Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 13/1/2020

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de San Juan

Boletín Oficial
Artículo 168 ss. y cc. de la Constitución Provincial.SAN JUAN, 23 de Diciembre del 2019.Fdo: C.P.N. Juan Flores Secretario General de la Gobernación LEY N 1985-P
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1: Sustitúyese el Artículo 4 de la Ley N 1254-P, el que queda redactado de la siguiente forma:
"ARTÍCULO 4: A los fines de poder gozar
cio, el que podrá ser prorrogado excepcionalmente y por única vez, por la Dirección de Planeamiento y Desarrollo Urbano, mediante resolución fundada, atendiendo a la complejidad de la obra a regularizar.ARTÍCULO 2: Sustitúyese el Artículo 3 de la Ley N 1286-P, el que queda redactado de la siguiente forma:
"ARTÍCULO 3: Los interesados podrán acogerse al presente régimen de regularización, hasta el 31 de diciembre del año 2020, conforme al formulario y condiciones de presentación de la documentación en mesa de entradas de la Dirección de
del beneficio establecido en el Artículo 2, se deben
Planeamiento y Desarrollo Urbano.-"

cumplir los siguientes requisitos:

ARTÍCULO 3: Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

a Para las asociaciones civiles, estar ins-

Sala de Sesiones de la Cámara de Diputa-

criptas en la Inspección de Personas Jurídicas de San
dos, a los veintiún días del mes de noviembre del año
Juan, como tales; para las entidades sin fines de
dos mil diecinueve.

lucro, estar inscriptas en el órgano, competente y, para los establecimientos educativos de gestión pri-

Fdo: Eduardo Omar Cabello
vada, autorizados por el Ministerio de Educación de
Vicepresidente Primero
la Provincia de San Juan;

Cámara de Diputados
b Solicitar el beneficio a través de un for-

Mario Alberto Herrero
mulario de acogimiento acompañando a la presenta-

Secretario Legislativo
ción todos los documentos exigibles para la
Cámara de Diputados
regularización de la obra en infracción, hasta el 31
de diciembre de 2020;

CERTIFÍCASE, que la Ley N 1985-P, se
c Contar con la aprobación final de la do-

encuentra promulgada de acuerdo a lo previsto en el
cumentación técnica necesaria ajustada a la norma-

Artículo 168 ss. y cc. de la Constitución Provincial.-

tiva vigente y rubricada por el profesional habilitado,
SAN JUAN, 23 de Diciembre del 2019.-

en el término de ciento ochenta 180 días corridos, a partir de la presentación de acogimiento al benefi-

San Juan, Lunes 13 de Enero de 2020

Fdo: C.P.N. Juan Flores Secretario General de la Gobernación
Pág. 197.909

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 13/1/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de San Juan

CountryArgentina

Date13/01/2020

Page count16

Edition count1714

First edition17/05/2016

Last issue26/03/2024

Download this edition

Other editions

<<<Enero 2020>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031