Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 23/1/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Soria

Boletín Oficial de la Provincia de Soria Miércoles, 23 de enero de 2019

Núm. 09

tancia. se evitará en todo momento arrojar esputos, vómitos, etc., en el suelo de cualquier dependencia del albergue, y de hacerlo en el W.c. este debe quedar con decoro e higiene.
tanto el material como los enseres que se pongan a disposición de los alberguistas o grupos, lo son en calidad de préstamo, devolviéndolos a la salida en perfecto estado.
El personal del albergue podrá requerir la presencia del responsable del grupo o alberguista cuando el comportamiento está siendo incorrecto o no se cumpla con la normativa de utilización del albergue.
Esta situación puede derivar incluso en la suspensión de la estancia en el albergue, así como la perdida de la fianza y la cantidad abonada en concepto de alojamiento si fuera necesario.
El albergue no cubrirá con seguro alguno a los grupos o personas que utilicen estas instalaciones.
los aspectos relativos a la salud de los usuarios tales como accidentes, crisis por enfermedad, traslados de emergencia, será de la exclusiva responsabilidad de los mismos, quienes a tal fin, deberán tomar las medidas oportunas.
disPosicionEs finalEs Primera.- En todo lo no dispuesto en la presente ordenanza, se estará a lo estipulado en la normativa comunitaria, Estatal o autonómica que sea de aplicación.
segunda.- la presente ordenanza entrará en vigor, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 de la ley 7/1985, de 2 de abril, y comenzará a aplicarse desde el día de su publicación integra en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.
tercera.- las cuantías económicas fijadas en esta ordenanza, así como otras no reseñadas que tengan relación con ella, estarán sujetas a la revisión ordinaria de las ordenanzas fiscales.
Gormaz, 16 de enero de 2019. El alcalde, rodolfo cabanas Viana.
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PINILLA DEL CAMPO

aprobado inicialmente en sesión ordinaria del Pleno de este ayuntamiento, de fecha 15 de enero de 2019, el Presupuesto General, Bases de Ejecución, y la plantilla de personal funcionario, laboral y eventual para el ejercicio económico 2019, con arreglo a lo previsto en el artículo 169 del texto refundido de la ley reguladora de Haciendas locales aprobado por real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del real decreto 500/1990, de 20
de abril, se expone al público el expediente y la documentación preceptiva por plazo de quince días desde la publicación de este anuncio, a los efectos de reclamaciones y alegaciones.
de conformidad con el acuerdo adoptado el Presupuesto se considerará definitivamente aprobado, si durante el citado plazo no presenten reclamaciones.
Pinilla del campo, 15 de enero de 2019. El alcalde, Ángel millán de miguel.
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RIOSECO DE SORIA

En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del texto refundido de la ley reguladora de las Haciendas locales aprobado por real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se expone al público la cuenta General correspondiente al ejercicio 2018, por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho más quienes se estimen interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes.
rioseco de soria, 15 de enero de 2019. El alcalde, Juan José sevillano canals.
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BOPSO-09-23012019

Pág. 299

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Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 23/1/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Soria

CountrySpain

Date23/01/2019

Page count16

Edition count2682

First edition04/05/2005

Last issue20/05/2024

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