Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 11/12/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de San Juan

Boletín Oficial
DECRETO ACUERDO N 0053
SAN JUAN, 04 de Octubre de 2018
VISTO:
El expediente N 503-00051-2017, del registro del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, adjunto Oficio N 501-002127-2016, del registro del Instituto Provincial de la Vivienda; y CONSIDERANDO:
Que por conducto de las presentes actuaciones el Sr.
Intendente de la Municipalidad de Calingasta solicita al Sr. Director de la Dirección Provincial del Lote Hogar la construcción de nueve 09 viviendas en, las parcelas que se identifican, ubicadas en calle Pellegrini y Lateral del Cementerio del Distrito Barreal - Dpto. Calingasta, a nombre del Instituto Provincial de la Vivienda y que serán insertadas en el Programa de Construcción de Viviendas Sociales Convenio Dirección Provincial del Lote Hogar -Municipio.
Que, en tal sentido, se dicta la Resolución N 656IPV-18, de fecha 15 de Febrero de 2018, por la cual se autoriza la donación a favor de la Dirección Provincial del Lote Hogar, de los inmuebles propiedad del Instituto Provincial de la Vivienda, ubicados en el Departamento Calingasta, individualizados con las Nomenclaturas Catastrales Nros. 16-84-400958, 1684-395957 y 16-84-388956, con Plano de Mensura y División N 16-2493/14 y las parcelas identificadas con las Nomenclaturas Catastrales Nros. 16-84432965, 16-84-428964, 16-84-423963, 16-84417957, 16-84-416962 y 16-84-415967, con Plano de Mensura y División N 16-2494/14, ubicadas en Calle Pellegrini y Lateral del Cementerio del Distrito Barreal -Dpto. Calingasta y registradas en folio Real N 00-16-4637, con cargo a construir viviendas sociales, cuyo diseño, edificación y costos son a cargo de la Dirección Provincial del Lote Hogar.

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Que, corresponde se ratifique la Resolución N 656IPV-18, de fecha 15 de Febrero de 2018, rectificada por Resolución N 003310-IPV-18, según lo dispuesto en el Artículo 4, Inc. b de la Ley N 196-A
que dice: - Son objetivos del Instituto Provincial de la Vivienda: b Celebrar convenios o contratos a título oneroso y adquirir bienes de toda naturaleza los que podrá gravar, administrar y/o disponer de acuerdo a las normas establecidas en la Ley de Contabilidad de la Provincia y de toda otra disposición legal específica para el cumplimiento de sus fines.
Para celebrar convenios o contratos de disposición de inmuebles a título gratuito se necesitará la ratificación del Poder Ejecutivo mediante Decreto Acuerdo.
Que han intervenido las Asesorías Letradas del Instituto Provincial de la Vivienda y del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos.
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO DE MINISTROS
DECRETA
ARTÍCULO 1.-Ratifíquese en todos sus términos la Resolución N 656-IPV-18 y su rectificatoria Resolución N 003310-IPV-18, de conformidad a los motivos expuestos en los considerandos del presente.
ARTÍCULO 2 .- Comunicar y dar al Boletín Oficial para su publicación .
Fdo.: Dr. Sergio Uñac Gobernador Ing. Julio Ortíz Andino Ministro de Infraestructura y Servicios Públicos
C.P.N. Roberto Gattoni Ministro de Hacienda y Finanzas
Lic. Felipe De Los Ríos Ministro de Educación Lic. Claudia Grynszpan Ministro de Turismo y Cultura
San Juan,Martes 11 de Diciembre de 2018

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Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 11/12/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de San Juan

CountryArgentina

Date11/12/2018

Page count24

Edition count1714

First edition17/05/2016

Last issue26/03/2024

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