Navarra.
6.º Trasladar la presente Orden Foral al Centro Contable del Departamento de Relaciones Ciudadanas, a los efectos oportunos.
7.º Contra la presente convocatoria y sus bases reguladoras cabe interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.
Pamplona, 9 de marzo de 2021.La consejera de Relaciones Ciudadanas, Ana Ollo Hualde.
CONVOCATORIA DE AYUDAS A LOS CENTROS NAVARROS
EN EL EXTERIOR DE ESPAÑA 2021
1.Objeto.
Esta convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de las ayudas que el Departamento de Relaciones Ciudadanas del Gobierno de Navarra asigna a los Centros Navarros domiciliados en otros países, en el año 2021, con la finalidad de favorecer el mantenimiento de los centros navarros en el exterior de España, fomentar la promoción y difusión de la imagen y cultura de Navarra, así como la realización por los mismos de actividades culturales y sociales, destinadas a lograr una mejor relación y una mayor integración sociocultural de sus miembros así como facilitar las inversiones necesarias para llevar a cabo dichas actividades.
2.Financiación.
La cuantía total máxima de la presente convocatoria asciende a 47.000
euros y se financiará con cargo a las siguientes partidas del presupuesto de gastos de 2021:
35.000 euros con cargo a la partida B50001 B5130 4900 144100
Plan Reactivar Ayudas a centros navarros en el exterior destinados a sufragar gastos corrientes.
12.000 euros con cargo a la partida B50001 B5130 7819 144100 Plan Reactivar Adquisición y mejora de locales y equipos en centros navarros en el exterior destinados a financiar inversiones.
3.Beneficiarios.
3.1. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las colectividades navarras asentadas en otros países que reúnan los siguientes requisitos:
a Ser persona jurídica legalmente constituida e inscrita en el Registro Oficial correspondiente.

About this edition

Boletín Oficial de Navarra del 8/4/2021

TitleBoletín Oficial de Navarra

CountrySpain

Date08/04/2021

Page count54

Edition count4831

First edition02/03/2001

Last issue05/06/2024

Download this edition

Other editions

<<<Abril 2021>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
252627282930