Boletín Oficial de Navarra del 10/10/2019

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Source: Boletín Oficial de Navarra

Jueves, 10 de octubre de 2019
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Los derechos de los interesados sobre acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad, relativos a las correspondientes actividades de tratamiento, podrán ejercerse ante delegado.protecciondatos@
unavarra.es conforme a los artículos 11 a 18 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
13.Recursos.
Contra los actos y resoluciones emanados del Tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el Rector, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.
Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de las mismas que no emanen del Tribunal calificador, podrá interponerse, de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente, uno de los siguientes recursos:
a Recurso potestativo de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación del acto recurrido.
b Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.
ANEXO II
Baremo para la valoración de méritos a Servicios prestados a las Administraciones Públicas: Hasta un máximo de 35 puntos.
a.1 Servicios prestados a cualquier Administración Pública en puestos de trabajo de los niveles exigidos en la convocatoria: Por cada año 1,50 puntos.
a.2 Servicios prestados a cualquier Administración Pública en puestos de trabajo distintos a los anteriores: por cada año 0,37 puntos.
Nota al apartado a: Si el número de años no fuese entero, se asignará la puntuación que proporcionalmente corresponda al período en que se hayan prestado servicios.

b Formación, docencia, investigación y otros méritos: hasta un máximo de 25 puntos.
b.1 Participación en acciones formativas organizadas por organismos a centros públicos y Universidades: 0,10 puntos por cada crédito académico o su equivalente 10 horas lectivas, hasta un máximo de 10 puntos.
b.2 Presentación de ponencias o comunicaciones en congresos o jornadas, realización de trabajos científicos o de investigación becados o premiados y publicación de trabajos en revistas especializadas: Hasta un máximo de 3 puntos, a valorar por el Tribunal calificador teniendo en cuenta el carácter individual o colectivo del trabajo o actividad, así como el ámbito local, regional, nacional o internacional del congreso o de la publicación.
b.3 Organización y/o participación docente en acciones formativas en el ámbito del sector público: Hasta un máximo de 2 puntos, a valorar por el Tribunal calificador en función de la duración de las mismas.
b.4 Titulaciones y especialidades académicas diferentes, en su caso, a la exigida en la convocatoria: Hasta un máximo de 4 puntos.
b.5 Grado de doctor o de licenciatura, en su caso, sobre la titulación exigida en la convocatoria: Hasta un máximo de 2 puntos.
b.6 Otros méritos, a valorar por el Tribunal: entre otros, trabajos en el sector privado, becas o estancias formativas, participación en órganos de consulta, asesoramiento, participación o representación: Hasta un máximo de 4 puntos.
Nota al apartado b: Únicamente se valorarán dentro de este apartado aquellos méritos que guarden relación con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria.
Notas al apartado b.1:
1. Se prorratearán las fracciones de horas lectivas que resulten de las acciones formativas a valorar.
2. Los certificados en que no conste duración en horas lectivas se valorarán como de 1 crédito.
3. Los certificados en que la duración que conste sea de un año académico se valorarán como de 12 créditos.
4. Se valorará con la misma puntuación la participación en acciones formativas que, aun no cumpliendo los requisitos en cuanto al organismo organizador, hayan sido realizadas por mandato de la Universidad o validadas por la misma, incluyéndose expresamente entre estas últimas las organizadas por los sindicatos dentro de los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones Públicas.

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5. No se valorarán dentro de este apartado los estudios conducentes a la obtención de un título académico, tanto universitario como no universitario.

c Puntuación añadida por conocimiento de idiomas.
c.1 Por conocimiento del francés, inglés o alemán, como idiomas oficiales de la Unión Europea, hasta un máximo de 5 puntos por cada uno de ellos.
c.2 Por conocimiento del euskera, hasta 6,90 puntos.
Notas a todo el apartado c:
1. La posesión de un título o certificado que acredite un nivel de conocimiento equivalente al nivel C1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas recibirá la máxima valoración.
2. De no poseerse dicha titulación o certificado, se valorará en 1/5 de la puntuación máxima la posesión de un título o certificado equivalente al nivel A1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, en 2/5 la posesión del equivalente al nivel A2, en 3/5 la posesión del equivalente al nivel B1 y en 4/5 la del nivel B2.

ANEXO III
Jefatura de Sección que se convoca Jefatura de Sección de Gestión de Personal/Servicio de Recursos Humanos.
Plaza número 139.
Requisitos específicos: Nivel: A/B.

F1912807

RECURSO DE ALZADA frente a las puntuaciones definitivas de la valoración de méritos de la convocatoria para la provisión de plazas de Cabo con destino a los Cuerpos de Policía de Barañáin y Burlada, aprobada por Resolución 154/2014, de 17 de julio, del Director General de Interior.
En la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de plazas de Cabo con destino a los Cuerpos de Policía de Barañáin y Burlada, aprobada por Resolución 154/2014, de 17 de julio, del Director General de Interior, la persona con NIP 855 de la Policía Foral ha interpuesto recurso de alzada frente a la puntuaciones definitivas de la valoración de méritos realizada en dicha convocatoria.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 118 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se comunica a todos los interesados la interposición del recurso señalado para que en el plazo máximo de diez días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio puedan formular alegaciones, las cuales se presentarán en el Registro General sito en el Palacio de Navarra, avenida Carlos III, 2, de Pamplona, o por cualquiera de los medios que prevé el artículo 16 de la citada Ley.
Las copias del recurso interpuesto se encuentran a disposición de los interesados en la Sección de Recursos Humanos de la Dirección General de Interior, sita en la avenida de Carlos III, número 2, entreplanta, de Pamplona.
Pamplona, 30 de septiembre de 2019.La Directora General de Interior, Amparo López Antelo.
F1912723

1.3. ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y
URBANISMO
ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 11 de septiembre de 2019, por el que se somete la nueva propuesta de modificación del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal del Parque Fluvial de la Comarca de Pamplona, relativo al cambio del ámbito y del trazado del tramo 6 Río Bajo Arga del paseo fluvial a su paso por Ororbia, promovido por la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, a los trámites simultáneos de información pública y audiencia a los Ayuntamientos afectados por su trazado.
Mediante Acuerdo del Gobierno de Navarra de 24 de enero de 2018
se inicia la tramitación del expediente de modificación del tramo 6 Río Bajo Arga de referido PSIS, relativo al cambio del ámbito y del trazado del paseo fluvial a su paso por Ororbia, promovido por la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona Boletín Oficial de Navarra número 31, de 13 de febrero de 2018.
El objeto del expediente es modificar el trazado del paseo fluvial a su paso por Ororbia para evitar atravesar su casco urbano. En concreto, se plantea sustituir el tramo del paseo que atraviesa el casco urbano de Ororbia por un trazado que discurre por la otra orilla del río Arga. El trazado propuesto se apoya en el camino existente del Molino de Etxamur y cruza el río a través de dos nuevas pasarelas.

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Boletín Oficial de Navarra del 10/10/2019

TitleBoletín Oficial de Navarra

CountrySpain

Date10/10/2019

Page count40

Edition count4833

First edition02/03/2001

Last issue07/06/2024

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